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domingo, 13 de agosto de 2017

CONDENAS POR LA DESAPARICION DE DOS DE L@S 119 COMPAÑER@S DE LA OPERACION COLOMBO

Cro. Germán Moreno Fuenzalida

Entre los días 10 y 11 recién pasados, la Suprema y la CA de Santiago dieron a conocer sendas condenas en los casos de un compañero del MIR y otro del MAPU, respectivamente. Ambos, fueron detenidos y hechos desaparecer por la fatídica DINA y sus nombres aparecieron en las Listas de los 119 u “Operación Colombo”, un montaje a cargo de los servicios represivos de las dictaduras del cono sur latinoamericano

Condena definitiva para los chacales que desaparecieron al compañero Germán Moreno Fuenzalida

Por su responsabilidad en la desaparición forzada del compañero del Movimiento de Izquierda Revolucionaria MIR GERMÁN MORENO FUENZALIDA, delito de lesa humanidad perpetrado desde el 15 de julio de 1974, y víctima de la denominada "Operación Colombo" o de las Listas de l@s 119, la Corte Suprema condenó a dos connotados chacales de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA).

En su fallo (causa rol 82.511-2016), la 2ª Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y los abogados (i) Jean Pierre Matus y Jorge Lagos– revocó la sentencia en alzada en la parte que absolvió a los dinos César Manríquez Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko, y en su lugar los condenó a las penas efectivas de 8 años de presidio, como autores del delito de “secuestro calificado”, eufemismo utilizado por la curia judicial para escamotear el delito de lesa humanidad de desaparición forzada de personas por motivos políticos.

En la etapa de investigación, se logró establecer los siguientes hechos:

"a) Que por órdenes superiores, el Ejército de Chile acondicionó, a fines de 1973, unas cabañas de la playa de Rocas de Santo Domingo, para impartir cursos básicos de inteligencia a personal de la Fuerzas Armadas y de Orden, a fin de combatir a los opositores del Gobierno Militar de la época, personal que una vez instruido fue asimilado a diversas reparticiones de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), siendo comandante de dicho Regimiento Manuel Contreras Sepúlveda, el que al inicio los arengaba y les explicaba el propósito de su formación.
b) Que Germán Rodolfo Moreno Fuenzalida era dirigente gremial en el Hospital San Borja y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) desde al menos el año 1971.
c) Que el día 15 de junio de 1974 agentes operativos de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), sin que hubiera orden alguna, procedieron a la detención en la vía pública de Germán Rodolfo Moreno Fuenzalida, el que fue trasladado de inmediato al centro de detención clandestino de dicho organismo, denominado Londres 38, donde se le mantuvo privado de su libertad, fue interrogado y apremiado físicamente mediante torturas, ignorándose desde entonces su paradero, así como la suerte que ha corrido en su salud física, síquica e integridad personal, hasta el día de hoy.
d) Que al tiempo después apareció en algunos medios periodísticos extranjeros, replicados por medios nacionales, la noticia de que Germán Rodolfo Moreno Fuenzalida había muerto junto a otras 118 personas en un enfrentamiento entre militantes de izquierda y/o en enfrentamientos con fuerzas extranjeras, sin que dicha noticia fuera confirmada por ninguna autoridad nacional ni extranjera".

Al compañero Luis Durán Rivas lo hicieron desaparecer desde Villa Grimaldi

Responsables del delito de desaparición forzada de LUIS EDUARDO DURÁN RIVAS, crimen de lesa humanidad ocurrido desde el 14 de septiembre de 1974 y una de las víctimas de la denominada "Operación Colombo", la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a ocho exintegrantes de la ominosa DINA.

Cro. Luis Durán Rivas
En fallo unánime (causa rol 1.749-2015), la 6ª Sala del tribunal de alzada condenó al ya mencionado terrorista Krassnoff Martchenko, así como a los sicarios Pedro Espinoza Bravo y Orlando Manzo Durán a penas de 13 años de presidio, en calidad de autores del delito.

En tanto, Basclay Zapata Reyes, Ciro Torré Sáez, Francisco Ferrer Lima y el mismo Manríquez Bravo, deberán purgar penas de 10 años de presidio, como autores; y Nelson Paz Bustamante una pena de 4 años de presidio, por su participación como cómplice.

En el caso de los agentes Alejandro Astudillo Adonis, Demóstenes Cárdenas Saavedra, Manuel Avendaño González, Óscar la Flor Flores, Sergio Díaz Lara, Roberto Rodríguez Manquel, Gerardo Godoy García, Hermon Alfaro Mundaca, Raúl Rodríguez Ponte, Armando Cofré Correa, José Fuentealba Saldías, José Mora Diocares, Gerardo Meza Acuña, José Ojeda Obando, Moisés Campos Figueroa, Nelson Ortiz Vignolo, Claudio Pacheco Fernández, José Aravena Ruiz, Rosa Ramos Hernández, Manuel Carevic Cubillos, Ricardo Lawrence Mires y Rudeslindo Urrutia Jorquera, se decretó su absolución por no lograr el tribunal convicción de su participación, la cual no es ajena a toda una larga serie de delitos de lesa humanidad.

En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita Hernán Crisosto logró establecer los siguientes hechos:

"Que en horas de la mañana del día 14 de septiembre de 1974, Luis Durán Rivas, militante del Movimiento de Acción Unitaria (MAPU), fue detenido en las cercanías de su domicilio ubicado en Pasaje Matte 956, depto. 903, de la comuna de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), quienes lo trasladaron hasta el recinto de detención de la DINA denominado "José Domingo Cañas", ubicado en la calle de este mismo nombre N°1367, de la comuna de Ñuñoa y, posteriormente, trasladado al recinto de detención clandestino de la DINA denominado "Cuatro Álamos", ubicado en calle Canadá N°3.000, de Santiago, recinto que eran custodiados por guardias armados y a los cuales solo tenían acceso los agentes de la DINA, desde allí fue llevado hasta el cuartel de Villa Grimaldi, último lugar en que fue visto por un testigo.
Que el ofendido Durán Rivas durante su estada en los cuarteles de José Domingo Cañas, Cuatro Álamos y Villa Grimaldi, permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dichos cuarteles con el propósito de obtener información relativa a los integrantes de su grupo político, para proceder a la detención de miembros de la organización.
Que la última vez que la víctima Durán Rivas fue visto con vida, ocurrió un día no determinado del mes de septiembre del año 1974, sin que exista antecedente sobre paradero hasta la fecha".
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¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!


Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Agosto 13 de 2017

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