Ministros en casos de DDHH logran avances
en dos casos simbólicos. Identifican restos óseos de quien fuera director de la
Radio El Loa y jefe de Relaciones Públicas de Chuquicamata, y asesinado por la Caravana de la Muerte, Carlos Berger; en
tanto que, por asociación ilícita y secuestro calificado –eufemismo por
desaparición de presos políticos- de dirigentes sindicales, condenaron a 11 canallas
del Comando Conjunto
Carlos Berger Guralnik
"Hoy me entregaron identificación de otros restos de Carlos Berger asesinado
por la Caravana de la Muerte", escribió éste viernes 2, muy dolida, la abogada de derechos humanos Carmen Hertz. La ex integrante de la Vicaría de la Solidaridad agregó que el hecho,
"da cuenta del horror del exterminio" ocurrido durante la dictadura cívico-militar
(1973-1990).
La
viuda del que fuera por más de 20 años un detenido desaparecido fue notificada
de la nueva identificación por el ministro en visita Mario Carroza. Hertz destacó
que este es un ejemplo de la “barbarie” de los militares, que intentaron hacer
desaparecer a los detenidos y luego volvieron para desaparecer sus restos.
La
información da cuenta de la labor del Servicio Médico Legal, que detectó restos
de mandíbula y de vértebras cervicales de CARLOS BERGER GURALNIK, periodista y abogado, integrante del PC, ejecutado el 19
de octubre de 1973 en el marco de la ominosa Caravana de la Muerte –capítulo Calama.
La
primera individualización de restos óseos del compañero Berger fue lograda a
fines de enero de 2014. Ellos habían sido rescatados en 1990, desde una fosa ilegal
ubicada al norte de San Pedro de Atacama, en la Región de Antofagasta. Cabe
destacar que, de las 26 víctimas de la Caravana de la Muerte tras
su paso por Calama, se ha conseguido reconocer a 18 de entre los restos
encontrados en aquella fosa maldita.
Se
ha dado a conocer que pronto, esperamos, existan condenas en el caso del
recordado Carlos Berger.
El Comando
Conjunto Contra los Dirigentes Sindicales
El
ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos
de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos Sagristá, dictó
sentencia condenatoria en contra de 11 ex sicarios agentes del denominado Comando Conjunto, por su responsabilidad en los delitos de asociación ilícita y
secuestro calificado de ANÍBAL RIQUELME PINO, FRANCISCO GONZÁLEZ ORTIZ y ALFONSO ARAYA CASTILLO, ilícitos perpetrados a partir de septiembre de 1976, en la Región
Metropolitana.
En
el fallo (causa rol 728-2010), el ministro condenó a Freddy Enrique Ruiz Bunger, Antonio
Benedicto Quirós Reyes, Juan Francisco Saavedra Loyola, Daniel Luis Guimpert
Corvalán, Manuel Agustín Muñoz Gamboa, César Luis Palma Ramírez, Raúl Horacio
González Fernández, Juan Atilio Aravena Hurtuvia, Ernesto Arturo Lobos Gálvez y
Miguel Arturo Estay Reyno, a penas de 20 años de presidio como autores de los
tres secuestros calificados y por asociación ilícita.
En
tanto, la agente Viviana Ugarte Sandoval, “La Pochi”, deberá purgar 10 años de
presidio en calidad de cómplice de los secuestros calificados y autora de
asociación ilícita.
Muchos
de estos subhumanos habían sido condenados por el mismo ministro Llanos,
con fecha 18/8/16, por el crimen y desaparición del compañero Nicolás López,
quien fuera dirigente nacional de la CUT hasta el Golpe militar de Estado del
11 de septiembre de 1973. La razzia contra la dirigencia sindical por parte de
los aparatos represivos de la dictadura cívico-militar demuestra su carácter
antipopular y su decidido empeño por terminar a cualquier precio con el tejido
político-social que dio vida y sustento a la centenaria lucha de los explotados
chilenos.
En
su investigación, el juez logró establecer los siguientes hechos:
a)
Que durante los años 1975 y 1976 funcionó un organismo represivo –denominado
"Comunidad de Inteligencia" y conocido posteriormente como
"Comando Conjunto"- conformado por miembros de distintas ramas de las
Fuerzas Armadas y Carabineros, y también por algunos civiles ex miembros del
grupo antimarxista denominado "Patria y Libertad". Dicho organismo represivo fue constituido por decisión de
las Direcciones de Inteligencia de las Fuerzas Armadas y Carabineros, cuyo
cuartel general se instaló en un edificio ubicado en calle Juan Antonio Ríos N°
6 de Santiago Centro (JAR 6), donde se encontraban las Direcciones de
Inteligencia de la Fuerza Aérea (DIFA), del Ejército (DINE), de la Armada (SIN)
y de Carabineros (DICOMCAR).
Operativamente,
el aludido organismo represivo funcionó en centros clandestinos de detención y
tortura, denominados "Nido 20" (ubicado en el sector del Paradero 20
de la Gran Avenida) y "Nido 18" (localizado en el sector del Paradero
18 de Vicuña Mackenna); y posteriormente, desde octubre o noviembre de 1975, en
"Remo 0", ubicado al interior del Regimiento de Artillería Antiaérea
de Colina de la Fuerza Aérea de Chile (en adelante, FACH). Finalmente, los agentes
operativos se trasladaron desde este último lugar–con exclusión de los miembros
del Ejército, que en esa época se marginaron del organismo-, a comienzos de
1976, hasta el cuartel "La Firma", ubicado en calle 18 de Septiembre
de Santiago Centro, a la altura del 200, en el edificio del ex diario "El
Clarín".
En
todos los recintos clandestinos de detención antes señalados se efectuaron
torturas a los detenidos, algunos de los cuales fallecieron como consecuencia
de las mismas; o se les ejecutó por los agentes, haciendo desaparecer sus
cuerpos.
b)
El cuartel "La Firma" funcionó hasta diciembre de 1976, y corresponde
a un edificio antiguo con varias dependencias, algunas de las cuales eran
oficinas, otras salas de interrogatorio, y otras, calabozos. Algunas de dichas
dependencias tenían piso de baldosas blanco y negro. Además, los agentes
operativos que allí se encontraban utilizaban, para salir a detener personas,
varios vehículos, entre ellos un automóvil Chevy Nova de color amarillo.
Eran
jefes de dicho cuartel el teniente de la Armada Daniel Luis Guimpert Corvalán,
quien a su vez dependía del Comandante Sergio Barra Von Kretschman, director
del SIN.; el teniente de la FACH Roberto Fuentes Morrison, quien dependía del
Comandante de la FACH Juan Saavedra Loyola, y éste a su vez, del director de la
DIFA, Freddy Enrique Ruiz Bunger; y el Teniente de Carabineros Manuel Agustín
Muñoz Gamboa, quien a su vez era subordinado del Capitán de dicho cuerpo Germán
Esquivel Caballero, siendo jefe del área de inteligencia de Carabineros el
Coronel Rubén Romero Gormaz.
Tanto
Guimpert Corvalán, como Fuentes Morrison y Muñoz Gamboa, dirigían sendos grupos
de subalternos que cumplían labores operativas, deteniendo personas para
trasladarlas al recinto ya señalado, donde eran interrogados bajo torturas,
como más arriba se señaló.
c)
En consecuencia, el denominado "Comando Conjunto" estaba conformado
por una pluralidad de individuos, con distribución de funciones y niveles
jerárquicos, concertados permanente y continuamente con el propósito de
ejecutar crímenes o simples delitos contra determinados bienes jurídicos, en
particular, la vida e integridad física y psíquica de las personas. Así,
miembros de dicho grupo delictivo cometieron, entre otros delitos contra las
personas, el de homicidio de Carlos Contreras Maluje, quien permaneció detenido
en aludido cuartel "La Firma"; delito por el cual fueron condenados
como autores miembros de la aludida organización (Sentencia Rol Nº 6188-06 de
la Excma. Corte Suprema, de 13 de noviembre de 2007).
d)
Desde fines de 1975, y durante todo el año 1976, la actividad represiva del
organismo antes referido se dirigió especialmente en contra de la estructura
clandestina de las Juventudes Comunistas (en adelante, JJ.CC), utilizando la
información proporcionada por militantes de esa entidad política que, luego de
ser detenidos, se transformaron en colaboradores y en algunos casos agentes,
como Carol Flores Castillo, Miguel Estay Reyno y René Basoa Alarcón. De este
modo, y a partir de la detención del dirigente José Weibel Navarrete el 29 de
marzo de 1976 – Secretario General Interior de las JJ.CC. hasta pocos meses
antes de su detención -, quien fuera llevado por sus captores al cuartel
"La Firma", siendo torturado y cuyo rastro se pierde desde entonces,
comenzaron a ser detenidos numerosos dirigentes de la aludida organización
política, los que desempeñaban o habían asumido tareas de dirección de la misma
en reemplazo de quienes eran detenidos, o que se encontraban
"congelados" (ocultos en casas de seguridad) como medida de
prevención ante la ola represiva desencadenada en contra de la organización.
e)
En septiembre de 1976, las JJ.CC. contaba con una dirección interna (dentro del
país) que estaba constituida por un Secretariado de cuatro miembros, y una
Comisión Ejecutiva. Tanto los miembros del Secretariado como de la Comisión
Ejecutiva –con excepción del Secretario General- dirigían distintas Comisiones,
como las de Organización, Finanzas, Control y Cuadros, Solidaridad,
Estudiantes, Relaciones Políticas, y Sindical. Formaban parte de esta última
Comisión los militantes Aníbal Raimundo Riquelme Pino (28 años de edad, casado,
un hijo, gasfíter en la Empresa de Instalaciones Sanitarias "Martín Michel
y Cía. Ltda.", miembro del Sindicato Profesional de Obreros Gasfíter,
Calefaccionistas y Obras Sanitarias de Santiago y de la Federación de la
Construcción); Francisco Juan González Ortiz (27 de edad, casado, dos hijos,
instalador sanitario, empresa "Martín Michel y Cía. Ltda.", Dirigente
Nacional de la Federación de la Construcción); y Alfonso del Carmen Araya
Castillo (27 años de edad, casado, una hija, mueblista ).La Comisión Sindical
era dirigida por el militante Juan Orellana Catalán, detenido en junio de 1976
y trasladado al cuartel "La Firma", donde se le vio con vida por
últimas vez.
f)
El 9 de septiembre de 1976, Riquelme Pino (quien en el mes de julio de 1976
había abandonado su domicilio porque le buscaban agentes de seguridad, viviendo
desde entonces en la casa de una familia de apellidos Soto Urbina) se dirigió
hacia el sector de la Plaza Pedro de Valdivia, pues debía reunirse en ese sitio
con Araya Castillo a las 14,00 horas, cita que había sido concertada
previamente en forma telefónica por Madelina Ester Araneda Gallardo, cónyuge de
Araya Castillo, también militante de las JJ.CC. e integrante de una de sus
Comisiones; Araya Castillo, por su parte, salió desde su domicilio en la comuna
de Pudahuel hacia dicha cita. A ambos se les pierde el rastro cuando se
dirigían al mencionado punto de reunión.
g)
Por su parte, a González Ortiz, el mismo 9 de septiembre de 1976, se le vio en
horas de la tarde en una reunión en el local de la Federación de la
Construcción, en calle Vergara N° 74 al llegar a la Alameda Bernardo O'Higgins,
la que concluyó aproximadamente a las 21 horas. Se retiró del local con otros
participantes en la reunión, quienes le vieron por última vez cuando cruzaba la
Alameda en dirección al norte.
h)
Que Eliana Fernández Aguirre, quien trabajaba en la empresa "Martín Michel
y Cía. Ltda." (para la cual habían prestado servicios tanto Riquelme Pino
como González Ortiz), a petición del primero de los nombrados realizada unos
tres meses antes de su desaparición, le guardó correspondencia que éste
retiraría posteriormente, y que consistió en un sobre que a mediados de
septiembre de 1976 retiró un individuo joven de 20 a 22 años de edad, que
previamente la llamó de parte del "maestro Castro" (clave para
entregar una carta que había recibido). El 21 de septiembre de 1976, en horas
de la mañana, al llegar su trabajo en calle Echaurren con Alameda, nuevamente
apareció el individuo anterior, acompañado de otros dos sujetos, quienes se
identificaron como policías, obligándola a subir a un automóvil grande de color
amarillo con techo café, y que posteriormente le colocaron scotch en los ojos
para impedirle la visión, trasladándola a una casa. En dicho lugar dice que la
desnudaron, la esposaron e interrogaron en presencia de otra persona que se
encontraba detenida; a esta persona los captores o agentes le preguntaron si
conocía a la nombrada Eliana Fernández y si había cooperado con él,
reconociendo esta última la voz del detenido como perteneciente a Riquelme
Pino; quien al negar que Fernández cooperaba con él, fue golpeado. Luego Eliana
Fernández pidió ir a un baño, donde fue llevada; y como se le había despegado
el scotch debajo de los ojos, pudo ver que el suelo era de baldosas color
blanco y negro. Más tarde la obligaron a firmar una declaración, siendo
liberada aproximadamente a las 20 horas en una rotonda de un lugar desconocido,
donde pudo tomar una micro y luego un taxi para dirigirse a su casa.
i)
Desde el momento de las desapariciones de Aníbal Raimundo Riquelme Pino,
Alfonso del Carmen Araya Castillo y Francisco Juan González Ortiz, éstos no se
han contactado con sus familiares, no registran salidas del país ni tampoco
consta su defunción.
¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y
Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!
Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Septiembre 2 de 2016
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