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jueves, 19 de mayo de 2016

CONDENAS PARA AGENTES CNI POR CRIMENES DE MIRISTAS EN 1980


Derechos Humanos: Ministro Miguel Vázquez dicta condena contra agentes de la CNI por homicidios en Puente Vivaceta en 1980

El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, dictó sentencia de primera instancia en la investigación que sustanció por el homicidio calificados de los dirigentes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Juan Ramón Olivares Pérez y Rubén Eduardo Orta Jopia, ilícitos perpetrados en Santiago en noviembre de 1980

En la resolución [causa rol 30383-2003, del lunes 16 de mayo], el ministro de fuero condenó al agente de la Central Nacional de Informaciones –CNI– Roberto Urbano Schmied Zanzi a la pena de 18 años de presidio efectivo; además de las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las costas de la causa, como autor de ambos homicidios.

En tanto, los coautores Javier Soto Torres, Egon Barra Barra, Teresa Osorio Navarro y Calos Labarca Brezzo deberán purgar penas efectivas de 15 años y un día de presidio, más accesorias legales.

En la etapa de investigación, el ministro Vázquez Plaza logró acreditar la siguiente secuencia de hechos:

Que un grupo de agentes de la Central Nacional de Informaciones, “CNI”, dependientes de la División de Inteligencia Metropolitana, se abocó a investigar las actividades de personas que formaban parte del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR, y de aquellos que colaboraban con dicho organismo, procediendo a realizar seguimientos a los mismos;

Que dentro esas actividades, el día 6 de noviembre de 1980, agentes operativos de la División de Inteligencia Metropolitana de la Central Nacional de Informaciones, “CNI”, procedieron a seguir durante toda la jornada, en forma separada a JUAN RAMÓN OLIVARES PÉREZ y a RUBÉN EDUARDO ORTA JOPIA, militantes del MIR, que habían regresado clandestinamente al país, en el primer semestre de 1980, a quienes tenían plenamente identificados y conocían de sus movimientos, por el seguimiento que tenían sobre ellos, procediendo a su detención en forma separada en algunas horas, en el transcurso de ese día;

En horas de la madrugada del día 7 de noviembre de 1980, los indicados funcionarios, en avenida Santa María a la altura del puente Vivaceta, cerca del cuartel Borgoño de ese organismo, procedieron a darles muerte a los detenidos, mediante disparos de balas con armas de fuego, simulando un enfrentamiento, dejándolos al interior de una Citroneta modelo Azam placa patente GR-543, informando a la opinión pública que la muerte de aquellos se produjo en un incidente armado, entre las víctimas y funcionarios de la CNI, advirtiendo que se intentó asaltar el cuartel de calle Borgoño, y Las autopsias practicadas, en su oportunidad a las víctimas, revelan gran cantidad de impactos de bala en sus cuerpos, que fueron las causas de ambas muertes, presentando el cadáver de Rubén Orta Jopia, heridas de trayectoria de atrás hacia adelante y post mortem.

En el aspecto civil, el magistrado condenó al fisco a pagar un total de $1.000.000.000 (mil millones de pesos), por concepto de daño moral, a las cónyuges e hijos de las víctimas.

¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!

Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Mayo 19 de 2016

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