Cro. Gabriel Cortéz Luna, sólo tenía 18 años cuando fue asesinado |
La jornada de éste jueves
10, se informó que un juez había sometido a proceso a algunos ex carabineros, culpables
estos del asesinato y desaparición de presos políticos de Penco y Chillán en
septiembre y octubre de 1973
El ministro en
visita para causas por violaciones a los DD.HH. cometidas en dictadura de las
jurisdicciones de Concepción y Chillán, Carlos Aldana, dictó cuatro autos de
procesamiento por delitos de secuestro y homicidio perpetrados en 1973 en dos comunas
de la Octava Región.
En Penco,
junto a tres miristas, los pacos acribillaron al militante de la JS Mario Ávila
Maldonado
En
su primera resolución (causa rol 1-2014), el ministro en visita sometió a proceso a Héctor Aburto Muñoz,
como autor directo del delito de detención ilegal o secuestro con resultado
grave de MARIO ALBERTO ÁVILA MALDONADO. Tal ilícito fue perpetrado en la comuna de
Penco, a contar del 9 de octubre de 1973.
En
tanto, Franklin Crisosto Maldonado fue encausado, en calidad de autor, del
delito de homicidio calificado del compañero Ávila Maldonado, cometido entre el
12 de octubre y el 25 de noviembre de 1973.
En
la etapa de investigación, quedó establecido que: "En horas de la mañana
del 9 de octubre de 1973, Mario Alberto Ávila Maldonado fue sacado de su lugar
de trabajo, en el departamento de desarrollo social, ubicado en el edificio de
los servicios públicos de calle Serrano N° 1055 de la ciudad de Tomé, mediante
engaño, por un funcionario policial y luego trasladado hasta la comisaría de
Carabineros de Penco, donde quedó detenido, en forma arbitraria e ilegal, pues
no existía orden legal, administrativa o judicial competente, siendo sometido a
interrogatorios y apremios ilegítimos por policías adscritos a dicha unidad,
resultando con grave daño a su persona".
"Días
después de su detención, fue sacado de la comisaría antes señalada por
funcionarios policiales y trasladado hasta un sector rural y despoblado,
denominado "Quebrada Honda", ubicado cerca del camino público que
conecta Lirquén con Tomé, siendo ejecutado por disparos de armas de fuego
manipulada por carabineros, encontrándose sus restos en dicho sector el 25 de
noviembre de 1973".
Efectivamente,
en Quebrada Honda, en el kilómetro 7 del camino que une a Lirquén con Tomé, el
9 de octubre de 1973, fueron asesinados –a sangre fría- Tránsito del Carmen Cabrera Ortiz, Miguel Ángel Catalán Febrero, Héctor Manuel Lepe Moraga, todos integrantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria
MIR, además del militante PS, Mario Alberto Ávila Maldonado.
El paco
Jeldres y otros delincuentes de uniforme tenían poder de vida o muerte sobre
los presos políticos de Chillán
En
el segundo caso (causa rol 6-2017), el ministro Aldana encausó a Patricio Jeldres Rodríguez por su responsabilidad en el delito de homicidio
calificado de GABRIEL MARCELO CORTEZ LUNA, que contaba sólo 18 años de edad, ilícito cometido
el 19 de septiembre de 1973, en la comuna de Chillán.
Cro.Arturo Prat Martí |
Cro. Patricio Weitzel Pérez |
En
la tercera resolución (causa rol 9-2017), también por hechos ocurridos en Chillán, el ministro en visita
extraordinaria procesó al mentado Jeldres Rodríguez como autor de los delitos
de desaparición forzada (secuestro calificado) de ARTURO PRAT MARTÍ, y por los homicidios de los compañeros PATRICIO LAUTARO WEITZEL PÉREZ y JOSÉ RETAMAL VELÁSQUEZ.
Según
los antecedentes recopilados en la investigación de la causa: "A las 22:00 horas el 1 de octubre de 1973, en el domicilio de Patricio Lautaro Weitzel
Pérez, ubicado en Pabellones Pizarro, calle seis, casa cuatro, comuna de
Chillán, llegó una patrulla de Carabineros, integrada Herminio Fernández
Mercado (fallecido), Juan Francisco Opazo Guerrero (fallecido), Márquez Rodolfo
Riquelme Echeverría (fallecido), los que entraron sin orden judicial, ni
administrativa competente, lo detuvieron conjuntamente con sus compañeros de
estudios en la Escuela Normal de Chillán, Arturo Lorenzo Prat Martí y José
Gregorio Retamal Velásquez, trasladándolos hasta la Segunda Comisaría de
Carabineros de Chillán, donde fueron sometidos a interrogatorios y torturas,
por un grupo operativo de carabineros, dirigidos por el teniente Patricio Jeldres
Rodríguez".
Cro. Leopoldo López Rivas |
Finalmente
y en otro caso de horror dictatorial vivido en la ciudad de Chillán, en su última
resolución (causa rol 11-2017), el ministro Carlos Aldana encausó al criminal de lesa
humanidad Jeldres Rodríguez como autor directo de los delitos de las
desapariciones forzadas de los compañeros del PC ROBINSON ENRIQUE RAMÍREZ DEL PRADO y LEOPOLDO LÓPEZ RIVAS, ilícitos perpetrados en la comuna de Chillán, el 25 y 26
de septiembre de 1973, respectivamente.
Cro. Robinson Ramírez del Prado |
En
tanto: "A las 13:00 horas del 26 de septiembre de 1973, en su taller de
zapatería ubicado en Av. Brasil con Av. Libertad, en la ciudad de Chillán, es
detenido por un grupo de carabineros, sin orden judicial ni administrativa
competente, Leopoldo López Rivas, militante del Partido Comunista, en presencia
de su ayudante (Vicente Vidal Méndez), quien es trasladado a la 2° Comisaría de
Chillán".
"Ambos
detenidos Robinson Ramírez del Prado y Leopoldo López Rivas fueron objetos de
intensas y crueles torturas, quedando ambos en malas condiciones físicas y en
dicho estado fueron sacados de la unidad policial (…) se desconoce todo
paradero o noticia".
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¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y
Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!
Colectivo
Acción Directa CAD –Chile
Agosto 12 de 2017
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