De alguna manera, los
esbirros de la marina que torturaron, asesinaron e hicieron desaparecer a civiles
al momento del Golpe y después comienzan a desfilar por los tribunales. Hasta
ahora son bastante pocos los que han pagado sus crímenes y los que lo hacen
reciben penas irrisorias. Bueno, depende de las organizaciones populares y de
izquierda velar por que estos canallas y los de las otras ramas armadas, así como
los golpistas que no llevaban uniforme, vayan a la cárcel sin ningún miramiento
Por detención,
torturas, asesinato y desaparición de estudiante dominicano procesan a ex
oficial de marina
Por su responsabilidad en el delito de secuestro con grave daño del
estudiante de economía de la U. de Chile y originario de la República
Dominicana JUAN ANDRÉS BLANCO CASTILLO, el ministro en visita para causas por violaciones a
los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia
Pinto, sometió a proceso y decretó la prisión preventiva del ex esbirro de la
marina Jorge Ginouves Contreras.
Este sujeto no sólo se las daba de violento con los
jóvenes, sino que también con los niños. Tanto es así que, junto a otros 8 ‘valientes’
marineritos, se haya igualmente procesado por el secuestro y torturas aplicadas
a dos niños en 1974. Tales terroristas uniformados integraban la patrulla de la
armada que, en agosto de 1974, allanó la casa de las víctimas, para detener a
su hermana mayor –quien se encargaba de su cuidado mientras la madre trabajaba
en Viña del Mar–, manteniendo secuestrados en el mismo hogar y por dos días a
los infantes.
Volviendo a la resolución del ministro Arancibia (causa rol 53.046-2009), en ella se establece que los terribles hechos que
afectaron al joven dominicano ocurrieron en el mes de septiembre de 1973,
cuando la víctima, en ese entonces de 25 años, "fue detenido por una
patrulla de efectivos de la Armada de dotación de la Base Aeronaval de El
Belloto, a cargo del teniente 2º Jorge Ginouves Contreras, en el sector Barrio
Norte de Villa Alemana, cerca de la estación de trenes, quien es conducido al
recinto naval para ser entregado al personal del Servicio de inteligencia de la
Comandancia de Aviación Naval (Comavnav)", la resolución agrega que
"es sometido a distintos interrogatorios en la Oficina de Información de
Control Aéreo (OICA)".
"Luego de permanecer detenido en la Base
Aeronaval de El Belloto, Juan Blanco Castillo es conducido al cuartel de la
Policía de Investigaciones en Quilpué, para permanecer recluido en los
calabozos de dicho recinto, los cuales se ubican en el subterráneo donde es
sometido a interrogatorios y apremios ilegítimos de parte de sus captores,
existiendo numerosos testimonios respecto a su detrimento físico a través de
otras personas detenidas en ambos recintos".
"Pasado un tiempo, la víctima es sacada con
signos evidentes de maltrato físico y psicológico del recinto antes señalado,
en dirección desconocida. Luego de un periodo de seis meses, la Policía de
Investigaciones de la comuna de Quilpué, debe concurrir hasta un sector
denominado "Curva M" en la localidad de Colliguay, lugar en donde se
produce el hallazgo de un cadáver N.N. de sexo masculino. De acuerdo a las
características de las vestimentas del occiso y al examen del cadáver, el
personal policial presume que se trata del dominicano Juan Blanco
Castillo, cuya autopsia no fue ubicada y los restos fueron remitidos a
una fosa común del Cementerio de Quilpué, configurándose así el delito de
secuestro con grave daño en la persona de Juan Andrés Blanco Castillo, figura
prevista y sancionada en el artículo 141 del Código Penal vigente a la época de
los hechos".
Como los asesinos de la dictadura aún gozan de insoportables
privilegios, una vez notificado del auto de procesamiento el infeliz puede ser
conducido a los recintos que la propia armada designe, a fin que cumpla con la
prisión preventiva.
Por secuestro y torturas a estudiante someten a proceso a ex suboficial
de la armada
Por su responsabilidad en los delitos de secuestro
con grave daño, asociación ilícita y criminal para detener y torturar, y
aplicación de tortura a Abelardo
Zamorano Barrera, estudiante de quinto año de la carrera de agronomía de la
Universidad Católica de Valparaíso, el ministro en visita para causas por
violaciones a los DD.HH. de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime
Arancibia Pinto, sometió a proceso y decretó la
prisión preventiva de Alejo Esparza Martínez.
Éste último chacal ha sido procesado por su
participación en la detención, torturas y posterior desaparición del sacerdote
chileno/británico MICHAEL WOODWARD, quien fue apresado ilícitamente en septiembre de 1973 en el
buque escuela Esmeralda. Asimismo, ha sido procesado por la aplicación de
tortura a los ex prisioneros políticos a bordo de éste buque, cuando dicha nave fue utilizada como campo de concentración. Los ex prisioneros
flagelados y por l@s cuales se acusa al ex marinero son: María Eliana Comeném,
Alberto Neumann Lagos, Claudina Moreno Cortés, María y Rosa Huerta Sánchez, y
María Isabel Vásquez Pezoa
La resolución por la cual se procesa al matón Alejo
Esparza (causa rol 948-2006) establece que los hechos ocurrieron "a fines del mes de
octubre de 1973, Abelardo Enrique Zamorano Barrera fue detenido por personal
militar y civil en la ciudad de Quillota, a la salida de una pensión de
estudiantes particulares donde mantenía una pieza siendo conducido a la
Gobernación de dicha ciudad."
"Luego de haber sido interrogado y golpeado en
la Gobernación de Quillota, la víctima fue trasladada al Cuartel de la Policía
de Investigaciones de la mencionada ciudad, lugar donde permaneció dos días
esposado de pies y manos, sin ser interrogado ni torturado. Posteriormente, fue
llevado a la Comisaría de Carabineros de la misma ciudad y de allí a la Cárcel
Pública donde permaneció detenido diez días, aproximadamente. Fue dejado
en libertad bajo fianza y obligado a firmar una vez por semana en Carabineros de Quillota".
"Tuvo una segunda detención –continúa- en
Valparaíso para el 25 de marzo de 1974, en dicha ocasión, se encontraba en la
plaza de La Victoria y fue conducido al Cuartel Silva Palma por tres personas del Servicio de
Inteligencia Naval que vestían de civil. En el recinto naval fue sometido a
crueles tormentos e interrogatorios con golpes y corriente eléctrica,
incomunicación e inclusive se le privaba de alimento y agua. La mayor parte del
tiempo permaneció encapuchado en una celda donde era obligado a escuchar los
interrogatorios y torturas de otras personas".
"Luego de permanecer detenido por un mes,
aproximadamente, en el Cuartel Silva Palma, bajo fuertes interrogatorios y
torturas, la victima Abelardo Zamorano Barrera es trasladada a un campo de
detención denominado "Isla
Riesco", lugar donde continuó recibiendo maltrato de todo
tipo", establece el fallo.
Como al otro represor, una vez notificado Esparza del
auto de procesamiento, debe ser conducido a los recintos que la misma armada
designe a fin de cumplir con la prisión preventiva.
¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y
Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!
Colectivo
Acción Directa CAD –Chile
Marzo 15 de 2017
No hay comentarios :
Publicar un comentario