EL TRABAJADOR FORESTAL FUE VILMENTE AMETRALLADO POR CARABINEROS LA NOCHE
DEL 3 DE MAYO DE 2007, DURANTE EL PRIMER MANDATO DE LA ‘DEMOCRÁTICA’ BACHELET.
SOLO LUCHABA PORQUE LA CELULOSA DE ANGELINI BRINDARA A LOS TRABAJADORES SUBCONTRATADOS
MEJORES CONDICIONES LABORALES
Este miércoles 20, la Corte Suprema se sintió nuevamente impelida a resguardar el orden del Estado de clase imperante en Chile, al que adscribe como parte de su superestructura,
rechazando el recurso de casación presentado en contra de la resolución que
descartó responsabilidad de aquel Estado en el crimen de RODRIGO CISTERNA
FERNÁNDEZ (26), operario de cargador frontal, quien falleció de tres balazos el
3 de mayo de 2007, en el marco de intervención de fuerzas paramilitares de carabineros
para aplacar la protesta de trabajadores de la Celulosa Horcones, en Laraquete,
propiedad de uno de los dueños de Chile, Anacleto Angelini.
En
fallo dividido (causa rol 2606-2015), la Tercera Sala del máximo tribunal
–integrada por los ministros Pedro Pierry, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval y
los abogados (i) Jorge Lagos y Rafael Gómez– ratificó la sentencia dictada el
30 de diciembre de 2014, por la Corte de Apelaciones de Concepción, la que
había descartado responsabilidad de carabineros, como agentes del Estado, en la
muerte de Rodrigo.
La
resolución de la máxima instancia, apoyada por la mayoría de los jueces, se
basa para su denegación de justicia en el sospechoso valor que el tribunal de
primera instancia dio a las pruebas que el mismo había aportado, lasque fueron alteradas durante el transcurso de la investigación. Los votos
en contra de la sentencia correspondieron a dos los ministros, quienes fueron
partidarias de acoger el recurso de casación en el fondo interpuesto por los
demandantes, anular la sentencia recurrida y confirmar el fallo de primera instancia,
el que había acogido la demanda de indemnización por perjuicios.
El
abogado de la familia de Rodrigo, Rafael Poblete,
por cierto que indicó que el fallo no los dejaba conformes, sin embargo valoró
que durante todo el proceso 4 jueces fallaran a favor de la demanda, lo que no
bastó para responsabilizar al Estado. Poblete agregó que las instancias
internacionales, a las cuales van a apelar, también pueden obligar al Estado a
pagar una indemnización a familiares de víctimas que vieron vulnerados sus
derechos.
Recordemos
que la acción judicial buscaba un pago por parte del Fisco a la familia de
Rodrigo y a los otros cinco trabajadores que resultaron heridos a bala tras el
desigual enfrentamiento con las hiperarmadas fuerzas especiales y el gope de carabineros.
Además se apuntaba al pago indemnizatorio a otro manifestante, quien perdió un
ojo luego de recibir una bomba lacrimógena en pleno rostro.
Tras
la muerte de Rodrigo Cisterna, la movilización de los trabajadores
subcontratados, iniciada semanas antes de su deceso, llegó a su fin. Sólo después
del trágico desenlace se lograron los 23 puntos del petitorio sindical,
logrando equiparar las condiciones de trabajo de los trabajadores de planta con
los subcontratados.
¡RODRIGO CISTERNA, SEGUIREMOS LUCHANDO POR
JUSTICIA PARA TÍ Y TODOS NUESTROS CAIDOS!
¡SÓLO LA LUCHA Y LA UNIDAD NOS HARÁN LIBRES!
Equipo Sindical CAD –Chile
Enero 21 de 2016
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