Éste
viernes 11, se supo que un juzgado de Santiago había rechazado la demanda de
indemnización por todo el daño causado a la cineasta por el montaje y arbitrariedades
del Ministerio Público
A las 9 de la mañana del 7 de mayo de 2008, mientras Elena Varela y su equipo
técnico trabajaban en el documental Newen Mapuche, llegaron 20
uniformados a su casa, la detuvieron y la subieron en una camioneta apuntándola
durante todo el tiempo con una pistola. Se la llevaron esposada y su
traslado hasta la Cárcel de Rancagua habría sido escoltado por más de 100
policías. Cerca de 20 efectivos policiales allanaron la casa e incautaron los
computadores y el material audiovisual disponible. Todo el material de
cámara, los archivos y documentos pertenecientes a la producción del documental
fueron incautados por la Policía de Investigaciones. Además se llevaron
otras cintas pertenecientes a Sueños del Comandante,
el otro proyecto documental Varela.
También la obligaron, sin explicación, a visitar distintos lugares en busca de mayor información sobre sus actividades artísticas. Fue llevada a Panguipulli, a la escuela municipal en la que solía dar clases de música, a fin de revisar el lugar y buscar información sobre ella. Aunque intentaron obligarla a bajar de la camioneta, debido a la resistencia que opuso, logró mantenerse en el vehículo mientras el jefe a cargo de la operación revisaba el lugar. Luego se fueron a Temuco, al cuartel central de la PDI, donde un grupo de periodistas la esperaba. Recién en ese momento se le habría notificado la razón de su detención.
De acuerdo al acta de formalización, la
aprehendida se dedica—junto a otras personas a las que se encuentra asociada—a
cometer robos y asaltos en lugares “en que se encuentran grandes sumas de
dineros en efectivo… [que luego es] destinado al beneficio propio y a la
mantención de lo que ellos llaman un trabajo político…”.
En lo concreto, pero respondiendo a un montaje policial-judicial, Elena fue acusada
de “asociación ilícita para delinquir” y “vínculos con un grupo terrorista”.
Por ello, inclusive, llegó a ser
torturada.
El
proceso criminal que se le abrió debería haber determinado su responsabilidad
en los delitos que se le imputaban. Obviamente, Elena no se dedicaba al trabajo
documental a la vez que andaba armada por ahí. Otra dimensión que la arbitraria
investigación judicial abrogó fue el respeto tanto al derecho de propiedad del
material fílmico incautado, como a la vulneración a la libertad de expresión de
la documentalista. En las filmaciones que llevaba a cabo antes de su detención,
recabó testimonios de muchas personas que por temor a represalias o amenazas le
exigieron que no se relevaran sus identidades. La incautación de las cintas significó
una flagrante violación al secreto profesional que la autora tiene sobre sus
fuentes, derecho al que ni el Ministerio Público ni la policía parecieron otorgarle
alguna importancia.
Una de las supuestas "pruebas" de la PDI y el M. Público |
Elena
estaba acusada de ser la autora intelectual de dos asaltos a mano armada
cometidos en 2004 y 2005 contra sucursales bancarias, en complicidad con la
guerrilla colombiana del Ejército de Liberación Nacional (ELN). El 27 de enero
de 2009, la fiscalía solicitó una pena de quince años de cárcel. No obstante,
la investigación estaba llena de sombras. En todo caso, la acusación de terrorismo
ha sido usada contra documentalistas extranjeros* que dedican su trabajo al
conflicto territorial que enfrenta al pueblo mapuche y a las empresas
forestales.
La
documentalista, quien estuvo en prisión preventiva durante tres meses, finalmente
fue exonerada el 28 de abril de 2010. Luego de siete días de juicio y recibir
las declaraciones de 20 testigos y peritos, el Tribunal Oral en lo Penal de
Villarica absolvió de los cargos a la cineasta y productora, ya que la fiscalía
no logró acreditar las pruebas que presentaba.
Los documentales que realizaba Elena Varela se detuvieron. Y también la necesidad y deseo ciudadano de saber realmente que sucedía en el Wallmapu. La vulneración de la libertad de expresión de una persona, como tantas veces en la historia, la padecemos todos. Como si fuera poco, fue cegado el derecho a la producción artística de un material que un miembro de nuestra sociedad aspira a exponernos, pues lo considera de gran importancia comunitaria y para nuestro acervo cultural.
Sin
embargo, un Juzgado no encuentra arbitrario el actuar del Ministerio Público en
el caso de Elena Varela
Como
una clara señal que la justicia en Chile es una quimera, éste viernes 11 se nos informa que el 19º Juzgado Civil de Santiago rechazó la legítima
demanda de indemnización de perjuicios presentada en contra del fisco por la actuación
arbitraria del Ministerio Público por la cineasta, quien fue injusta e ilícitamente
procesada y llevada a juicio, “como autora de los delitos de asociación
ilícita, robo con homicidio y robo con violencia”. El juzgado recuerda éstas
acusaciones y se refocila en ellas, pero no para mientes en que Elena fuera
absuelta de tales infundios y por unanimidad, por el Tribunal Oral en lo Penal
de Villarrica, el 28 de abril de 2010.
En
el fallo (causa rol 32.755-2011), la magistrada Jacqueline Benquis Monares descartó actuar
arbitrario del ente persecutor en el proceso que afectara a la recurrente.
Y
la magistrada se centra en cuestiones meramente semánticas: “‘Las conductas
injustificadamente erróneas o arbitrarias’ del Ministerio Público, a que se
refiere el artículo 5° ya referido, debe ser entendido, en lo que se refiere a ‘lo
injustificadamente erróneo’ como un error fundado en una falta de acuciosidad
en la investigación, en una negligencia inexcusable”. En lo que se refiere a
"la conducta arbitraria" del Ministerio Público, no la entiende como la
adopción de decisión/es sin ningún criterio de equidad y pensando sólo en
intereses particulares; en este caso políticos y económicos, con el fin de
afectar el trabajo investigativo de la afectada. Así, la magistrada sólo
consigna que esa “conducta arbitraria”, “debe entenderse como aquella conducta
del Fiscal, que dirige la investigación apartándose de las bases mínima de
lógica y racionalidad, esto es, que la dirección de la investigación carezca de
un vínculo mínimo de lógica y racionalidad dentro del contexto de los
antecedentes que obran en ésta"; es decir, la tinterilla sólo hace
referencia a la forma y no al fondo del concepto.
La
resolución agrega: "En conclusión, para analizar si la actuación del
Ministerio Público, es injustificadamente errónea o arbitraria, se debe
efectuar con un criterio contextualizador, en el sentido que la procedencia o racionalidad
de la diligencia debe estudiarse a la luz de los antecedentes que el fiscal
poseía a la hora de adoptar la decisión". En esto concordamos, pero si se
hace lectura del resto del fallo se observará que jamás se contextualizan los
procedimientos, decisiones y conclusiones del Ministerio Público, el acusador,
en su inicuo accionar en contra de la compañera Elena Varela.
___________________________
¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y
Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!
Colectivo
Acción Directa CAD –Chile
Agosto 12 de 2017
* Los periodistas y documentalistas que
se interesan por los Mapuche se exponen en Chile a riesgos y represalias. El 17
de marzo de 2008 estuvieron detenidos por poco tiempo, en Collipulli, Christophe
Harrison y Joffrey Rossi, dos documentalistas franceses acusados de
haber provocado un incendio y de “pertenecer a ETA”. El 3 de mayo siguiente, se
repitió la historia con los cineastas italianos Giuseppe Gabriele y Dario
Ioseffi, también calificados de “terroristas” y después expulsados.
No hay comentarios :
Publicar un comentario