Cro. Carlos Fernández Zapata |
A mediados de ésta semana se dieron a conocer sendas condenas para criminales de la DINA que detuvieron e hicieron desaparecer, en Santiago, a tres miristas provenientes de Concepción, además de los que hicieron otro tanto con dos compañeros cuyos nombres después aparecerían en el montaje dictatorial denominado “Operación Colombo”
Desaparición
de tres Miristas de Concepción en la ciudad de Santiago
Por el delito de secuestro calificado (detención
y desaparición) de los compañeros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria
MIR HÉCTOR GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, ROBERTO CHAER VÁSQUEZ (un compañero cuyo nombre apareciera luego en las Listas de los 119 u “Operación Colombo”) y CARLOS FERNÁNDEZ ZAPATA, crímenes de lesa humanidad perpetrados el 6 y el 10 de septiembre
de 1974, en Santiago, el ministro en visita extraordinaria para causas por
violaciones a los DD.HH. de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez
Plaza, condenó en calidad de coautores a cuatro agentes de la siniestra DINA.
Los
tres camaradas provenían de Concepción y habían sido estudiantes de la
Universidad de ésta ciudad, debiendo suspender sus estudios a causa del golpe
militar del 11 de septiembre de 1973. Carlos Fernández -Raúl- y Héctor González
eran primos. Debido a detenciones y seguimientos, los 3 combatientes deciden
trasladarse hasta Santiago, donde caen dentro de la brutal arremetida de la
DINA en contra del MIR. La dictadura cívico-militar no podía soportar que la organización
revolucionaria hubiera declarado que no se rendía o asilaba y que sus
militantes se encontraran organizando la Resistencia antidictatorial.
Cro. Héctor González Fernández |
Cro. Roberto Chaer Vásquez |
En
la etapa de investigación, el magistrado expuso la constatación de los
siguientes hechos:
“a)
Que, un grupo de agentes pertenecientes a la Dirección de Inteligencia
Nacional, DINA, que dependían de la Brigada de Inteligencia Metropolitana, BIM,
se abocaron a investigar las actividades de personas que formaban parte del
Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR, y de aquellos que colaboraban con
dicho organismo, procediendo a detener a integrantes y/o adherentes al citado
movimiento, llevándolos a lugares secretos de detención que mantenía el
organismo, donde eran interrogados bajo apremios físicos, y salían con ellos a
recorrer distintos lugares en la vía pública, con la finalidad de identificar a
otros miembros del MIR.
b)
Que, Héctor Jenaro González Fernández, Roberto Salomón Chaer Vásquez y Carlos
Julio Fernández Zapata eran militantes del Movimiento de Izquierda
Revolucionaria (MIR) desde al menos el año 1971 y desarrollaron sus actividades
en dicho conglomerado mientras estaban en la Universidad de Concepción.
Cuartel DINA José Domingo Cañas |
d)
Que, al tiempo después, apareció en algunos medios periodísticos extranjeros,
replicados por medios nacionales, la noticia de que Roberto Salomón Chaer
Vásquez había muerto, junto a otras 118 personas en un enfrentamiento entre
militantes de izquierda y/o en enfrentamiento con fuerzas extranjeras, sin que
dicha noticia fuese confirmada por ninguna autoridad nacional ni extranjera.”
Justicia
para dos miristas detenidos desaparecidos que fueron incluidos en la “Operación
Colombo”
Por
la detención y desaparición de los compañeros del MIR RAFAEL ARANEDA YÉVENES y CARLOS TERÁN DE LA JARA, ilícitos perpetrados en diciembre de 1974, en el
marco del montaje dictatorial denominado "Operación Colombo”, la 2ª Sala
del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Haroldo Brito,
Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahm– condenó a cuatro esbirros
de la DINA por tal delito de lesa humanidad.
En
su fallo (causa rol 978.856-2016), el máximo tribunal ratificó la sentencia que condenó a
los ya mencionados asesinos Miguel Krassnoff Martchenko y Basclay Zapata Reyes,
agregándose ahora el genocida Pedro Espinoza Bravo, a penas de 10 años y un día de presidio. Asimismo, confirmó
que el sicario Rolf Wenderoth Pozo deberá purgar 5 años y un día de presidio.
La
investigación logró establecer que: "El 11 de diciembre de 1974, en horas
de la mañana, Carlos Alberto Terán de la Jara, de 26 años de edad, soltero,
estudiante universitario, militante del MIR, fue detenido en la vía pública por
agentes de la DINA cuando acudió a un "punto", siendo trasladado
hasta el cuartel de "Villa Grimaldi", desde donde es llevado a un inmueble ubicado en calle Venecia (nº 1700, Santiago), usado como casa de seguridad de varios integrantes del
MIR, perdiéndose todo rastro suyo hasta la fecha, sin que el privado de
libertad haya tomado contacto con sus familiares, realizado gestiones
administrativas ante organismos del Estado, sin registrar entradas o salidas
del país, sin que conste, tampoco, su defunción".
En
tanto, el 12 de diciembre de 1974, a las 10.30 horas, Rafael Eduardo Araneda
Yévenes, de 25 años de edad, estudiante universitario, militante del MIR, fue
detenido desde su lugar de estudios, en la sede Renca del Instituto Nacional de
Capacitación Profesional (INACAP), ubicado en calle Saravia N° 28, por tres
sujetos agentes de la DINA; preguntaron por él al Director del establecimiento
quien los trasladó al aula donde éste se encontraba, lo detuvieron y ese mismo
día, alrededor de las 14 horas, fue llevado a su domicilio de calle San Isidro
N°1070; los aprehensores allanaron el lugar; la dueña de casa presenció este
hecho, avisando a la familia de la víctima, además, manifestó que Araneda
Yévenes se encontraba muy maltratado, le costaba caminar. Fue visto en el
recinto secreto de detención de "Villa Grimaldi", del cual habría
sido sacado el 24 de diciembre del mismo año con destino desconocido. Su nombre
apareció en una publicación del diario "LEA" de Argentina y "
O'Dia", de Curitiba, Brasil, donde se informó que su muerte se produjo en
un enfrentamiento entre "extremistas", perdiéndose todo rastro suyo,
sin que hasta ahora haya tomado contacto con sus familiares ni realizado
gestiones ante organismos del Estado, sin registrar entradas o salidas del país
y sin que conste, tampoco, su defunción".
Por
cierto, la decisión judicial fue adoptada con el voto en contra del prodictatorialministro Cisternas.
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¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y
Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!
Colectivo
Acción Directa CAD –Chile
Julio 7 de 2017
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