Cro. Patricio Ortiz Montenegro, hace unos años en Suiza |
En éste país, la (in)justicia oficial sigue siendo tuerta: mira para la pura izquierda y se hace la huevona con la derecha. Los jueces siguen liberando criminales de lesa humanidad alojados en Punta Peuco, mientras le niegan la libertad a la machi Linconao y ahora se rehúsan a aplicar la prescripción al compañero frentista Patricio Ortiz, el que ya superó largamente la pena de 20 años que se le impusiera en 1990
La Corte Suprema -tan dada a conceder la media prescripción a los milicos culpables de delitos que se suponen imprescriptibles- declaró inadmisible el recurso de casación presentado en
contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que
rechazó aplicar la prescripción de la pena al compañero Patricio Ortiz Montenegro, integrante del Frente Patriótico Manuel
Rodríguez FPMR, “condenado a 10 años y un día de presidio como
autor del delito de homicidio”, refiriéndose aquí a una de las penas que
afectan al combatiente, pero que hace la mitad de la condena total. Con todo, si fuera una condena de una década, con más razón le sería aplicable al compañero la prescripción solicitada por su defensa.
En fallo unánime, la 2ª Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton
Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y los abogados (i) Jean Pierre Matus y
Jaime Rodriguez– estableció que el recurso de casación presentado no cumple con
los requisitos legales mínimos para impugnar la sentencia del tribunal de
alzada, que confirmó la resolución del ministro en visita Juan Antonio Poblete.
"Que el recurrente sostiene este motivo de
casación en la negativa del tribunal de alzada a declarar prescrita la pena
impuesta a Ortiz Montenegro, a pesar de concurrir, en su opinión, los
requisitos legales para dar curso a dicha institución atendido que el
procedimiento se ha paralizado por más de tres años y el procesado, en este
caso se encuentra "fugado", habiendo transcurrido a su respecto el
término de prescripción. A lo anterior, añade, una evidente falta de fundamentación
del fallo que atenta contra el debido proceso", sostiene el fallo del
máximo tribunal.
Patricio Ortiz fue un combatiente antidictatorial, no un
delincuente
El compañero Ortiz fue uno de los cuatro ex
frentistas que el 30 de diciembre de 1996 se fugaron desde la Cárcel de Alta
Seguridad (CAS), de Santiago, entre los que también se encontraban Mauricio
Hernández Norambuena -detenido en Brasil-, y Ricardo Palma Salamanca, Pablo
Muñoz Hoffmann -presumiblemente asilados en Cuba. Fue la exitosa Operación Vuelo de Justicia.
Cro. Ortiz, poco después del Vuelo de Justicia |
En julio de 2005, satisfecho y contento se manifestó el ex integrante del Frente a
raíz de la notificación que recibió por parte del gobierno suizo respecto a su
nueva calidad de asilado político en ese país, situación que estaba pendiente
desde 1997 a raíz de la solicitud de extradición hacia Chile que pesaba en su
contra y que había llevado al gobierno helvético a detenerle transitoriamente. Desde
Suiza, el revolucionario explicó que la resolución que le otorgó su residencia
definitiva en ese país fue adoptada por la Comisión de Recursos de Asilo del
país helvético, ante la solicitud que junto a los abogados que lo representan
interpuso ante las autoridades de esa nación.
"El gobierno suizo ha reconocido mi calidad de
ex activista de la izquierda revolucionaria, lo cual hecha por tierra los
infundios dichos por las autoridades chilenas en relación a que era un terrorista
o delincuente que tenía que ser condenado en Chile", aseguraba por
entonces. En esa medida, afirmó que dentro del territorio nacional nunca tuvo
derecho a un juicio justo, con cumplimiento de las garantías de un debido
proceso, asegurando que él no tiene responsabilidad en los hechos por los
cuales fue condenado.
¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y
Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!
Colectivo
Acción Directa CAD –Chile
Enero 5 de 2017
Enero 5 de 2017
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