Guillermo González, alias 'El Bototo' |
La (in)justicia oficial consideró que Guillermo González Betancourt, alias ‘El Bototo’, un desalmado asesino de opositores de la sangrienta dictadura cívico-militar, era una especie de ‘pato malo’ cuasi redimido por el sistema carcelario especial del hostal Punta Peuco
Increíble, pero cierto. Este miércoles 23, la
Corte Suprema ratificó la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de
Santiago, que concedió el beneficio de
la libertad condicional al culpable de delitos de lesa humanidad y que en la
actualidad aloja en el hostal de Punta Peuco, Guillermo González Betancourt.
En
fallo dividido, 3 a 2, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los
ministros Carlos Künsemüller, Andrea Muñoz, Manuel Antonio Valderrama y los
abogados (i) Jaime Rodríguez y Carlos Pizarro– confirmó la sentencia recurrida que acogió el recurso de amparo presentado por la defensa de González Betancourt.
Este
desalmado individuo, miembro de la oprobiosa Dirección de Comunicación de Carabineros (DICOMCAR), participó en el caso que se denominó “Degollados”, donde los militantes comunistas
Manuel Guerrero, José Manuel Parada y Santiago Nattino fueron secuestrados,
torturados y posteriormente degollados y tirados sin mayor consideración ‘humanitaria’
en un predio de Quilicura cercano al Aeropuerto Internacional de Pudahuel.
Por
tales crímenes contra los DD.HH., Guillermo González Betancourt fue condenado a
firme a presidio perpetuo como autor de los secuestros seguidos de homicidio de
los mencionados integrantes del PC, y como autor de los secuestros de otras 6
personas, en marzo de 1985. En la misma causa fue condenado a 5 años y 1 día
como autor de asociación ilícita y a 5 años y 1 día por el robo con
intimidación del vehículo de uno de los secuestrados sobrevivientes.
Ahora,
la Suprema es capaz de argüir que, "De acuerdo al artículo 2° del D.L. N°
321, todo individuo condenado a una pena privativa de libertad de más de un año
de duración, "tiene derecho a que se le conceda su libertad
condicional", siempre que cumpla con los requisitos objetivos que enuncia:
1° Haber cumplido -como regla general- la mitad de la condena que se le impuso
por sentencia definitiva; 2° Haber observado conducta intachable en el
establecimiento penal en que cumple su condena; 3° Haber aprendido bien un
oficio; y, 4° Haber asistido con regularidad y provecho a la escuela del
establecimiento y a las conferencias educativas que se dicten", detalla el
fallo del máximo tribunal.
No
obstante, el máximo tribunal nacional no consideró para nada en su decisión los
invalidantes hechos para la demanda de la defensa del asesino González,
insertos en el informe del Tribunal de Conducta de Punta Peuco (pp. 3-4), los cuales señalan que éste
chacal “no ha verificado una adecuada evolución de las variables criminológicas
respecto a evaluaciones precedentes”. Además, dentro de los antecedentes psicológicos
integrados que constan en la propuesta enviada por el Tribunal mentado, “se expresó que
el interno registra
un nivel insuficiente
en cuanto a la conciencia del ilícito, ya que si bien reconoce la autoría
de los mismos, se justifica en haber recibido órdenes; y, en cuanto a la conciencia
del daño y del mal causado, ésta se encuentra en mediano nivel ya que su discurso
es de bajo correlato ideoafectivo. Además, su disposición para el cambio se
aprecia insuficiente.”
La
Suprema recuerda que el ex paco ya recibía ciertos beneficios, como salida
dominical y otros. Pero no hace referencia a que dichas inicuas prebendas
fueron otorgadas entre gallos y medianoche, como la que le otorgó la salida
diaria de Punta Peuco, a principios de 2014. A mediados de 2013 y poco antes de
cumplirse 40 años del Golpe Militar y de que Sebastián Piñera cerrara el penal
Cordillera, familiares y políticos protestaban fuera de la Corte Suprema luego
de que ésta confirmara la salida dominical de dos de los asesinos de los
militantes comunistas. Solo cuatro días después, Gendarmería les daba el mayor
de los beneficios intrapenitenciarios, autorizándolos a salir de Punta Peuco
todos los días.
El
jueves 20 de junio de 2013, Javiera Parada Ortiz y Manuel Guerrero Antequera
protestaban frente al Palacio de Tribunales junto a familiares, abogados y
políticos luego de que la Corte Suprema confirmara el otorgamiento del
beneficio intrapenitenciario de salida dominical de dos condenados por el
secuestro y asesinato de Manuel Guerrero, José Manuel Parada y Santiago
Nattino.
Conocido
como el Caso Degollados, sus hijos veían con impotencia cómo el ex coronel de carabineros
González Betancourt y el sargento José Fuentes Castro, ambos en retiro,
mantendrían el beneficio penitenciario autorizado por el alcaide de Punta Peuco,
Luis Meneses.
Es
una verdadera e inmensa herida a la dignidad de la sociedad chilena estas
libertades que se otorgan gratuitamente a quienes tanto daño provocaron a
cientos y miles de sus hij@s.
“No
habrá piedra ni mar que los proteja ni guarida ni caverna perdonada”
(Canción de Karaxu)
¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y
Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!
Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Noviembre
23 de 2016
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