“Corte
penquista condena a carabineros en retiro por homicidio de chofer de bus en
Contulmo en 1973”
En Tribuna
del Bio-Bio –public. 9/8/16
La Corte de
Apelaciones de Concepción condenó a dos miembros de Carabineros en retiro como
responsables del homicidio calificado de Mario Pilgrim Roa, ilícito perpetrado
el 5 de octubre de 1973, en la ciudad de Contulmo, causa que investigó el
ministro en visita Carlos Aldana.
En fallo unánime
(causa rol 87-2016), la Segunda Sala del
tribunal de alzada –integrada por los ministros Carola Rivas, Camilo Álvarez y
Manuel Muñoz– condenó a la pena de 5 años y un día de presidio a los ex de carabineros
Vicente Zapata Curinao y Julio Tutt Fuentes.
En la etapa de
investigación, el ministro Aldana logró establecer que: "En horas de la
noche del 4 de octubre de 1973, en circunstancias que un autobús de la empresa
Boitano conducido por Mario Pilgrim Roa y con tres o cuatro acompañantes en su
interior, transitaba por las calles de Contulmo, el que era remolcado por un
tractor, porque presentaba problemas mecánicos al motor, el que emitía fuertes
ruidos, al pasar a una cuadra aproximadamente de la tenencia de Carabineros,
fue interceptado por varios policías armados, al mando del teniente Julio Tutt
Fuentes, ordenando a sus ocupantes que se bajaran, quienes obedecieron en el
acto, sin oponer resistencia".
La resolución
agrega que "(…) mientras Mario Pilgrim se encontraba en el asiento del conductor
recibió un impacto de bala, siendo obligados todos los ocupantes a bajar del
móvil con las manos en alto y conducidos a una pared del inmueble ubicado en calle Millaray con
Los Notros donde fueron registrados por los Carabineros comandados por Tutt, y
Vicente Zapata Curinao, uno de los cuales disparó contra Mario Pilgrim Roa,
ocasionándole una herida abdominal quedando tendido en el piso, sin que se le
prestaran auxilios inmediatos, siendo trasladado a la posta de Contulmo, donde
llegó fallecido. Posteriormente el cuerpo fue derivado al Hospital de
Cañete".
En el aspecto
civil, se condenó al Estado de Chile a pagar la suma de $80.000.000 (ochenta
millones de pesos) a María Hortensia Salazar Puente –cónyuge de la víctima- e
igual monto a cada uno de sus hijos: Luz Oriana Pilgrim Salazar, Mario Edgardo
Pilgrim Salazar y Cecilia Olga Pilgrim Aravena.
“Condenan
a ex miembro de la Armada a presidio por homicidio de dirigente sindical en
1973”
En Tribuna
del Bio-Bio –public. 9/8/16
El ministro
en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de
la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana Fuentes, condenó a dos
miembros de la Armada en retiro por su responsabilidad en los delitos de
homicidio de Hugo Candia Núñez y de aplicación de tormentos a Máximo Neira
Salas, ilícitos perpetrados en octubre de 1973, en Talcahuano.
En la resolución
(causa rol 57.942), el ministro en visita condenó a Julio Alarcón Saavedra a
las penas efectivas de 10 años y un día de presidio, en calidad de autor
directo del homicidio calificado de Hugo Candia Núñez, y de 61 días, como autor
del delito de apremios ilegítimos a Máximo Neira Salas.
En tanto, Ary
Acuña Figueroa deberá purgar 4 años de presidio, como encubridor del homicidio
de Candia Núñez y 61 días como autor de los apremios a Neira Salas, con el
beneficio de la libertad vigilada por el lapso de 5 años.
En la etapa de
investigación, el ministro Aldana logró determinar que Candia Núñez fue
ejecutado el 11 de octubre de 1973, en la base naval de Talcahuano,
específicamente en el sector denominado La Ciudadela, por personal de la Armada
que lo había detenido en momentos posteriores al 11 de septiembre de 1973, al
interior del recinto de la Compañía de Aceros del Pacífico (CAP), industria de
la que era dirigente sindical. En el mismo lugar, fue sometido a diversos
vejámenes Máximo Neira Salas.
En el aspecto
civil, se condenó al Estado de Chile y a los sentenciados a pagar una
indemnización total de $250.000.000 (doscientos cincuenta millones de pesos) a
familiares de Máximo Neira Salas.
“Acusan
18 ex agentes de la CNI por homicidio en la Operación Alfa Carbón en agosto de
1984”
En Tribuna
del Bio-Bio –public. 23/7/16
El
ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos
humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana Fuentes, dictó
acusación en contra de 18 agentes de la Central Nacional de Informaciones
(CNI), por su participación en los delitos de asociación ilícita y los
homicidios de siete integrantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria
(MIR), en la denominada "Operación Alfa Carbón".
En la resolución (causa rol 11-2009), el
ministro Aldana acusó a los ex agentes estatales Marcos Derpich Miranda, Álvaro
Corbalán Castilla, Jorge Mandiola Arredondo y Patricio Castro Muñoz como
autores de los delitos de asociación ilícita y homicidio calificado, en calidad
de autores mediatos o directos.
En tanto, los agentes Roberto Farías
Santelices, Luis Gálvez Navarro, Manuel Morales Acevedo, José Aravena Ruiz,
Luis Andaur Leiva, Sergio Mateluna Pino, José Zapata Zapata, Bruno Soto
Aravena, Luis Moraga Trescow, Óscar Boehwald Soto, Ema Ceballos Núñez, Gerardo
Meza Acuña, Patricio Berton Campos y Luis Torres Méndez, fueron acusados como
autores directos de delitos de homicidio.
De
acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, el
ministro en visita logró establecer que el 23 y 24 de agosto de 1984, la
Central Nacional de Informaciones (CNI) montó una operación en las ciudades de
Talcahuano, Concepción, Los Ángeles y Valdivia para dar muerte a los
integrantes del MIR Luciano Aedo Arias, Nelson Herrera Riveros, Mario Lagos
Rodríguez, Mario Mujica Barros, Juan José Boncompte Andreu, Rogelio Tapia de la
Puente y Jaime Barrientos Matamala, quienes habían sido seguidos por los
agentes por su vinculación con el grupo de izquierda.
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