POR EL FALSO ENFRENTAMIENTO DE RINCONADA
DE MAIPU, Y LAS DESAPARICIONES DE MARÍA CRISTINA LÓPEZ Y DE VÍCTOR VILLARROEL,
ESTOS ÚLTIMOS DELITOS ENMARCADOS EN LA DENOMINADA OPERACIÓN COLOMBO O LISTA DE
LOS 119
El inveterado asesino y pertinaz embustero Manuel
‘Mamo’ Contreras, que se muere de a poco en el hospital militar de
Santiago, no se va a ir muy tranquilo, pues cada día le penan más tod@s aquell@s
que ordenó matar.
Este
viernes, a partir de casos en que delinquieron sus pupilos de la siniestra Dirección
de Inteligencia Nacional (DINA), se dictaron tres de las últimas sentencias
de cárcel que le afectan e igualmente recibieron sus respectivas penas varios
de sus tristemente conocidos subalternos.
El
ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos
humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos Sagristá, dictó
sentencia de primera instancia en contra de cinco agentes de la DINA como
responsables de los homicidios calificados de seis integrantes de una familia,
ilícitos perpetrados en noviembre de 1975. Dichos asesinatos fueron encubiertos
como "muertes en enfrentamiento", el que se había producido en los
cerros de la Rinconada de Maipú.
En
la resolución, el ministro Llanos condenó a penas de 20 años de presidio a los
agentes: Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff
Martchenko, Basclay Zapata Reyes y Rolf Wenderoth Pozo, como autores de los
homicidios de Alberto Gallardo Pacheco, Catalina Gallardo Moreno, Mónica
Pacheco Sánchez, Luis Ganga Torres, Manuel Reyes Garrido y Pedro Cortés
Jeldres, ejecutados entre el 18 y 19 de noviembre de 1975. Asimismo, absolvió
de responsabilidad en los ilícitos a los agentes Francisco Ferrer Lima y
Ricardo Lawrence Mires.
Por
su parte, el Ministro Hernán Crisosto condenó a 15 años al Mamo por la
desaparición de MARÍA CRISTINA
LÓPEZ STEWART. Finalmente, la Corte Suprema mantuvo a firme la condena
a 13 años de presidio por la desaparición de VÍCTOR
VILLARROEL GANGAS, los dos últimos casos enmarcados en la denominada
Operación Colombo.
El Falso Enfrentamiento
de La Rinconada de Maipú
Según
los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, se logró acreditar
los siguientes hechos:
"Manuel
Lautaro Reyes Garrido, militante del MIR, y Pedro Blas Cortés Jeldres,
militante del Partido Comunista, fueron detenidos y trasladados hasta el centro
de detención de "Villa Grimaldi", donde fueron ejecutados, en las
siguientes circunstancias:
El
18 de noviembre de 1975, se produjo un enfrentamiento en calle Bío-Bío en el
cual resultó muerto un militar y el militante del MIR Roberto Gallardo Moreno.
En horas posteriores al hecho anterior, ese mismo día, fueron detenidos en sus
domicilios todos los integrantes de la familia Gallardo y conducidos hasta el
Cuartel de Investigaciones de calle General Mackenna donde fueron interrogados
y torturados.
En
la madrugada del 19 de noviembre fueron liberados algunos de los miembros de la
familia, a excepción de Alberto Recaredo Gallardo Pacheco, Catalina Ester
Gallardo Moreno y Mónica del Carmen Pacheco Sánchez, quienes fueron puestos a
disposición de la DINA y trasladados hasta el recinto de "Villa
Grimaldi".
En
la madrugada del 19 de noviembre, fue detenida Ester Torres junto a tres de sus
hijos, Renato, Mauricio y Francisco Javier Ganga, por agentes de la DINA que
buscaban a su hijo mayor Luis Andrés Ganga y fueron llevados a "Villa
Grimaldi"; después de ser torturados e interrogados se obtuvo el dato del
paradero de Luis Andrés, quien fue aprehendido momentos más tarde y conducido a
ese recinto, donde fue torturado.
Testigos
que se encontraban detenidos en "Villa Grimaldi" declaran que esa fue
la peor de todas las noches, describen un gran movimiento de autos, escucharon
a los agentes pidiendo agua y aceite caliente y gritos de lamento de los
torturados. Al otro día se observó en el patio, tirados en el suelo, varios
cadáveres y a dos mujeres, Catalina y Mónica, en muy malas condiciones físicas.
Ese
mismo día los cadáveres de Mónica Pacheco Sánchez, Catalina Gallardo Moreno,
Alberto Gallardo Pacheco, Luis Andrés Gangas Torres, Pedro Blas Cortés Jeldres
y Manuel Lautaro Reyes Garrido, fueron trasladados desde Villa Grimaldi, por
personal de la DINA al mando del capitán de Ejército Germán Barriga Muñoz y del
capitán de Carabineros Ricardo Lawrence Mires, hasta el recinto denominado
Rinconada de Maipú, con la finalidad de aparentar un enfrentamiento entre estos
detenidos y personal de la DINA.
En
la tarde del 19 de noviembre, un comunicado de prensa de la junta militar dio
cuenta de "un enfrentamiento" en los cerros de la Rinconada de Maipú,
en el que habrían muerto Alberto Recaredo Gallardo Pacheco, Catalina Ester
Gallardo Moreno, Mónica del Carmen Pacheco Sánchez, Luís Andrés Ganga y otros
dos hombres.
El
comunicado señalaba lo siguiente "…hoy 19 de noviembre, a las 12:00 horas
en los cerros de Rinconada de Maipú, se registró un violento enfrentamiento a
tiros de más de treinta minutos de duración entre las fuerzas de la DINA e
Investigaciones y el grupo de extremistas que se parapetó fuertemente armado en
ese cerro. Resultando muertos seis extremistas, huyendo uno de ellos. Al mismo
tiempo fueron heridos dos funcionarios de los servicios de inteligencia y
seguridad con diagnóstico, uno grave y el otro menos grave. ..Se ha podido
arribar a las siguientes conclusiones, los extremistas muertos son Mónica
Pacheco Sánchez alias Myriam, del MIR… casada con Roberto Gallardo Moreno alias
Juan, del MIR, quien resultó muerto en el tiroteo registrado en la escuela N°
51 el lunes pasado. Catalina Gallardo Moreno del MIR…. Manuel Lautaro Reyes
Garrido, perteneciente al MIR, Alberto Gallardo Pacheco perteneciente al MIR,
Luis Andrés Gangas Torres alias Jaime o Lucho Cárcamo del MIR y Pedro Blas
Cortés Jeldres del Partido Comunista, alias 'Marcos'…".
En
realidad, se realizó un "montaje" para impedir su descubrimiento,
destinado a ocultar los hechos efectivamente ocurridos -esto es, torturas y
muertes de víctimas desvalidas- y los efectos utilizados para la comisión de
los mismos, existiendo, además, favorecimiento personal, por existir
conocimiento de las circunstancias de los ilícitos, para lograr la impunidad de
los autores de los mismos, miembros de la DINA"
En
el aspecto civil, el magistrado condenó al Estado de Chile a pagar una
indemnización total de $680.000.000 a los familiares de las víctimas.
Detención y
Desaparecimiento de María C. López Stewart
El
ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los DDHH de la
Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto Greisse, dictó sentencia de
primera instancia en la investigación por el secuestro calificado de María
Cristina López Stewart, ilícito perpetrado a partir del 23 de septiembre de
1974, proceso que forma parte de la denominada "Operación Colombo".
En
la resolución (causa rol 2182-98), el ministro Crisosto condenó a 28 ex agentes
de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el
secuestro de la estudiante de la Universidad de Chile, quien estuvo recluida en
el centro de detención clandestina conocido como "Cuartel Ollagüe",
desde donde se pierde sus rastro.
Crisosto
Greisse condenó como autores del delito a los agentes: Manuel Contreras
Sepúlveda, César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Marcelo Moren Brito y
Miguel Krassnoff Martchenko, a penas de 15 años de presidio.
En
tanto, deberán cumplir 10 años de presidio, también en calidad de autores, los
agentes: Manuel Carevic Cubillos, Basclay Zapata Reyes, Ricardo Lawrence Mires,
Gerardo Godoy García, Ciro Torré Sáez, Nelson Paz Bustamante, Gerardo Meza
Acuña, José Ojeda Obando, Nelson Ortiz Vignolo, Claudio Pacheco Fernández,
Hermon Alfaro Mundaca, Raúl Rodríguez Ponte, José Aravena Ruiz, José Fuentealba
Saldías, Francisco Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana y Rosa Ramos
Hernández.
Como
cómplices deberán purgar 4 años de presidio: Armando Cofré Correa, José Mora
Diocares, Moisés Campos Figueroa, Óscar la Flor Flores, Sergio Díaz Lara y
Roberto Rodríguez Manquel.
En
tanto, fueron absueltos por falta de participación en el secuestro de la joven
universitaria Rudeslindo Urrutia Jorquera y Orlando Manzo Durán.
Según
los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, el magistrado dio
por acreditados los siguientes hechos:
"En
horas de la madrugada del día 23 de septiembre de 1974, María Cristina López
Stewart, de 21 años, estudiante de Historia y Geografía de la Universidad de
Chile, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenida
en el inmueble ubicado en calle Alonso de Camargo N° 1107, comuna de Las
Condes, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia
(DINA) quienes la trasladaron en una camioneta hasta el recinto de detención
clandestino de la DINA denominado "Ollagüe" ubicado en calle José
Domingo Cañas N° 1367, de la comuna de Ñuñoa, que era custodiado por guardias
armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA;
La
ofendida López Stewart durante su estada en el cuartel de José Domingo Cañas
permaneció sin contacto con el exterior, vendada y amarrada, siendo
continuamente sometida a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA
que operaban en dicho cuartel con el propósito de obtener información relativa
a integrantes del MIR, para proceder a la detención de otros miembros de esa organización. La última vez
que la víctima López Stewart fue vista por otros detenidos, ocurrió un día no
determinado de noviembre de 1974,
encontrándose actualmente desaparecida;
El
nombre de María Cristina López Stewart apareció en un listado de 119 personas,
publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la
revista "O'DIA" de Brasil, de fecha 25 de junio de 1975, en la que se
daba cuenta que María Cristina López Stewart había muerto en Argentina, junto a
otras 58 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas
suscitadas entre esos miembros; estableciéndose que las
publicaciones que dieron por muerto a la víctima López Stewart tuvieron
su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el
exterior".
Corte Suprema Confirma
Condena a la Cúpula de la DINA por el Secuestro de Víctor Villarroel Gangas
La
Corte Suprema rechazó el recurso de casación y ratificó la condena de 13 años
de presidio que deberán cumplir tres altos mandos de la Dirección de
Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el secuestro calificado
de Víctor Villarroel Ganga, ilícito perpetrado a partir del 25 de junio de
1974, y que forma parte de la denominada "Operación Colombo".
En
fallo unánime (causa rol 7306-2015), la Segunda Sala del máximo tribunal
-integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsmüller, Haroldo Brito,
Lamberto Cisternas y el abogado (i) Jaime Rodríguez- ratificó la sentencia
dictada, el 5 de mayo pasado, por la Corte de Apelaciones de Santiago que
confirmó la resolución de primera instancia del ministro en visita Hernán
Crisosto Greisse, quien condenó a 13 años de presidio a los ex agentes Manuel
Contreras Sepúlveda, César Manríquez Bravo y Marcelo Moren Brito, en calidad de
autores de delito.
El
ministro Crisosto al dictar sentencia, dio por establecido que los antecedentes
recopilados en la investigación judicial, permiten dar por acreditados los
siguientes hechos:
"En
horas de la noche del día 25 de Septiembre de 1974, Víctor Manuel Villarroel
Ganga, sin militancia política conocida, fue detenido en su domicilio ubicado
Población 26 de Mayo, manzana N° 9, casa 3869 de la comuna de Ñuñoa, por
agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes
luego de esposarlo, se lo llevaron a un lugar desconocido. Que el momento de su
detención fue la última vez que la víctima Villarroel Gangas fue visto con vida
sin que existan antecedentes de su paradero hasta la fecha;
(…)
el nombre de Víctor Manuel Villarroel Ganga apareció en un listado de un total
119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista
publicada en el semanario "LEA" de Argentina, el 15 de junio de 1975,
en la que se daba cuenta que Víctor Villarroel Ganga era parte de 60 miembros
del MIR que había muerto en el extranjero, a causa de rencillas internas
suscitadas entre esos miembros. Que las publicaciones que dieron por muerto a
la víctima Villarroel Ganga tuvieron su origen en maniobras de desinformación
efectuada por agentes de la DINA en el exterior".
Ojalá
que el Mamo no descanse jamás en paz y que sus esbirros se pudran en la cárcel,
una de verdad y no el hostal de Punta Peuco.
¡NI OLVIDO NI PERDON: VERDAD, JUSTICIA Y
MEMORIA!
¡QUE LA HISTORIA NOS ACLARE EL PENSAMIENTO!
Colectivo Acción Directa - CHILE
Agosto 2 de 2015
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