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viernes, 18 de agosto de 2017

CONDENAN A DINOS QUE HICIERON DESAPARECER A UN MIRISTA Y TORTURARON A OTRO EN 1974

Cro. Washington Cid

El pasado lunes 14 se dieron a conocer sendas sentencias en casos de atropellos a los DD.HH. que afectaron a dos compañeros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria MIR, en que los hechores son miembros de la siniestra DINA. Algunos de los nombres de los chacales sentenciados se repiten en ambos fallos, los que derivan de la investigación previa llevada a cabo por el juez especial Hernán Crisosto Greisse

Washington desapareció desde Villa Grimaldi y luego formaría parte del montaje de L@s 119 u Operación Colombo

Por la desaparición forzada (secuestro calificado) del compañero del MIR WASHINGTON CID URRUTIA, ilícito perpetrado a partir del 8 de diciembre de 1974, la 11ª Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a 10 exagentes de la DINA.

En el fallo se expone que, en calidad de autores, los sicarios Miguel Krassnoff Martchenko, Pedro Espinoza Bravo y Raúl Iturriaga Neumann deben purgar 7 años de presidio. En tanto, Manuel Carevic Cubillos, Gerardo Godoy García, Ricardo Lawrence Mires, Palmira Almuna Guzmán, Francisco Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana y Rolf Wenderoth Pozo deberán purgar 5 años y un día de presidio, también como autores de secuestro calificado de Cid Urrutia.

En la etapa de investigación, se logró establecer los siguientes hechos:

"En horas de la madrugada del día 8 de diciembre de 1974, Washington Cid Urrutia, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en su domicilio ubicado en pasaje 15, N° 2973, Población Cervecerías Unidas, comuna de Renca, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes luego de atarlo y vendarle la vista, lo introdujeron en la parte posterior de una camioneta y lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado "Terranova" o "Villa Grimaldi", ubicado José Arrieta N° 8200, de la comuna de La Reina, que era custodiados por guardias armados y a los cuales sólo tenían acceso los agentes de la DINA;
Que el ofendido Cid Urrutia durante su estada en el cuartele de Villa Grimaldi permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dichos cuarteles con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de los miembros de esa organización;
Que la última vez que la víctima Cid Urrutia fue visto por otros detenidos fue en día no determinado del mes de diciembre de 1974, sin que existan antecedentes de su paradero hasta la fecha;
Que el nombre de Washington Cid Urrutia apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista Novo O' Día de Curitiba, Brasil, de fecha 25 de junio de 1975, en la que se daba cuenta que Washington Cid Urrutia había muerto en Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros, y
Que las publicaciones que dieron por muerto a la víctima Cid Urrutia tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior".

Esas listas que se publicaron fuera y que luego “rebotaron” en la prensa prodictatorial, y que sumaban 119 compañer@s de la izquierda chilena, formaron parte del montaje conocido como Operación Colombo.

Junto con Washington, aquella madrugada del 8 de diciembre de 1974 fueron detenidos también su esposa, María Isabel Ortega Fuentes, y el compañero JOSÉ CARRASCO VÁSQUEZ. Mientras la compañera María Isabel saldría en libertad en 1975, José Hernán tuvo un trágico fin, luego de haber aparecido el 19 de febrero de 1975 en una cadena nacional auspiciada por la dictadura, en la que él, junto a otros dirigentes del MIR detenidos (Cristián Pedro Pablo Mallol Comandari, Humberto Menanteaux Aceituno y Héctor Hernán Gonzalez Osorio), llamaba a los militantes a cesar la lucha contra la junta militar. A continuación, quedó en libertad bajo vigilancia, siendo nuevamente detenido en su domicilio el 20 de noviembre de 1975. Desde este día, sus familiares ignoraron por un tiempo su paradero. Posteriormente, en forma casual, ellos se enteraron que su cadáver y el de Humberto Menanteaux habrían ingresado como N.N. al Instituto Médico Legal. El certificado de defunción reza así: "Fecha del fallecimiento: 1o de diciembre de 1975. Hora: se ignora. Lugar: Santiago. Chada: Quebrada. Edad: 28 años. Causa: Conjunto de múltiples heridas de bala con salida de proyectil". No cabe duda, entonces, que Carrasco Vásquez y Menanteaux Aceituno fueron asesinados por sus captores de la DINA.

El compañero Félix Lebrecht fue secuestrado y torturado en varios centros de la DINA

Otro tanto cumplió la 9ª Sala del tribunal de alzada, la cual condenó a 14 exagentes por su responsabilidad en el secuestro calificado del compañero FÉLIX LEBRECHT DÍAZ-PINTO, ilícito perpetrado a partir del 1 de octubre de 1974.

En la causa, los agentes César Manríquez Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko deberán purgar penas de 8 años de presidio, en calidad de autores del delito; en tanto, Ricardo Lawrence Mires, Ciro Torré Sáez, Hermon Alfaro Mondaca, Basclay Zapata Reyes, Nelson Paz Bustamante, José Aravena Ruiz, Claudio Pacheco Fernández, José Ojeda Obando, Gerardo Meza Acuña, José Fuentealba Saldías y Raúl Rodríguez Ponte fueron condenados a 5 años y un día de presidio, como autores, y Orlando Manzo Durán deberá cumplir 3 años y un día de presidio, como cómplice.

En la etapa de investigación, el ministro Crisosto logró establecer los siguientes hechos:
"En horas de la madrugada del día 01 de octubre de 1974, Félix Edmundo Lebrecht Díaz-Pinto, fue detenido en su domicilio ubicado en calle Carlos Silva Vildósola, parcela 176, comuna de La Reina, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes lo introdujeron a una camioneta y lo trasladaron al recinto clandestino de detención denominado "José Domingo Cañas", ubicado en el N° 1367 de dicha calle, en la comuna de Ñuñoa, lugar en donde permaneció hasta el día 04 de octubre de ese mismo año, fecha en que fue trasladado junto a otros detenidos al campamento de detenidos de la DINA denominado "Cuatro Álamos", ubicado en calle Canadá altura del 3000, en la comuna de Santiago".
"Posteriormente, el 23 de octubre de 1974, Lebrecht Díaz-Pinto fue llevado nuevamente a "José Domingo Cañas" donde se le mantuvo por siete días antes de ser llevado a "Tres Álamos" y al campo de prisioneros de "Ritoque", permaneciendo en esos recintos, hasta fines del mes de marzo de 1975; y
Que el ofendido Félix Edmundo Lebrecht Díaz-Pinto durante los días de estada en los cuarteles de José Domingo Cañas y Cuatro Álamos, permaneció sin contacto con el exterior, y en el primero de ellos estuvo con la vista vendada y amarrado, siendo sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dicho cuartel consistentes en golpes de pies y puños, golpes en los oídos y aplicación de corriente eléctrica en diversas partes del cuerpo, a consecuencia de lo cual resultó con secuelas de trastorno por estrés post-traumático, con repercusión permanente en el desarrollo de su personalidad".
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¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!


Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Agosto 18 de 2017

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