Compañero Víctor Vega, detenido desaparecido |
Justicia
alcanza hasta para el traidor Jaime Estay Reyno, el tristemente célebre ‘Fanta’.
Alvarito Corbalán se encuentra entre los condenados. Los esbirros habían
dirigido sus embates en contra de la dirección clandestina de las JJ.CC.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó
la sentencia que condenó a 14 agentes del denominado Comando Conjunto como responsables de los delitos de asociación ilícita y los secuestros
de VÍCTOR VEGA RIQUELME –desaparecido-, ISABEL STANGE ESPÍNOLA, JAIME ESTAY REYNO (quien luego de su detención traicionó a sus compañeros),
AMANDA VELASCO PEDERSEN Y MARÍA EUGENIA CALVO VEGA, ilícitos perpetrados entre
1975 y 1976.
Estay Reyno, el traidor |
En
la causa, el reconocido criminal César Palma Ramírez, alias ‘El Fifo’, fue condenado a 6 años de presidio por el
secuestro calificado de Víctor Vega Riquelme, y a dos penas de 100 días de
presidio por los secuestros simples de Estay Reyno y Stange Espínola. En tanto,
los integrantes del Comando Conjunto Sergio Díaz López, Álvaro Corbalán Castilla y Raúl Rojas Nieto fueron condenados a penas de 7 años de
presidio por su participación en el secuestro calificado de Víctor Vega
Riquelme.
Otto Trujillo Miranda, alias ‘Colmillo Blanco’, fue condenado a 300 días de
presidio por el secuestro simple de María Eugenia Calvo Vega. El agente Raúl González Fernández, alias ‘El Wally Chico’, fue condenado a 60 días de
presidio, en calidad de cómplice en el secuestro simple de Amanda Velasco
Pedersen, y a 541 días de presidio por el delito de asociación ilícita. En
ambas penas se le concedió el beneficio de la remisión condicional.
Asimismo,
los agentes Pedro Caamaño Medina, Andrés Potín Lailhacar –alias ‘Yerko’-, Robinson Suazo Jaque, Eduardo Cartagena Maldonado, Juan Chávez Sandoval y Alejandro Sáez Mardones fueron condenados a 541 días de presidio –con el beneficio de
la remisión condicional de la pena– por asociación ilícita.
En
el proceso fueron absueltos –pero no por ello resultan menos criminales- los esbirros
Guillermo Urra Carrasco, alias ‘Willy’ y Pedro Zambrano Uribe –alias ‘El Chino’.
Los Hechos
de la Causa
De
acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, el
ministro Miguel Vázquez logró determinar los siguientes hechos:
Alvarito y sus tatas |
b)
Que en ese contexto, en la madrugada del día 22 de diciembre de 1975, en el
interior del domicilio ubicado en calle Estados Unidos N° 9214, paradero 19 de
Villa Kodak, comuna de La Florida, fueron detenidos dos miembros del Partido
Comunista de Chile, uno de los cuales de nombre Miguel Estay Reyno, con
posterioridad a su detención, comenzó a prestar colaboración para cumplir los
fines propuestos por la mencionada agrupación "Comando Conjunto" y,
dicho sujeto tomó contacto con Eliana Graciela Espínola Bradley, para ubicar a
Isabel del Rosario Stange Espínola y, a través de ésta, a Víctor Humberto Vega
Riquelme, a quien conocía por su militancia en el mismo partido, el que era
requerido por la citada agrupación y fue así que, se acordó como punto de
reunión el de Avenida Libertad Bernardo O'Higgins con General Velásquez, lugar
al que concurrieron el 3 de enero de 1976, a las 21:30 horas, los nombrados
Isabel del Rosario Stange Espínola y Víctor Humberto Vega Riquelme,
conjuntamente con Jaime Eduardo Estay Reyno, quedando los dos varones a media
cuadra de distancia del punto de reunión, mientras Isabel del Rosario Stange
Espínola conversaba con el sujeto concertante de la reunión, el que iba
acompañado de miembros operativos de la agrupación, momentos en que fueron
aprehendidos, a viva fuerza, por varios de los agentes y los introdujeron en el
interior de varios vehículos, uno de los cuales correspondía a un Fiat 600 de
color blanco, sin que existiese orden judicial o administrativa que autorizase
su detención.
c)
Que, acto seguido, los tres detenidos fueron llevados hasta las dependencias de
un recinto que resultó ser, a la postre, la Base del Regimiento de Artillería
Antiaérea de la Fuerza Aérea de Chile, ubicado en Colina, en cuyo interior
funcionaba un centro de detención clandestino, denominado "La
Prevención", que también era conocido como "Remo Cero", lugar en
que fueron interrogados y torturados con aplicación de corriente eléctrica en
sus cuerpos y otros tormentos.
d)
Que Vega Riquelme permaneció encerrado y detenido en el indicado recinto hasta
que éste fue cerrado a fines del mes de enero de 1976, ocasión en que fue
entregado a personal del Ejército, perteneciente a la Dirección de Inteligencia
del Ejército (DINE), que hasta esa época participaba en la agrupación,
desconociéndose desde esa fecha el paradero de Víctor Vega Riquelme, así como
la suerte que ha corrido su salud física, síquica e integridad personal no
obstante las búsquedas realizadas, tanto por vía judicial y administrativa,
manteniéndose en calidad de detenido desaparecido hasta la fecha.
e)
Que, los otros dos detenidos, esto es Stange Espínola y Estay Reyno, también
fueron trasladados al recinto denominado "La Prevención" o "Remo
Cero" referido en la letra c) anterior, e interrogados bajo aplicación de
tormentos, posteriormente la mujer Isabel del Rosario Stange Espínola y el
varón Jaime Eduardo Estay Reyno fueron dejados en libertad el 29 de enero de
1976, sin que se les formulase cargo alguno.”
“No
habrá piedra ni mar que los proteja ni guarida ni caverna perdonada”
(Canción de Karaxu)
¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y
Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!
Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Octubre 12 de 2016
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