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sábado, 27 de agosto de 2016

ACUSAN A DINOS POR DESAPARICION Y ASESINATO DE 17 PRISIONEROS DE VILLA GRIMALDI


Así como el 22 de agosto un dictamen de la justicia daba cuenta de 11 de los asesinos que ‘laboraban’ en Londres 38, ahora fue el turno de acusar a 22 criminales del campo de exterminio de Villa Grimaldi (aunque algunos se repiten)  por “Secuestro Calificado” y homicidios de prisioneros políticos que desdichadamente pasaron por ese recinto de la muerte

Con fecha 24 de agosto, fue dado a conocer el dictamen del ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos Sagristá, en que éste condena a 22 ex agentes de la siniestra Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los delitos de detención y desaparición, así como de homicidio calificado, de 17 víctimas que pasaron, entre otros campos de terror, por la fatídica Villa Grimaldi –o Cuartel Terranova- en 1976. Casi tod@s eran integrantes del Partido Comunista de Chile, organización que intentaba por entonces reorganizarse en medio de la dictadura cívico-militar entronizada en el poder luego del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973.

En su resolución (causa rol 2182-1998), el ministro de fuero acusó como culpables de los delitos de lesa humanidad a los ex agentes de la DINA: -Carlos Leonardo López Tapia, Pedro Espinoza Bravo, Eugenio Jesús Fieldehouse Chávez, Ricardo Víctor Lawrence Mires y Jorge Claudio Andrade Gómez, como autores del delito de secuestro calificado de las siguientes víctimas: Guillermo Recabarren González, Luis Emilio Recabarren González, Manuel Segundo Recabarren Rojas, Alejandro Rodríguez Urzúa, Daniel Palma Robledo, 


Carlos Enrique Godoy Lagarrigue, Iván Sergio Insunza Bascuñán, Mario Jesús Juica Vega, José Eduardo Santander Miranda, Víctor Hugo Morales Mazuela, Miguel Nazal Quiroz, Carlos Mario Vizcarra Cofré, Julio Roberto Vega Vega, Nalvia Mena Alvarado, Clara Canteros Torres y Juan Villarroel Zárate.

-Juan Hernán Morales Salgado fue acusado como autor del delito de secuestro calificado de Guillermo Recabarren González, Manuel Recabarren Rojas, Daniel Palma Robledo, Víctor Hugo Morales Mazuela, Carlos Mario Vizcarra Cofré, Julio Roberto Vega Vega, Nalvia Mena Alvarado, Clara Canteros Torres y Juan Villarroel Zárate.

-Orlando José Manzo Durán y Ciro Ernesto Torré Sáez enfrentan acusación como autores del secuestro calificado de Luis Emilio Recabarren González, Manuel Segundo Recabarren Rojas, Alejandro Rodríguez Urzúa, Carlos Enrique Godoy Lagarrigue, Iván Sergio Insunza Bascuñán y José Eduardo Santander Miranda.

-Rolf Wenderoth Pozo, en calidad de autor del delito de secuestro calificado de Clara Canteros Torres, Juan Villarroel Zárate y Nalvia Mena Alvarado.

-Orlando Escalona Acuña, Juvenal Piña Garrido, Jorge Díaz Radulovich, Guillermo Ferrán Martínez y Gustavo Guerrero Aguilera, fueron acusados como autores del secuestro calificado de Daniel Palma Robledo.

En tanto, como cómplices del delito de secuestro calificado fueron acusados:

-José Mario Friz Esparza, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Pedro Bitterlich Jaramillo, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Orlando Altamirano Sanhueza, Carlos Eusebio López Inostroza, respecto de las víctimas: Guillermo Recabarren González, Luis Emilio Recabarren González, Manuel Segundo Recabarren Rojas, Alejandro Rodríguez Urzúa, Daniel Palma Robledo, Carlos Enrique Godoy Lagarrigue, Iván Sergio Insunza Bascuñán, Mario Jesús Juica Vega, José Eduardo Santander Miranda, Víctor Hugo Morales Mazuela, Miguel Nazal Quiroz, Carlos Mario Vizcarra Cofré, Julio Roberto Vega Vega, Nalvia Mena Alvarado, Clara Canteros Torres y Juan Villarroel Zárate.

-Gladys Calderón Carreño, respecto de las víctimas: Guillermo Recabarren González, Luis Emilio Recabarren González, Daniel Palma Robledo, José Eduardo Santander Miranda, Carlos Mario Vizcarra Cofré, Julio Roberto Vega Vega, Nalvia Mena Alvarado, Clara Canteros Torres y Juan Villarroel Zárate.

Eduardo Canteros Prado

El ministro Llanos Sagristá acusa en su resolución, en calidad de autores del delito de homicidio calificado de Eduardo Canteros Prado, miembro del Comité Central del PC, a los siguientes agentes de la DINA -y por extensión del Estado-: Carlos Leonardo López Tapia, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Juan Hernán Morales Salgado, Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Eugenio Jesús Fieldehouse Chávez y Ricardo Víctor Lawrence Mires.

En tanto, como cómplices del delito, el ministro de fuero acusó a Gladys de las Mercedes Calderón Carreño, José Mario Friz Esparza, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Pedro Bitterlich Jaramillo, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Orlando Altamirano Sanhueza y Carlos Eusebio López Inostroza.

En la etapa de investigación, el ministro Llanos logró establecer que l@s Compañer@s mencionad@s fueron detenid@s entre el 29 de abril y el 16 de agosto de 1976, por grupos operativos de la funesta DINA en diversos lugares de la Región Metropolitana, y llevados a los centros de detención clandestina, tortura y exterminio de Villa Grimaldi, Cuatro Álamos y Simón Bolívar, lugares en que son vistos con vida y desde donde se pierden sus rastros.

¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!

Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Agosto 27 de 2016

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