Karina Riquleme presenta recurso por comuneros Mapuche |
Suprema rechaza amparo presentado por dos abogados
de Temuco, defensores de Mapuche acusados ante tribunales, quienes fueron
seguidos y fotografiados por agentes de civil, aunque igualmente ordenó a
justicia local y a las policías no coartar su labor legal
Este jueves 20, lamentablemente
la Corte Suprema confirmó el fallo dictado el 1 de octubre recién pasado por la Corte de Apelaciones de Temuco, en el que se rechazaba el recurso de
amparo presentado por dos abogados defensores de comuneros mapuches. Con todo,
se dio algo a la razón y ordenó al Ministerio Público y a las policías evitar
interferir en la labor de los profesionales.
Sebastián Saavedra y el comunero perseguido Luis Tralcal |
En fallo unánime (causa rol 76.451-2016), la 2ª Sala del máximo tribunal –integrada por los
ministros Milton Juica, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas, Jorge Dahm y el
abogado (i) Jorge Lagos– confirmó la sentencia apelada que rechazó el recurso
presentado por los abogados Karina Riquelme Viveros y Sebastián Saavedra Cea en
contra de Carabineros y la PDI.
"Sin perjuicio de lo resuelto,
atendido el tenor de lo expuesto en estrados, el Ministerio Público tendrá, en lo sucesivo, especial cuidado de no
afectar el libre ejercicio de la profesión de abogado de los recurrentes con
motivo de las investigaciones iniciadas para indagar la existencia de
eventuales hechos punibles, debiendo las policías adecuar su actuación a la ley
y a las instrucciones específicas entregadas por la autoridad competente, de
modo de no coartar el desempeño de los amparados, lo que en la especie no
se ha cumplido, toda
vez que no se ha discutido la presencia de personal de la Policía de Investigaciones y Carabineros de Chile en los espacios en que se desenvuelven abogados, generando perturbación en su normal desempeño", ordena el fallo del máximo tribunal.
vez que no se ha discutido la presencia de personal de la Policía de Investigaciones y Carabineros de Chile en los espacios en que se desenvuelven abogados, generando perturbación en su normal desempeño", ordena el fallo del máximo tribunal.
Recordemos que Karina Riquelme actualmente trabaja en el grupo autónomo de defensores “Centro de Investigación y Defensa Sur” –CIDSUR-, que
se ha destacado por su defensa de los quebrantados derechos del pueblo-nación
Mapuche por parte del aparato represivo y judicial del Estado chileno y del
empresariado ligado a la industria silvoagrícola. Karina, desde el año 2006,
está relacionada con la defensa de los derechos humanos del pueblo mapuche. Así
mismo, en 2009 -cuando aún no se titulaba de abogada- hizo denuncias de casos
de comercio sexual infantil en Pucón -balneario de ricos-. Aquellas denuncias
quedaron “en nada”, pero las que la abogada hizo el año pasado cuando policías
interrogaron a niñas y niños mapuche en su propia escuela, Blanco Lepin, Rewe
Kimun, fueron acogidas. En noviembre de 2010 entonces, los Directores Generales
de las policías chilenas debieron presentarse ante la Comisión de Derechos
Humanos de la Cámara de Diputados para “informar” sobre dichos interrogatorios
y, al parecer, quedaron muy molestos.
En tanto, Sebastián Saavedra, es Abogado defensor de
Derechos Humanos, también integrante de CIDSUR. Desde el año 2009 se ha dedicado a la búsqueda de justicia
para víctimas de violaciones de DD.HH. de la dictadura militar
chilena mediante el patrocinio de procesos criminales. Ha sido abogado defensor
en causas penales asociadas a la aplicación de la ley antiterrorista en contra
de líderes indígenas. También, ha patrocinado querellas contra agentes del
Estado por apremios ilegítimos en contra de adultos y menores de edad mapuche.
No es un misterio que el Ministerio Público hace rato que
investiga y hostiga a l@s defensores legales de l@s comuner@s Mapuche perseguidos
por la justicia. Así, a fines de septiembre recién pasado y ante el reconocimiento por
parte de aquella instancia judicial en cuanto a la existencia de 2
investigaciones desformalizadas en contra de los dos abogados defensores mencionados,
el CIDSUR declaró lo siguiente (extractos):
“1.- Rechazamos categóricamente las “imputaciones” hechas
por la Fiscalía de Alta Complejidad de Temuco y de la Fiscalía Regional, dadas
a conocer en recurso de Amparo Rol Nº 1022-2016 presentado ante la Ilustrísima
Corte de Apelaciones de Temuco, ante hostigamientos y persecuciones denunciadas
por los abogados defensores.
2.- Sendas investigaciones se basan en versiones
inverosímiles y carentes de seriedad, entregadas por dos testigos protegidos o
sin rostro, quienes por lo demás no atribuyen la comisión de delito alguno.
3.- La protección del debido proceso y la presunción de
inocencia no puede ser coartado mediante persecuciones indebidas a quienes la
protegen a través de su profesión, sin realizar mayores actos que ejercer la
defensa en los términos señalados en la ley. El libre desarrollo del ejercicio
profesional en los términos establecidos en nuestra Constitución debe amparar a
los defensores de derechos humanos cuya misión está dirigida a representar a
todos los sectores incluidos –por cierto– los más vulnerables, en este caso
personas del Pueblo Mapuche.
4.- Las investigaciones penales llevadas a cabo por el
Ministerio Público deben tener por finalidad cumplir con su mandato
constitucional de dirigir en forma exclusiva la investigación de los hechos
constitutivos de delito y ejercer la acción pena pública. Iniciar
investigaciones de oficio, sin denuncia previa, en contra de dos defensores y
sin antecedente alguno, solo da cuenta de métodos que tiene por finalidad
coartar la adecuada defensa técnica llevada a cabo e intimidar el desarrollo
normal de un proceso penal de complejas características.”
Dos días después, el 1 de octubre, diversas organizaciones del campo popular declararon, en lo
principal, esto:
4.- Rechazamos las prácticas
intimidatorias y criminalizadoras que han seguido adelante el Ministerio
Público y las policías en contra de los abogados defensores de imputados
mapuche. Tales prácticas, como las que han afectado a los abogados Karina
Riquelme y Sebastián Saavedra que han sido objeto de seguimientos por las
policías y recientemente de imputaciones carentes de todo fundamento, nos
recuerdan las que fueron desarrolladas durante la dictadura militar,
que pensábamos estaban erradicas en las prácticas de instituciones de un Estado
que ha contraído obligaciones internacionales en materia de derechos humanos,
entre ellas la protección de los derechos de los defensores/as de derechos
humanos reconocidos en la Declaración de los defensores de los derechos humanos
de la ONU suscrita por Chile Las prácticas antes aludidas son atentatorias
contra el derecho a la defensa, un derecho fundamental, que en este caso
perjudica a los imputados mapuche. Además han existido actuaciones
persecutorias y de censura por parte de autoridades públicas en contra de
abogados defensores, como el caso de la abogada Manuela Royo, quién producto de
las presiones políticas fue conminada a dejar las defensas de sus representados
como requisito para continuar en la defensoría penal mapuche, tras lo cual se
vio obligada a renunciar a la defensoría para poder continuar con la defensa de
sus representados. Las prácticas descritas son absolutamente inaceptables en
un Estado democrático, por lo cual exigimos a los agentes del estado desistir
de prácticas intimidadoras y persecutorias que vulneran los derechos de los
defensores
¡Libertad Ahora a Tod@s l@s
Pres@s Polític@s Mapuche!
¡Weuwaiñ!
Colectivo
Acción Directa 8a – Chile
Octubre 22 de 2016
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