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sábado, 9 de septiembre de 2017

CHACALES DE LA FACH TORTURARON HASTA LA MUERTE A JOSE TOHA GONZALEZ…


¿Y alguien ha escuchado a su coimera hija o a algún/a pelotudo/a del Partido exSocialista exigir justicia de verdad por ello? No obstante, exigimos que estos se pronuncien, pues resulta una vergüenza que los torturadores del compañero, 2 asesinos de la FACH, no paguen siquiera con un día de cárcel por su horroroso crimen

En enero pasado, varias organizaciones de defensa y promoción de los DD.HH. y de izquierda suscribimos una declaración expresando nuestro rechazo e indignación por la ratificación de las bajas condenas y remisión de ellas que había resuelto por esa fecha la 2ª Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en el caso de aplicación de tormentos reiterados al compañero José Tohá González, exMinistro de Interior y Defensa del Gobierno democrático de la Unidad Popular.

A pesar de haber reconocido explícitamente la justicia oficial que don José Tohá había sido sometido reiterada y prolondamente a tortura física y sicológica, tratos crueles y degradantes con el objeto de doblegar su voluntad -acciones todas definidas como tortura en la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes-, la mencionada sala del poder judicial sólo impuso una pena irrisoria a los responsables de estos crímenes, Ramón Pedro Cáceres Jorquera y Sergio Fernando Contreras Mejías, lo que contraviene el numeral 2 del artículo 4º de la Convención señalada, que indica que, “Todo Estado Parte castigará esos delitos con penas adecuadas en las que se tenga en cuenta su gravedad”.

José Tohá y otros detenidos en isla Dawson
Además de lo anterior, la CA santiaguina desestimó los recursos de las partes querellantes, quienes instaron porque además de sancionar los hechos que tuvo por acreditado el ministro instructor como constitutivos de tormentos, fuesen también estos sancionados porque son constitutivos del delito de secuestro simple, ya que la víctima fue ilegítimamente privada de su libertad.

Pues bien y como era esperable, éste jueves 7 la Corte Suprema confirmó la deleznable sentencia que condenó a los dos exoficiales en retiro de la FACH, por su responsabilidad en el delito de aplicación de torturas reiterados al exministro del gabinete del compañero Salvador Allende. En la sentencia, se señala que tal ilícito fue perpetrado entre el 2 de febrero y el 15 de marzo de 1974.

En fallo unánime (causa rol 11.659-2017), la 2ª Sala del máximo  ratificó la resolución recurrida, dictada el 24 de noviembre de 2015, por el ministro en visita extraordinaria Jorge Zepeda, que condenó a Ramón Cáceres Jorquera y Sergio Contreras Mejías a 3 años de presidio, pero ¡con el beneficio de la remisión condicional de la pena!

En la etapa de investigación, el ministro Zepeda logró establecer que el secretario de Estado del Presidente Salvador Allende fue sometido a múltiples torturas y apremios durante su reclusión en Isla Dawson y su posterior permanencia en el Hospital Militar.

"a) Que el día 15 de marzo de 1974, aproximadamente a las 13.00 horas, en circunstancias que don José Tohá González, ex Ministro del Interior y de Defensa, se encontraba detenido e incomunicado en el Hospital Militar de la ciudad de Santiago, éste fue encontrado muerto, en suspensión incompleta, apoyado sobre una de las repisas del closet de la habitación, con sus pies flectados sobre el piso y su cuello unido por un cinturón a un soporte, consistente en una cañería del agua potable que pasaba por el interior del maletero del closet;
b) Que el proceso tramitado por la Segunda Fiscalía de Ejército y Carabineros, en el cual se investigaban las causas de la muerte de don José Tohá González, no fue encontrado;
c) Que, don José Tohá González, estuvo privado de libertad por decisión de la autoridad militar, desde el 11 de septiembre de 1973, hasta el día de su muerte, el 15 de marzo de 1974, y no obstante haber sido interrogado en relación con la causa Rol N° 1 – 73, caratulada "Bachelet y otros", de la Fiscalía de Aviación de la Fuerza Aérea de Chile en Tiempo de Guerra, no se le formularon cargos;
d) Que don José Tohá González, durante su privación de la libertad y no obstante el delicado estado de salud en que se encontraba en reiteradas oportunidades fue víctima, por parte de agentes del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea de Chile, de tratos crueles y degradantes, ejecutados con el propósito de dañar su integridad física y psíquica, con afectación de su honra y dignidad.
Que dicho maltrato de los agentes para con la víctima se dio en el contexto de un patrón común, de recabar información e infundir miedo a ella y a un sector determinado de la población civil, que en ese tiempo fue perseguida por razones políticas;
La mentira oficial
e) En efecto, al retornar don José Tohá González, desde Isla Dawson, el día 2 de febrero de 1974, estuvo directamente bajo el dominio de agentes de la Fuerza Aérea, quienes con el propósito de doblegar su voluntad le dan un trato indigno a su condición de persona, pues, lo interrogan duramente no obstante el delicado estado de salud, empleando en su contra presiones físicas y psíquicas, entre otras, mantenerlo por largo tiempo en esperas al interrogatorio con la vista vendada, suspenderlo y luego continuarlo en reiteradas oportunidades con el solo objeto de infundirle temor, y, atribuirle imputaciones falsas respecto de hechos que afectaban su honra y dignidad. Posteriormente, una vez internado don José Tohá González en el Hospital Militar, en diversas oportunidades, no obstante encontrarse enfermo, es trasladado nuevamente desde su lecho en dicho hospital al recinto de la Academia de Guerra de la Fuerza Aérea, conocida como AGA, sita en la comuna de Las Condes, donde es vuelto a interrogar en forma degradante, dejándole tales rigores secuelas notorias en él; malos tratos que los agentes repiten, sin consideración al estado de salud, en el mismo Hospital Militar, como lo comprueban los papeles manuscritos que la víctima escribió a requerimiento escrito de los agentes".

Reiteramos aquí y ahora que nuestra indignación es tan profunda que demandamos que jueces tan veniales, que ignoran los compromisos internacionales de DDHH asumidos por Chile, dejen sus cargos de tan alta responsabilidad o, de no ser así, se inicie un proceso de destitución por grave incumplimiento del deber de aplicar justicia tan gravemente conculcado. Asimismo, exigimos que la comparsa de la Nueva Mayoría, la pusilánime familia del compañero Tohá y la envilecida dirección de Partido otrora Socialista se conmuevan en algo y exijan una pena proporcional y adecuada para los verdugos de José Tohá, todo esto por el inmenso daño ocasionado a una persona digna, a quien los milicos ni siquiera tuvieron un cargo inventado que atribuirle.
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¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!


Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Septiembre 9 de 2017

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