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sábado, 30 de diciembre de 2017

(IN)JUSTICIA OFICIAL CIERRA EL AÑO ABSOLVIENDO DINOS QUE HICIERON DESAPARECER A DOS MIRISTAS

Cro. Carlos Gajardo Wolff

Los compañeros Luis Guendelman Wisniak y Carlos Gajardo Wolff fueron detenidos por las hienas de la DINA en septiembre de 1974. Ambos pasaron por diversos centros clandestinos de tortura y exterminio, perdiéndose su paradero posteriormente. Luego, en 1975, los nombres de estos cros. aparecerían en el montaje denominado “Operación Colombo” o Listas de l@s 119. Se repite la infamia de la (in)justicia oficial, que vuelve a actuar demasiado laxamente con los hijos de puta represores absolviéndoles o rebajando sus ya de por si exiguas penas   

El último día hábil de 2017, el poder judicial da a conocer la guinda de la torta respecto de su corrupta e indigna administración y aplicación de justicia. Resulta que la Corte de Apelaciones de Santiago redujo las condenas que deberán cumplir 15 sicarios de la funesta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) que estaban acusados por la detención ilegal y desaparición forzada (secuestro calificado) de los militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria MIR LUIS GUENDELMAN WISNIAK y CARLOS GAJARDO WOLFF. Tales ilícitos fueron perpetrados a partir de septiembre de 1974, en el marco del montaje dictatorial denominado "Operación Colombo".

En fallo unánime (causa rol 1.949-2015), la 3ª Sala del tribunal de alzada capitalino –integrada por los ministros María Soledad Melo, Jaime Balmaceda y Maritza Villadangos– se dio el gusto de rechazar los recursos de casación en la forma deducidos por las defensas de algunos de los acusados: José Aravena Ruiz, Claudio Pacheco Fernández y Moisés Campos Figueroa, para luego reducirles la pena e inclusive absolver al último chacal nombrado.

Asimismo, el inicuo fallo revocó, "en lo consultado", la sentencia que condenó a Manuel ‘Mamo’ Contreras Sepúlveda como coautor del delito de secuestro calificado del compañero Carlos Gajardo Wolff, "y en su lugar se declara que queda absuelto del cargo que le fue atribuido en la acusación". Además, se revocó "en la parte que condena a José Jaime Mora Diocares, Moisés Paulino Campos Figueroa, Óscar Belarmino la Flor Flores, Sergio Iván Díaz Lara y Roberto Hernán Rodríguez Manquel de la acusación que de oficio se formuló en su contra como coautores del secuestro de Luis Guendelman Wisnisak, participación que en el referido fallo se calificó como complicidad, y en su lugar se decide que los mencionados quedan absueltos" (¡¿?!). Esta tórpida complacencia judicial queda más al descubierto cuando constatamos que todos estos criminales de lesa humanidad se encuentran cumpliendo penas o están acusados por la desaparición forzada de otr@s compañer@s hechos desaparecer y luego ocultado su crimen mediante el montaje de las Listas de l@s 119.

Y luego vienen las rebajas de penas para unos conspicuos represores:

"a) que se rebaja la pena privativa de libertad que se impone al condenado César Manríquez Bravo a diez años y un día de presidio mayor en su grado medio.

b) que se rebaja la pena privativa de libertad que se impone al condenado Miguel Krassnoff Martchenko a diez años de presidio mayor en su grado mínimo.

c) que se rebaja la pena privativa de libertad que se impone a los condenados Manuel Heriberto Avendaño González, Alejandro Francisco Astudillo Adonis y Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra a diez años y un día de presidio mayor en su grado medio.

d) que se rebaja la pena privativa de libertad que se impone a los condenados Orlando José Manzo Durán y Basclay Humberto Zapata Reyes a cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo.

e) que se rebaja la pena privativa de libertad que se impone a los condenados Ricardo Víctor Lawrence Mires, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Nelson Alberto Paz Bustamante, José Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Gerardo Meza Acuña, José Nelson Fuentealba Saldías y Raúl Juan Rodríguez Pontea cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo".

Compañero Luis Alberto Guendelman Wisniak

El compañero Luis Alberto Guendelman Wisniak, casado, egresado de Arquitectura de la Universidad de Chile, militante del MIR, fue detenido el 2 de septiembre de 1974, alrededor de las 22:30 horas, en su domicilio, en presencia de su cónyuge - María Francisca Hurtado - por 7 u 8 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), armados y entre los que iban Osvaldo Romo Mena y Basclay Humberto Zapata Reyes ("El Troglo"). Los agentes llevaban en calidad de detenido a un amigo de la víctima, Arnaldo Salamero, quien posteriormente saldría en libertad desde Tres Álamos, viajando a México. Luis Alberto Guendelman fue trasladado a la casa de calle José Domingo Cañas N°1367 - recinto secreto de detención y tortura de la DINA - y, posteriormente, a Cuatro Álamos, desde donde desapareció.

Los aprehensores se movilizaban en una camioneta amarilla o beige, tipo pickup, marca Chevrolet, con toldo verde, en el que se leía "Carpas Gillibrandt" y cuya patente era UY?55 de La Granja. A la mañana siguiente, 3 de septiembre, el afectado fue llevado nuevamente hasta su domicilio por sus captores. La empleada de la casa, Berta Carrasco, lo vio a las 08:30 horas de la mañana, demacrado y rodeado de civiles, los que procedieron a realizar un minucioso allanamiento del inmueble.

Anterior a los hechos, Luis Alberto Guendelman acudía normalmente al domicilio de Arnaldo Salamero donde recibía y hacía llamados telefónicos. La noche del 2 de septiembre llegó hasta esa casa una joven, que dijo ser Alejandra, y que venía de parte de Luis Alberto (Marcia Alejandra Merino, que llevaba tres o cuatro meses detenida en Londres 38, transformándose en colaboradora de la DINA), acompañada de un hombre joven vestido con chaqueta de cuero. No había pasado más que unos momentos, cuando se hizo presente un grupo de hombres comandados por Osvaldo Romo Mena, quienes comenzaron a interrogar a Arnaldo Salamero en relación a Luis Alberto. Los agentes de la DINA detuvieron a Arnaldo Salamero y lo condujeron, en la camioneta, hasta el domicilio del afectado. Allí procedieron a la detención de la víctima, devolviendo al testigo a su hogar. Como a las 02:00 de la madrugada del 3 de septiembre, Romo se presentó de nuevo ante Arnaldo Salamero y le pidió las llaves de una casa que éste tenía en Las Vertientes, y que solía prestar al afectado y a su esposa. Como el declarante no las tenía, puesto que las guardaba en su negocio, Romo se retiró y, en horas de la mañana del mismo 3 de septiembre, apareció llevando consigo al afectado, en el negocio de Salamero. Le pidió las llaves y se fue, en la misma camioneta de la noche anterior.

En la noche del día 3 de septiembre de 1974, agentes de la DINA, comandados por Osvaldo Romo, detuvieron en su domicilio a Arnaldo Salamero, y lo condujeron hasta el recinto secreto de la DINA ubicado en José Domingo Cañas. Allí fue careado con el afectado, para después ser separados. Al cuarto día, Salamero fue interrogado otra vez, participando en el interrogatorio Romo. Al quinto día de su detención, el testigo fue llevado a Cuatro Álamos, donde, tres días más tarde, escuchó la voz de Luis Alberto Guendelman en el pasillo que conducía al baño. Al décimo día, Salamero quedó en libre plática en Tres Álamos, en donde se enteró, 5 días después, que a Luis Alberto Guendelman lo habían sacado de Cuatro Álamos con destino desconocido. Esta información se la entregó un detenido de nacionalidad austríaca a quien llamaban "PIL". Posteriormente, nadie pudo darle nuevas informaciones sobre la víctima.

Cuando Arnaldo Salamero se encontraba en libre plática en Tres Álamos, concurrió hasta ese recinto Sara Wisniak -madre del afectado- a quien Conrado Pacheco, jefe del Campamento, impidió hablar con el testigo.

Tal como se señaló, en la detención del afectado participaron Osvaldo Romo, Basclay Humberto Zapata Reyes, con la colaboración de Marcia Alejandra Merino Vega, llamada "Flaca Alejandra".

Por su parte, Miguel Antonio Albrecht, detenido por la DINA el 3 de septiembre de 1974, permaneció en un recinto que no pudo identificar, junto al afectado, en el que compartieron la misma celda. El 5 de septiembre del mismo año, ambos fueron conducidos en el mismo furgón a Cuatro Álamos, en donde permanecieron en igual pieza hasta el 13 de septiembre, fecha en que el testigo fue trasladado en libre plática a Tres Álamos.

Agustín Holgado Bloch, quien fue detenido el 12 de septiembre de 1974 y que pasara por distintos recintos de reclusión, el 25 de septiembre del mismo año fue llevado a Cuatro Álamos. Allí, el declarante llegó a una habitación en donde estaban Luis Guendelman y Luis Arce, hermano de Luz Arce, militante socialista que se transformara en colaboradora de la DINA después de su detención. El testigo lo vio en buenas condiciones físicas, íntegro, conversador, bien vestido, y le contó que efectivamente era pariente de los dueños de las tiendas Guendelman. En la mañana del 26 de septiembre, los agentes llamaron al afectado y le dijeron que se llevara "sus cosas".

En noviembre de 1974, el Departamento de Estado de Estados Unidos informó al Senador J. William Fulbright -por escrito- que la Embajada de ese país en Chile había sabido extraoficialmente, por medio de fuentes del Gobierno chileno, que Guendelman se encontraba en Cuatro Álamos en buenas condiciones de salud. El 6 de febrero de 1975, la Embajada de Estados Unidos en Chile informó -también por escrito- al Decano de la Universidad de California, Berkeley, señor Milton Chernin, que informalmente había sabido que el afectado se encontraba en Cuatro Alamos, sin que hubiera cargos en su contra. "Su nombre -se agregaba en la nota de la Embajada- no aparece en ninguna de las numerosas listas de detenidos a quienes se les ha permitido abandonar Chile, que han sido publicadas por el Gobierno chileno". La misma información entregó la Embajada norteamericana en Chile al Profesor Clarkson H. Oglesby de la Universidad de Stanford.

Además, Simón Guendelman -hermano de la víctima y con residencia en Estados Unidos- supo, extraoficialmente, que Luis Alberto Guendelman había estado internado, por serios motivos de salud, en el Hospital Militar de Santiago entre los meses de noviembre y diciembre de 1974. En mayo de 1975, Manuel Trucco, Embajador de Chile en los Estados Unidos, declaró a un representante de la prensa norteamericana que, durante sus indagaciones, había recibido respuestas contradictorias referentes a la detención de Luis Alberto Guendelman. En junio del mismo año, un miembro de la INTERPOL, investigando el caso, afirmó en Buenos Aires que el afectado se encontraba recluido en una "provincia norteña".

El 24 de octubre de 1974, se presentó en el domicilio de Luis Alberto, uno de los agentes que había participado en el allanamiento del 3 de septiembre de 1974, siendo reconocido por Berta Carrasco. El agente dejó una citación para la cónyuge del afectado. De ésta pudo colegirse que se trataba de un funcionario que pertenecía a un llamado "Grupo 3" del Servicio de Investigaciones.

Portada cómplice del montaje de l@s 119
por parte del mercurial La Segunda
El 12 de julio de 1975, la prensa chilena informó que en la localidad de Pilar, 45 kilómetros al noroeste de Buenos Aires, en el interior de un automóvil, se habían encontrado dos cuerpos semicalcinados y acribillados, y sobre los cuales había un lienzo que decía "Dados de baja por el MIR". Los documentos que se encontraron entre los restos, supuestamente correspondían a Luis Alberto Guendelman y a Jaime Robotham Bravo (detenido por la DINA y actualmente desaparecido). La prensa chilena de la época dijo que a raíz del hallazgo de estos cadáveres se confirmaba que "muchos individuos que figuran como desaparecidos, son elementos que salieron clandestinamente del país". Se agregaba que la identidad de los muertos había sido confirmada por las autoridades chilenas y que "Amnistía Internacional no tendrá otra cosa que borrar sus nombres de la lista de personas desaparecidas en Chile".

Frente a esta noticia, Sara Wisniak -quien residía en Israel- viajó a Buenos Aires el 13 de julio de 1975. Junto al Cónsul Adjunto, señor Mujica, y a un familiar, concurrió a la Morgue de Pilar en donde exigió ver el cuerpo que supuestamente pertenecía a su hijo. El espectáculo -según lo describió ella- era horrendo: "había dos troncos humanos, totalmente carbonizados, a los que les faltaban las extremidades". De inmediato se dio cuenta que el cadáver que se señalaba como el de la víctima, no correspondía a las características físicas de él. Luis Alberto Guendelman había sido operado de un fibrocarcoma que hizo necesaria la extirpación del glúteo izquierdo y se le removió parte del hueso coxis. El tronco que se le mostró a Sara Wisniak no presentaba absolutamente ninguna de estas características. Además, la dentadura presentaba dientes torcidos y extracciones. Luis Alberto Guendelman tenía una dentadura, completa, derecha y sana.

Por otra parte, la cédula de identidad -que no mostraba signos de haber estado expuesta al fuego- de tipo plástico, estaba abierta a un lado y cerrada con corchetes, el apellido mal escrito, la fotografía no correspondía a la víctima, la huella digital no coincidía con la del pasaporte, la firma notoriamente falsificada, así como también resultó falsificada la supuesta firma del Jefe del Gabinete de Identificaciones de Chile.

El dictamen final fue que los restos no pertenecían a Luis Alberto Guendelman Wisniak. Igual cosa ocurrió con el cuerpo que se informó correspondía a Jaime Robotham. Todo había resultado una maniobra de la DINA destinada a distraer la atención sobre las numerosas denuncias de detenciones seguidas de desaparecimientos, conocida como "Operación Colombo", y en la que también se insertó el caso de otro detenido desaparecido, Juan Carlos Perelman Ide, cuyos restos también se supusieron encontrados en la localidad de Pilar, una semana después de ocurridos estos hechos.

Compañero Carlos Alfredo Gajardo Wolff

El compañero Carlos Alfredo Gajardo Wolff, casado, una hija, egresado de Arquitectura, militante del MIR, salió desde el domicilio de calle José Domingo Cañas de la ciudad de Santiago, donde residía con su hermana Mónica Gajardo Wolff, el 20 de septiembre de 1974, alrededor de las 13:30, diciendo que regresaría antes de las 16:00, lo que no ocurrió, desapareciendo hasta hoy.

El afectado vivía en Valparaíso, fue dirigente estudiantil del MIR en la Escuela de Arquitectura de la Universidad de Chile sede Valparaíso, en 1973 egresó de la carrera y aunque no alcanzó a recibirse, impartía clases en el mismo plantel.

Fue muy buscado en Valparaíso desde los primeros días del Golpe Militar: en la casa de su suegra en Viña del Mar, en su propio domicilio de Pasaje Leyton 157, departamento 41, Cerro Alegre e incluso en la casa de su padre en Concepción.

Su cónyuge, Eliana Cerrani Bórquez, fue detenida en octubre noviembre de 1973 a causa de la búsqueda que se hizo de la persona del afectado.
Por estas razones, Carlos Gajardo se trasladó a Santiago, a casa de su hermana Mónica, ubicada en calle José Domingo Cañas en junio de 1974.

El día 20 de septiembre de 1974, el afectado salió de la casa a las 13:30 horas a juntarse con otro militante del MIR, advirtiendo a su hermana que estaría de regreso antes de las 16 horas, lo que no sucedió, presumiéndose fundadamente que en ese día y oportunidad acaeció su detención.

Aunque no hay testigos presenciales de la aprehensión, se sabe por testimonios de ex detenidos que estuvo en el recinto de la DINA denominado 4 álamos.

Así es como Cristián Van Yurick Altamirano declara que "...entre la gente que vi en octubre de 1974 en la pieza 13 (se refería a Cuatro álamos) estaba Carlos Gajardo Wolff, "pelao", arquitecto...". En el mismo sentido relata Manuel José Salinas Letelier que "... entre agosto y octubre de 1974 estuve en la pieza 13 con detenidos de la DINA, muchos de los cuales aparecieron en la lista de los 119 miristas muertos en enfrentamientos en el extranjero... Recuerdo a... Carlos Gajardo...".

Por su parte, Hermann E. Schwember Fernández dice que, "... alrededor del 25 de octubre de 1974 un grupo de prisioneros de la pieza 13 fue sacado con destino desconocido. Entre ellos, además de Antonio Llidó, recuerdo a Ariel Salinas y a Carlos Gajardo Wolff, arquitecto".

Su nombre fue incluido el 23 de julio de 1975 en la lista de chilenos presuntivamente muertos en el extranjero y que reprodujeron medios nacionales de una publicación argentina, revista "LEA", cuya circulación se redujo a un único número, sin editor responsable, y donde da a conocer una nómina de 60 personas, todos los cuales corresponden en realidad a chilenos detenidos por los servicios de seguridad del gobierno militar chileno y que continúan desaparecidas hasta la fecha.

El 15 de octubre de 1974, su madre interpuso en la Corte de Apelaciones de Santiago un Recurso de Amparo que fue rolado con el N°1265. En la tramitación del mismo, las consultas a las distintas autoridades fueron respondidas en forma negativa. El 5 de noviembre de 1975 el entonces Ministro del Interior, General César Raúl Benavides, informó que no se encuentra detenido y que el Ministerio ignora su paradero. El 21 de noviembre de 1974, el Ministerio de Defensa Nacional informó que Carlos Gajardo W. no ha sido denunciado a la Justicia Militar y "no registra antecedentes". El 25 de noviembre de 1974 la Corte ofició al Jefe del Campamento de 3 Álamos pidiendo información sobre el detenido, reiteró el Oficio el 26 de diciembre de 1974 y al no obtener respuesta ordenó oficiar entonces el 3 de febrero de 1975 al Ministro de Defensa Nacional dando cuenta de que el Comandante del Campamento no ha evacuado el informe. Finalmente, el 14 de febrero de 1975, la Corte recibió respuesta del Ministerio de Defensa donde se señala que la Secretaría Nacional de Detenidos SENDET no registra antecedentes de esta persona.

Por su parte, la madre del amparado, doña Mary Wolff de Gajardo, el 19 de febrero de 1975 a través de un escrito señala que su hijo habría sido trasladado desde "3 Álamos" a la Escuela Politécnica dependiente de la Fábrica de Maestranza del Ejército, FAMAE, ubicada en la calle Pedro Montt de Santiago y solicita que se oficie al Jefe de esa Institución para verificar este antecedente. La Corte acogió la petición y ofició el 21 de febrero de 1975 y en el mismo sentido ordenó oficiar al Ministerio del Interior el 5 de marzo de 1975. El 14 de marzo de 1975 el Coronel Hernán Ramírez Ramírez, Jefe del Estado Mayor de la Jefatura de Zona en Estado de Sitio respondió que esta Jefatura "no registra antecedentes de Carlos Gajardo Wolff" y acota que "en lo sucesivo agradeceré a esta Ilustrísima Corte remitir los amparos a esta Jefatura y no tramitarlos a través de Reparticiones y/o Reparticiones Militares, que son dependientes de esta Jefatura por tratarse de materias que no les compete".

El 2 de abril de 1975, Raúl Benavides Escobar, Ministro del Interior respondió que, según indagaciones realizadas por esa Secretaría de Estado, no existe Escuela Politécnica alguna dependiente de FAMAE.

Finalmente, el 4 de abril de 1975 el Recurso de Amparo fue rechazado por la Corte, "teniendo en cuenta los informes de las autoridades consultadas y siendo todos negativos", y ordenó remitir los antecedentes al Primer Juzgado del Crimen de Mayor Cuantía de Santiago a fin de que instruya proceso para investigar el desaparecimiento de Carlos Gajardo Wolff.

El 15 de abril de 1975 se ordenó instruir sumario en la causa que roló con el N°106.822 del Primer Juzgado del Crimen de Santiago. La Juez despachó orden de investigar y ofició a Instituto Médico Legal, Postas y Jefatura del Servicio Nacional de Salud para que informaran si el desaparecido había ingresado a alguno de esos establecimientos.

Investigaciones informó el 12 de mayo de 1975 que averiguaciones practicadas en SENDET, Instituto Médico Legal, Registro Civil, Cárcel Pública, diferentes Postas y otras fuentes de informaciones no dieron resultados positivos.

De igual forma responde el Instituto Médico Legal el 6 de mayo de 1975 y el Jefe de la Asistencia Pública doctor Emilio Salinas. En virtud de estos antecedentes el 29 de mayo de 1975 se declara cerrado el sumario y por no encontrarse legalmente acreditado la existencia del delito se declara sobreseído temporalmente el proceso, resolución que fue aprobada por la Corte de Apelaciones el 28 de julio de 1975.

Sin embargo, en el primer semestre de 1975, se inicia en Valparaíso el proceso A 637 75 donde, en la sentencia del Consejo de Guerra fechada el 29 de marzo de 1976, se menciona a Carlos Gajardo Wolff como inculpado declarado rebelde y se nombran además entre otros en la misma situación a: Fabián Ibarra Córdova, Horacio Carabantes Olivares, Antonio Llidó Amengual, Carlos Rioseco Espinoza, Juantock Yanctog Guzmán, Mario Calderón Tapia, Alfredo García Vega, todos detenidos desaparecidos al igual que el afectado. Todos ellos tenían en común su militancia partidaria y la ciudad donde la desempeñaban Valparaíso además todos ellos fueron detenidos entre el segundo semestre de 1974 y los 3 primeros meses de 1975.

De ninguno de ellos se tuvo más noticias oficiales y continúan siendo hasta la fecha detenidos desaparecidos.


¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!


Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Diciembre 30 de 2017

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