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sábado, 13 de agosto de 2016

RESOLUCIONES RECIENTES EN CASOS DE DDHH EN LA VIII REGION


“Corte penquista condena a carabineros en retiro por homicidio de chofer de bus en Contulmo en 1973”

En Tribuna del Bio-Bio –public. 9/8/16

La Corte de Apelaciones de Concepción condenó a dos miembros de Carabineros en retiro como responsables del homicidio calificado de Mario Pilgrim Roa, ilícito perpetrado el 5 de octubre de 1973, en la ciudad de Contulmo, causa que investigó el ministro en visita Carlos Aldana.

En fallo unánime (causa rol  87-2016), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Carola Rivas, Camilo Álvarez y Manuel Muñoz– condenó a la pena de 5 años y un día de presidio a los ex de carabineros Vicente Zapata Curinao y Julio Tutt Fuentes.

En la etapa de investigación, el ministro Aldana logró establecer que: "En horas de la noche del 4 de octubre de 1973, en circunstancias que un autobús de la empresa Boitano conducido por Mario Pilgrim Roa y con tres o cuatro acompañantes en su interior, transitaba por las calles de Contulmo, el que era remolcado por un tractor, porque presentaba problemas mecánicos al motor, el que emitía fuertes ruidos, al pasar a una cuadra aproximadamente de la tenencia de Carabineros, fue interceptado por varios policías armados, al mando del teniente Julio Tutt Fuentes, ordenando a sus ocupantes que se bajaran, quienes obedecieron en el acto, sin oponer resistencia".

La resolución agrega que "(…) mientras Mario Pilgrim se encontraba en el asiento del conductor recibió un impacto de bala, siendo obligados todos los ocupantes a bajar del móvil con las manos en alto y conducidos a una pared  del inmueble ubicado en calle Millaray con Los Notros donde fueron registrados por los Carabineros comandados por Tutt, y Vicente Zapata Curinao, uno de los cuales disparó contra Mario Pilgrim Roa, ocasionándole una herida abdominal quedando tendido en el piso, sin que se le prestaran auxilios inmediatos, siendo trasladado a la posta de Contulmo, donde llegó fallecido. Posteriormente el cuerpo fue derivado al Hospital de Cañete".

En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar la suma de $80.000.000 (ochenta millones de pesos) a María Hortensia Salazar Puente –cónyuge de la víctima- e igual monto a cada uno de sus hijos: Luz Oriana Pilgrim Salazar, Mario Edgardo Pilgrim Salazar y Cecilia Olga Pilgrim Aravena.


“Condenan a ex miembro de la Armada a presidio por homicidio de dirigente sindical en 1973”
En Tribuna del Bio-Bio –public. 9/8/16

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana Fuentes, condenó a dos miembros de la Armada en retiro por su responsabilidad en los delitos de homicidio de Hugo Candia Núñez y de aplicación de tormentos a Máximo Neira Salas, ilícitos perpetrados en octubre de 1973, en Talcahuano.

En la resolución (causa rol 57.942), el ministro en visita condenó a Julio Alarcón Saavedra a las penas efectivas de 10 años y un día de presidio, en calidad de autor directo del homicidio calificado de Hugo Candia Núñez, y de 61 días, como autor del delito de apremios ilegítimos a Máximo Neira Salas.

En tanto, Ary Acuña Figueroa deberá purgar 4 años de presidio, como encubridor del homicidio de Candia Núñez y 61 días como autor de los apremios a Neira Salas, con el beneficio de la libertad vigilada por el lapso de 5 años.

En la etapa de investigación, el ministro Aldana logró determinar que Candia Núñez fue ejecutado el 11 de octubre de 1973, en la base naval de Talcahuano, específicamente en el sector denominado La Ciudadela, por personal de la Armada que lo había detenido en momentos posteriores al 11 de septiembre de 1973, al interior del recinto de la Compañía de Aceros del Pacífico (CAP), industria de la que era dirigente sindical. En el mismo lugar, fue sometido a diversos vejámenes Máximo Neira Salas.

En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile y a los sentenciados a pagar una indemnización total de $250.000.000 (doscientos cincuenta millones de pesos) a familiares de Máximo Neira Salas.


“Acusan 18 ex agentes de la CNI por homicidio en la Operación Alfa Carbón en agosto de 1984”

En Tribuna del Bio-Bio –public. 23/7/16

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana Fuentes, dictó acusación en contra de 18 agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), por su participación en los delitos de asociación ilícita y los homicidios de siete integrantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), en la denominada "Operación Alfa Carbón".

En la resolución (causa rol 11-2009), el ministro Aldana acusó a los ex agentes estatales Marcos Derpich Miranda, Álvaro Corbalán Castilla, Jorge Mandiola Arredondo y Patricio Castro Muñoz como autores de los delitos de asociación ilícita y homicidio calificado, en calidad de autores mediatos o directos.

En tanto, los agentes Roberto Farías Santelices, Luis Gálvez Navarro, Manuel Morales Acevedo, José Aravena Ruiz, Luis Andaur Leiva, Sergio Mateluna Pino, José Zapata Zapata, Bruno Soto Aravena, Luis Moraga Trescow, Óscar Boehwald Soto, Ema Ceballos Núñez, Gerardo Meza Acuña, Patricio Berton Campos y Luis Torres Méndez, fueron acusados como autores directos de delitos de homicidio.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, el ministro en visita logró establecer que el 23 y 24 de agosto de 1984, la Central Nacional de Informaciones (CNI) montó una operación en las ciudades de Talcahuano, Concepción, Los Ángeles y Valdivia para dar muerte a los integrantes del MIR Luciano Aedo Arias, Nelson Herrera Riveros, Mario Lagos Rodríguez, Mario Mujica Barros, Juan José Boncompte Andreu, Rogelio Tapia de la Puente y Jaime Barrientos Matamala, quienes habían sido seguidos por los agentes por su vinculación con el grupo de izquierda.

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