“Pegasus espió a investigadores independientes del caso Ayotzinapa en México”
PGR, Cisen y Sedena pagaron 489 millones de pesos (más de 27 millones de dólares) a una sola empresa para espiar a periodistas, activistas y defensores de los derechos humanos en el país
En Actualidad RT –public. 10/7/17
La Procuraduría
General de la República (PGR), el Centro de Investigación y Seguridad Nacional
(Cisen) y la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) de
México gastaron 489 millones de pesos (más de 27 millones de
dólares) para actualizar el programa malicioso Pegasus y mejorar sus
capacidades de espionaje, que afectó incluso al Grupo Interdisciplinario de Expertos
Independientes (GIEI) encargados de investigar la desaparición de los 43
normalistas de Ayotzinapa.
Así
se desprende de una investigación periodística publicada por el sitio Aristegui Noticias, según la cual, dichas dependencias del
Gobierno beneficiaron a la empresa Proyectos y Diseños VME por concepto de
"actualización de la plataforma de inteligencia cibernética de acuerdo a
las funcionalidades reflejadas en el contrato CISEN/33701/002/16".
Los
comprobantes fiscales publicados por el medio y corroborados ante el Sistema de
Administración Tributaria de México (SAT) revelan diversos montos: 203
millones de pesos (más de 11 millones de dólares), 7.581.600
pesos (más de 400.000 dólares), 56.520.750 pesos (más
de tres millones de dólares), y uno más por 1.113.600 dólares (más
de 20 millones de pesos).
Con
estas facturas, se comprobó que la PGR, el Cisen y la Sedena tienen una
estructura de espionaje que, según el laboratorio Citizen Lab de la Universidad de Toronto (Ontario,
Canadá), fue utilizada entre enero de 2015 y agosto de 2016 para intervenir
comunicaciones de diversos periodistas y activistas mexicanos a través
de mensajes de texto fraudulentos para que se instalara Pegasus en sus
teléfonos móviles.
Este
10 de julio, el diario 'The New York Times' destacó en primera plana que
integrantes del GIEI encargados de investigar la desaparición de los 43
normalistas de Ayotzinapa fueron objeto de espionaje. El rotativo
estadounidense confirmó que un teléfono utilizado por uno de los
integrantes de dicha organización recibió diversos mensajes de texto con
un enlace falso, mismo que escondía el programa espía de origen israelí llamado
'Pegasus'.
Pegasus
es un 'software' distribuido por la empresa NSO Group que solo se vende a los
gobiernos, debido a que su propósito principal es prevenir, vigilar e interceptar
comunicaciones entre grupos criminales y terroristas. En 2013, el
Estado mexicano habría adquirido esta solución informática para
espiar a narcotraficantes.
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“Retención de Datos y Registro de Teléfonos
Móviles
Chile en el
contexto latinoamericano”
Por Marianne Díaz, en Derechos Digitales –public. junio 2017
Resumen
Las
medidas de retención de datos y registro de teléfonos móviles constituyen
restricciones a los derechos fundamentales a la privacidad y a la libertad en
las comunicaciones. Como tales, deben cumplir con una
serie de requisitos
mínimos que garanticen
el respeto a
los estándares internacionales en materia de derechos humanos. Frente a la
tendencia regional y global que lleva a gobiernos y a proveedores de servicio a
acumular una cantidad cada vez mayor de información sobre sus usuarios, este estudio
intenta una aproximación comparada a la manera en que las legislaciones de
México, Brasil, Colombia, Perú, Argentina y Chile abordan la retención de datos
y el registro de teléfonos móviles, de cara a sus obligaciones y compromisos
internacionales en el marco interamericano, y en particular en relación a los
proyectos legislativos que en Chile buscan realizar cambios al actual marco
regulatorio de las telecomunicaciones.
Palabras
clave: Retención de datos, privacidad, comunicaciones, registro de SIM,
telefonía móvil.
Resumen
ejecutivo
Este
reporte es el resultado de un examen la legislación vigente en materia de
retención de datos y registro de teléfonos móviles en Argentina, Brasil,
México, Perú y Chile (con énfasis en este último), en relación con los principios
y parámetros de derechos humanos que rigen las restricciones en el acceso a las
comunicaciones y la libertad de expresión.
Al
mismo tiempo que existe una tendencia global de las naciones por regular las
telecomunicaciones de modo más estricto, bajo la justificación de combatir el
terrorismo y el crimen organizado, el impulso en respuesta apunta a señalar que
los usos de la tecnología con fines de comunicación constituyen usos protegidos
por los estándares internacionales de derechos humanos. Como ejemplo, el
anonimato, que suele ser presentado por los estados como un factor peligroso
que debe ser combatido, dando por sentado que coadyuva a la perpetración de
crímenes, es visto por Naciones Unidas como una garantía a la libertad de
expresión y al libre flujo de ideas en el contexto de una sociedad.
En el
balance de esta
tensión, la Convención
Americana sobre Derechos
Humanos contempla los requisitos mínimos
que debe contener
cualquier restricción a
la libertad de
expresión en la
región. Aceptamos, así, que
existen limitaciones y que es potestad de los estados regular los casos en los
que se requiere restringir estos derechos, pero postulamos que dichas medidas
deben cumplir con cinco requisitos: (1) legalidad, (2) búsqueda de una
finalidad imperativa, (3) necesidad, idoneidad y proporcionalidad de la medida
en relación con el fin perseguido, (4) garantías judiciales, y (5) satisfacción
del debido proceso.
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Colectivo
Acción Directa Chile -Equipo Internacional
Julio 11 de 2017
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