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viernes, 28 de octubre de 2016

VIGILANCIA ESTATAL DE LAS COMUNICACIONES Y PROTECCION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES


“Vigilancia Estatal de las Comunicaciones y Protección de los Derechos Fundamentales en Chile”

Por Valentina Hernández, Juan Carlos Lara & Katitza Rodríguez  

Introducción

En  la  sociedad  actual  las  tecnologías  de  comunicación  juegan  un  rol  fundamental, generando amplios beneficios y suponiendo una ayuda considerable al quehacer humano. No obstante, no todo es positivo. Como ha señalado la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en 2014, así como estas tecnologías facilitan la vida y están al alcance de todos, igualmente se encuentran a disposición de los gobiernos, para los cuales conducir actividades de vigilancia de la población nunca fue más sencillo, barato y eficiente. [1]

Ante  esta  constante  posibilidad  de  vigilancia  del  Estado,  usualmente  justificado [2] bajo argumentos  de  seguridad  nacional,  resulta  necesario  poner  atención  sobre  los  derechos fundamentales que pueden verse vulnerados y los controles necesarios para evitar excesos. Especialmente cuando se trata de derechos que están garantizados y reconocidos de forma explícita  en  la  Constitución  chilena  como  también  en  los  instrumentos  tradicionales ratificados por el Estado chileno.

Dentro de esta gama de derechos afectados, los que son especialmente vulnerables, a primera vista, son el derecho a la privacidad, al debido proceso y a la libertad de expresión. Pero no se trata de los únicos, pudiendo extenderse a libertad de reunión y de asociación. Es por ello que una legislación robusta y concordante es algo fundamental ante este panorama, la cual pueda  proteger  a  la  persona  ante  tales  formas  de  injerencia  a  su  vida  privada  y  de transgresión a estos otros derechos.

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