La Corte
decretó el cese inmediato de los planes comunales de videovigilancia,
argumentando que atentan contra el derecho a la privacidad y la inviolabilidad
del hogar
Por
Derechos
Digitales –Public. 4/3/16
La tarde de hoy, la
Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ha acogido el recurso de
protección interpuesto contra los globos de vigilancia que, desde agosto de
2015, flotan sobre las comunas de Las Condes y Lo Barnechea.
Por
decisión unánime, la Corte ha decretado el cese inmediato de los planes de
vigilancia comunal, argumentando que atentan contra el derecho a la vida
privada y la inviolabilidad del hogar, garantizado en el artículo 19 de la
Constitución, numerales 4 y 5.
La
tecnología en cuestión corresponde a cámaras de videovigilancia de uso militar,
capaces de identificar a una persona en movimiento a 1,6 kilómetros de
distancia, montadas sobre dos globos aerostáticos, uno fijo a una altura de
hasta 300 metros y otro móvil, con un radio de acción de 360º.
Debido
a lo invasiva que resulta esta tecnología, en
septiembre de 2015, Derechos Digitales, Fundación Datos Protegidos y
Corporación Fundamental interpusieron un recurso de protección ante la Corte de
Apelaciones de Santiago, con el objetivo de cesar la medida intrusiva y
asegurar la debida protección a la privacidad e inviolabilidad del hogar de los
vecinos de Las Condes y Lo Barnechea.
Hoy,
la Corte de Apelaciones ha acogido el recurso de protección, declarando
expresamente que ni la seguridad ciudadana ni el ordenamiento del tránsito
constituyen, por si solos, razones suficientes para afectar la intimidad de los
recurrentes.
En
Derechos Digitales estamos conformes con la decisión de los Ministros y creemos
que este es un paso importante en la protección de la privacidad de los
habitantes del país. Tal como indica el fallo, seguridad ciudadana y privacidad
no se contraponen, por lo que es fundamental exigir a nuestras autoridades
mejores estándares de políticas públicas, respetuosas de nuestros derechos
fundamentales amparados por la Constitución.
La
contraparte ahora puede ejercer su derecho apelar la decisión ante la Corte
Suprema, pese a lo cual los globos deben dejar de funcionar de forma inmediata.
Más información: Cinco
claves sobre el fallo que pone fin a los globos de vigilancia
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