José Mañao Ampuero tenía sólo 22 años |
La
culpa de los cuatro jóvenes de la Población Lintz de Puerto Montt: criticar
a la dictadura cívico-militar. En otro caso de reciente resolución judicial, pena
efectiva sí habrá para los asesinos de dos autoridades de la UP en San Felipe
La noche del 31 de enero de 1974, poco antes
del inicio del peligroso ‘toque de queda’, en un bar se reunían cuatro amigos e
integrantes del club de futbol de la Población Lintz de Puerto Montt, dos de los
cuales incluso integraban la selección puertomontina. Los camaradas se echaron
unos tragos para celebrar recientes triunfos, pero la conversación derivó a la
pésima situación político-social con ocasión de la dictadura militar que imperaba
desde el golpe de Estado del 11 de septiembre anterior. Para su desventura, en
el lugar se encontraba un grupo de uniformados de la Fuerza Aérea, establecidos
en el aeropuerto del Tepual, que al escuchar las críticas iniciaron una reyerta
verbal, produciéndose un intercambio de reproches entre los civiles y los
odiados ‘milicos’, pero nada más. Luego, todos se fueron para sus casas,
excepto los aviadores, que se encargaron de averiguar de los críticos
deportistas y preparar una celada.
Los
noveles futbolistas eran PEDRO
ANTONIO BAHAMONDE ROGEL, 24 años, empleado de una imprenta; HÉCTOR HUGO
MALDONADO ULLOA, 26 años, empleado de la Compañía de Teléfonos; JOSÉ HERNÁN MAÑAO
AMPUERO, 22 años, empleado; y JOSÉ ANTONIO SOTO MUÑOZ, 23 años, empleado de una
carnicería. Todos ellos carecían de militancia política conocida o de antecedentes
que los relacionasen con alguna instancia de la Resistencia Popular
antidictatorial.
Según
el Informe Rettig, “Rato
después todos fueron arrestados con mucha violencia en sus respectivos
domicilios por una patrulla de la Fuerza Aérea, golpeados en la vía pública y
llevados con destino desconocido. Sus familiares sólo se
enteraron de su suerte –fueron fusilados por los aviadores- a través del Bando
emitido por la Jefatura de Plaza. La Comisión se formó la convicción que el
caso relatado es un grave abuso de poder por parte de los agentes del Estado,
con violación de los derechos humanos de los afectados, toda vez que no es
aceptable la versión oficial, atendiendo que resulta inverosímil que cuatro
civiles desarmados, recientemente golpeados y en unos casos semidesnudos, en
horas de toque de queda hayan intentado un ataque contra la patrulla armada que
los conducía y que como consecuencia del incidente hayan resultado muertos
todos los detenidos.”
A 42 años
de los deleznables hechos, y aunque el fallo aún no se ha publicado en el Poder
Judicial, los familiares de las víctimas y agrupaciones de Derechos Humanos de
Puerto Montt ya tomaron conocimiento que el ‘castigo’ que les aplicarán a los
uniformados implicados en el emblemático asesinato de los cuatro deportistas será
la de pena remitida o cumplimiento de ella en libertad. Justamente, el fallo no
se hará público mientras todas las partes sean comunicadas de la resolución.
El caso fue
investigado por el ministro
de la Corte de Apelaciones de la capital regional Leopoldo Vera y sólo uno
de los seis presuntos implicados -Ronald Peake de Ferrari Beltrán- recibió
condena, de cinco años de presidio menor en su grado máximo, pero que el lindo podrá
cumplir en libertad vigilada. Otros cinco indagados fueron absueltos por el
ministro. Entre ellos José Pérez Pérez, Juan Gallegos Vega, Héctor Estuardo
Gajardo, José Quilodrán Espinace y Samuel León Correa, todos suboficiales en
situación de retiro de la Fuerza Aérea de Chile.
Éste caso,
era uno de los últimos investigados en Puerto Montt en materia de Derechos
Humanos bajo la dictadura cívico-militar.
El informe
de la investigación señala que los imputados, ex funcionarios de la Fuerza
Aérea de Chile, ingresaron en dicha fecha a los domicilios de los cuatro jóvenes.
Los golpearon y luego los trasladaron a la Comisaría de Puerto Montt, lugar
donde Carabineros no accedió a dejarlos detenidos, dado el deteriorado estado
de salud con el cual quedaron los pobladores luego de ser agredidos.
“Fue
entonces que los acusados llevaron a los cuatro malogrados hombres hasta un
camino vecinal donde los ejecutaron, trasladando posteriormente los cuerpos sin
vida de estas personas al Servicio Médico Legal local”, indica el documento.
Alfredo
Árgel, presidente de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos y Detenidos
Desaparecidos de Puerto Montt -AFEPDD-PM-, calificó el fallo como una
“vergüenza”. Criticó el hecho de que fueron cinco años de investigación con
“pobres resultados”. El dirigente reconoció que el lunes los abogados apelarán
el fallo en la Corte Suprema.
“Estábamos
pidiendo sentencias duras para todos. El proceso fue abierto junto a otros,
hace varios años. Primero se trató como homicidio calificado y ahora en el
fallo se habla de homicidio simple”, manifestó Árgel.
Asimismo,
la AFEPDD-PM
también emitió una declaración rechazando el fallo. En parte de ella se indica:
“Este 31 de Enero de 2016 se cumplen 42 años de la ejecución de nuestros
familiares, caso conocido como deportistas del barrio de Lintz, hoy el Ministro
de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt el
señor Leopoldo Vera, quien calificó este delito en su proceso como homicidio
calificado, ha dictado sentencia ante este crimen de lesa humanidad, dejando
impunemente en libertad a todos los responsables de los asesinatos cometidos.”
Justicia Para Dos Funcionarios Públicos Asesinados de San Felipe
El
ministro en visita para causas por violaciones a DDHH de la Corte de
Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia
Pinto, condenó a cinco militares en retiro
por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de RIGOBERTO
DEL CARMEN ACHÚ LIENDO y ABSOLÓN
DEL CARMEN WEGNER MILLAR.
Cabe
consignar que el 13 de diciembre de 1973, Absalón Wegner y Rigoberto Achú
permanecían detenidos en la cárcel de San Felipe. En esa circunstancia, fueron
requeridos por la Fiscalía Militar, instalada en el Regimiento Nº 3
Yungay, siendo trasladados por una patrulla de la misma unidad. Al
regresar, los efectivos militares dispararon una ráfaga de metralleta en contra
de ambos. La muerte fue inmediata, acto seguido, se acercaron hasta las
víctimas y les dispararon un tiro de gracia, tras esto levantaron los
cadáveres, quedando personal de Gendarmería a cargo de la limpieza del sector.
Los
milicos que deberán enfrentar la cárcel por sus crímenes de lesa humanidad son:
el general en retiro Héctor Orozco Sepúlveda y los coroneles, también en
retiro, Sergio Jara Arancibia y Pedro Lovera Betancourt. Los tres
fueron condenados a penas de 18 años de cárcel en calidad de autores de los
homicidios. Así mismo, el capitán en retiro Raúl Navarro Quintana y el
suboficial en retiro Milton Núñez Hidalgo deberán cumplir 8 años de presidio,
en calidad de cómplices de los asesinatos.
Rigoberto
del Carmen Achú Liendo al momento de su muerte tenía 31 años de edad, casado y
con tres hijos, ex detective de la Policía de Investigaciones, se desempeñaba
como jefe de desarrollo social de las provincias de San Felipe y Los Andes,
además era secretario regional de la Juventud Socialista.
Mientras
que Absalón del Carmen Wegner Millar también tenía 31 años de edad a la fecha
de su detención. De profesión médico, casado y 2 hijos. Se desempeñó como
director zonal de salud de la provincia de Aconcagua y también era médico
general en los hospitales de San Felipe y Putaendo. Pertenecía al Partido
Comunista.
A
diferencia del caso anterior, el de Puerto Montt, el fallo del magistrado
porteño fue valorado por Alicia Zuñiga, de la Comisión de Derechos Humanos de
Valparaíso, quien además destacó el trabajo del Ministro Arancibia.
¡NI OLVIDO NI PERDON: VERDAD, JUSTICIA Y
MEMORIA!
¡QUE LA HISTORIA NOS ACLARE EL PENSAMIENTO!
Colectivo Acción Directa – Chile
Enero 31 de 2016
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