Compañero Germán Moreno |
Suma otra
pena a su haber carcelario el carnicero Miguel Krassnoff, el mismo fresco de raja
que pretende tener la calidad de “preso político” y que aspira a la libertad
cuando no siente ningún arrepentimiento por tanto delito atroz. En ésta
ocasión, es acusado por la desaparición de un compañero mirista y dirigente de
Fenats
La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a
3 años de presidio al ex cabecilla de la siniestra Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), Miguel Krassnoff Martchenko –alias “Caballo loco”-, por su responsabilidad en el
delito de secuestro calificado del compañero GERMÁN RODOLFO MORENO FUENZALIDA, ilícito perpetrado a partir del 15 de julio de
1974, cuando él era funcionario del Hospital San Borja y dirigente sindical de
los trabajadores del establecimiento.
Pero
éste pequeño atisbo de justicia se desdibujó bastante si atendemos al hecho que
el fallo (causa rol 1.846-2015), dictado por la 4ª Sala del tribunal de alzada capitalino, redujo la pena de 8 años de presidio que
había dictado en primera instancia el ministro en visita Miguel Vázquez Plaza.
Asimismo, la pena le es aplicada al esbirro de marras con el beneficio de la libertad vigilada. Ambas
inicuas situaciones motivan ahora a los querellantes a exigir ante la Suprema
que, al menos, se mantenga la pena prevista en primera instancia y que ésta
tenga la calidad de efectiva.
Germán
Moreno Fuenzalida
Germán
Moreno Fuenzalida, casado, un hijo, dirigente de la salud y militante del Movimiento
de Izquierda Revolucionaria MIR, fue detenido por la DINA el 15 de julio de
1974, alrededor de las 18:30, luego que descendiera de un bus de pasajeros en
calle Independencia con Borgoño, a escasa distancia de su domicilio.
Fue
trasladado a Londres 38, recinto secreto de la DINA, desde donde, el 17 de julio, fue llevado a
su domicilio, lugar en el cual permaneció hasta las 20 horas, oportunidad en
que llegó a su casa su amigo Marcos Quiñones Lembach, quien también fue detenido. Ambos pertenecían a la misma
estructura partidaria, junto con Martín Elgueta Pinto y Máximo Gedda Ortiz, quienes también se encuentran en calidad de detenidos
desaparecidos. En esta visita obligada a su domicilio, Moreno Fuenzalida
alcanzó a dejar una nota dirigida a su cónyuge en la cual le explica que se
encuentra en poder de la DINA en calle Londres y que diera aviso a su madre y a
su trabajo de esta situación. Los dos militantes del MIR fueron trasladados a
Londres 38 desde donde desaparecen alrededor de la segunda quincena de agosto
de 1974.
De
su estadía forzosa en Londres 38 dan cuenta los testimonios de ex-detenidos de
la DINA y que permanecieron prisioneros en ese lugar. Cristián Esteban Van
Yurick Altamirano, detenido el 12 de julio de 1974 y trasladado al cuartel
señalado, expone en declaración jurada haberse percatado de la presencia de
numerosas personas detenidas, entre ellas, Germán Moreno Fuenzalida, sobre
quien no está seguro si lo vio en Londres 38 o en la pieza 13 de 4 Álamos;
también menciona a Máximo Gedda Ortiz y Martín Elgueta Pinto. Doña Nelly
Patricia Doris Barceló, médico, también expone en declaración jurada haber sido
detenida por la DINA en el mes de julio de 1974 y trasladada a Londres 38. Allí
vio a Marcos Quiñones Lembach, a quien conocía antes, del Hospital San Borja, y
quien cayó detenido junto a su amigo Germán Moreno Fuenzalida, cuyo nombre
escuchó en las listas que pasaban en el lugar. Doña Erika Cecilia Hennings
Cepeda, expone en diversos testimonios judiciales, y en declaración jurada,
haber sido detenida por la DINA el 31 de julio de 1974 y trasladada al recinto
de calle Londres. Allí vio a numerosos detenidos entre los cuales se encontraba
Germán Moreno y Marcos Quiñones, consignando el 18 de agosto de 1974 como la
fecha en que el primero de los nombrados desaparece de ese lugar junto a otros
5 prisioneros.
Su
familia realizó numerosas diligencias a fin de dar con su paradero, sin que
obtuviera resultado alguno. Salvo el hecho, que en las gestiones judiciales se
logró el reconocimiento de su detención. Efectivamente, el entonces Ministro
del Interior general Raúl Benavides Escobar, informó al Juez del 2do. Juzgado del Crimen que Germán
Rodolfo Moreno Fuenzalida permaneció detenido en 4 Álamos y que con fecha 5 de
agosto de 1974 fue dejado en libertad. Sin embargo, la víctima aún continúa
desaparecido y su familia desconoce la suerte que corrió en manos de la DINA.
Cabe
consignar que el nombre del compañero Moreno figura en las “Listas de los 119” u "Operación Colombo".
Gestiones
Judiciales y/o Administrativas
El
22 de noviembre de 1974, su familia interpuso una denuncia por detención ilegal
ante el Segundo Juzgado del Crimen de Santiago, en la cual se exponen las
circunstancias que rodearon su arresto. El 6 de enero de 1975, la Secretaria
Ejecutiva Nacional de Detenidos, SENDET, informó al tribunal que Germán Rodolfo
Moreno Fuenzalida permaneció detenido en el Campamento "Tres Álamos", en virtud del Decreto Exento N°248 y puesto en
libertad por Decreto Exento N°274, ambos emanados del Ministerio del Interior.
El informe del SENDET, no indica las fechas de los respectivos decretos. La
orden de Investigar diligenciada por Investigaciones e informada al Tribunal el
19 de febrero de 1975, expone haber entrevistado a la denunciante, doña
Patricia Isabel López Hidalgo, quien ratificó los términos de la denuncia,
agregando que concurrió en reiteradas oportunidades a 3 Álamos y que en todas
las veces le dijeron que su esposo no se encontraba detenido en ese lugar. El
informe de Investigaciones señala que en 3 Álamos fueron informados por el
señor Oficial de Guardia que el afectado no aparece registrado en las listas de
prisioneros. Asimismo, las averiguaciones realizadas en el SENDET no dieron
resultado alguno. Pese a la clara contradicción del informe de Investigaciones
y lo informado por el SENDET, el Tribunal no repara en ello.
El
28 de febrero, la denunciante hace presente al Tribunal, la contradicción entre
lo informado por el SENDET y la realidad, es decir, que desde que su cónyuge
fue detenido ella no lo ha vuelto a ver, por lo que no es efectivo que haya
sido puesto en libertad. Asimismo, solicita que se decreten una serie de
consultas a las autoridades, entre las que se encuentran el Ministerio del
Interior, SENDET, DINA, etc.
El
3 de abril, la Jefatura de Zona de Estado de Sitio de la Provincia de Santiago,
informó que el afectado no se encuentra detenido por organismos dependientes de
esa Jefatura. El 17 de julio de 1975, el Ministerio del Interior indicó al
Tribunal, que el requerido fue detenido en virtud del Decreto Exento N°248 y
que posteriormente, mediante Decreto Exento N°274 de fecha 5 de agosto de 1974,
fue dejado en libertad. El informe de esa Secretaría de Estado señala 4 Álamos
como recinto de detención. El 18 de julio, el SENDET emite un nuevo informe al
Tribunal que es idéntico al interior, pero agregando que no posee mayores
antecedentes. El 15 de septiembre, la Contraloría General de la República
señaló al Tribunal que ese servicio no registró el decreto de detención de
Germán Moreno Fuenzalida, por cuanto los decretos emitidos por el Ministerio
del Interior bajo la fórmula "por orden del Presidente de la
República" no están afectos al trámite de toma de razón de esa
Contraloría.
El
22 de enero de 1976, la Jueza doña Raquel Camposano Echegaray, sobreseyó
temporalmente la causa por no encontrarse justificado el delito denunciado. Sin
embargo, la Corte de Apelaciones de Santiago, el 7 de abril de 1976, rechazó
dicha resolución y ordenó reponer la causa a estado de sumario por considerar
que la investigación no se encontraba agotada.
El
26 de mayo, el Tribunal toma una nueva declaración a la denunciante, quien
ratificó que su esposo, luego de haber sido detenido, nunca llegó a su casa y
sigue sin saber nada de él. Agrega que una persona de apellido Arellano, que
trabaja en el Hospital San Borja, sección contabilidad, le había informado
haber visto a su marido en Buenos Aires, en donde habría muerto. En julio de
1976, comparece en la causa doña Elsa Magaly Arellano Quiroga, quien expone que
Germán Moreno Fuenzalida era compañero de trabajo y quien fue despedido el 10
de diciembre de 1973 al igual que toda la gente que tenía antecedente de haber
sido militante de un partido de izquierda. Agrega que es falso que ella haya
dicho que Germán se haya ido a Buenos Aires y no conoce persona alguna que haya
afirmado tal cosa.
El
31 de agosto de 1976, la Jueza nuevamente sobreseyó temporalmente el proceso
por no encontrarse justificado la existencia del delito investigado. Esta vez,
con fecha 14 de octubre de 1976, la Corte de Apelaciones aprobó la resolución
de sobreseimiento, a pesar que no hay constancia en el sumario que el Tribunal
haya solicitado al Ministerio del Interior la fecha de detención, organismo que
la practicó, copia del registro respectivo donde conste la libertad del
afectado y los cargos que se le hicieron para mantenerlo privado de libertad.
“No
habrá piedra ni mar que los proteja ni guarida ni caverna perdonada”
(Canción de Karaxu)
¡NI OLVIDO NI PERDON: VERDAD, JUSTICIA Y
MEMORIA!
¡SÓLO LA LUCHA Y LA UNIDAD NOS HARÁN LIBRES!
Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Septiembre 29 de 2016
No hay comentarios :
Publicar un comentario