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sábado, 18 de junio de 2016

JUSTICIA CHILENA SE AVIENE A CONDENAR A CRIMINALES DE LA DINA

Bastardas portadas de la época -1975

Mientras se afana en buscar formas para liberar a los ‘viejitos y enfermitos’ criminales de lesa humanidad presos en Punta Peuco, la Suprema se allanó a condenar a los ‘abuelitos’ Krassnoff, Espinoza y a otros especímenes

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva éste miércoles 15 en contra de seis agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de MODESTO ESPINOZA POZO y ROBERTO ARANDA ROMERO, detenidos desaparecidos desde el 22 y 23 de agosto de 1974, respectivamente, y víctimas de la denominada "Operación Colombo" o de “Las Listas de los 119”.

En fallo dividido (causa rol 12192-2015), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Carlos Cerda– acogió recurso de casación y elevó las penas dictadas por la Corte de Apelaciones de Santiago el 4 de agosto de 2014.

La Sala Penal elevó a 10 años y un día de presidio las penas que deberán cumplir, en calidad de autores de los secuestros, los ex agentes de la siniestra DINA: César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko; en tanto, Demóstenes Cárdenas Saavedra y Alejandro Astudillo Adonis deberán purgar, cada uno, dos penas de 3 años y un día de presidio, en calidad de cómplices de ambos delitos, y el agente Orlando Manzo Durán fue condenado a 5 años y un día de presidio por su responsabilidad, como autor, en el secuestro del compañero Aranda Romero.

En el aspecto civil, el máximo tribunal ratificó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar la suma total de $350.000.000 a familiares de las víctimas.



Compañero Modesto Espinoza Pozo
Recordemos que el compañero Modesto Segundo Espinoza Pozo, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria MIR, ex presidente de la Junta de Vecinos Villa Lo Arrieta y dirigente sindical de la Corporación de la Vivienda (CORVI), fue detenido alrededor de las 05:00 de la mañana del día 22 de agosto de 1974 en su domicilio ubicado en Villa Lo Arrieta, actual comuna de Peñalolén. Modesto era casado y tenía cinco hijos.

Hasta su vivienda llegó un grupo de militares con uniforme de color verde oliva y boinas negras, golpearon la puerta preguntando por el afectado ya que al parecer portaban un listado con nombres de personas de la población; luego de ello, entraron violentamente a la casa golpeando e insultando a la cónyuge de Modesto Espinoza. A éste, lo hicieron levantarse, vestirse y lo sacaron de la casa. Junto a otros pobladores detenidos, fue conducido hasta una cancha del sector.

Mientras tanto, su esposa y sus cinco hijos permanecieron en la casa custodiados por militares; uno de los niños que pudo salir a la calle vio que a su padre lo tenían en un camión y estaba amarrado. La esposa salió hacia la cancha, los militares dijeron que se llevaban a los detenidos a la Escuela Militar. Poco más tarde, ella logró ir hasta este lugar donde pudo ver a su esposo en el recinto militar. Al regresar a su casa, los militares estaban registrándola, provocando destrozos en el piso y enseres; ella fue nuevamente golpeada y amenazada. Los uniformados se retiraron alrededor del mediodía.

Al día siguiente, Modesto fue llevado por sus aprehensores hasta su hogar, se le veía con evidentes huellas de haber sido maltratado; de la casa retiraron dos fierros huecos que servían de soporte para una llave de agua y una planta, respectivamente.

La detención del afectado ocurrió dentro de un operativo realizado en el sector los días 22 y 23 de agosto de 1974 en el que actuaron miembros del Ejército, Fuerza Aérea, Carabineros, Investigaciones y agentes de seguridad, entre estos, Osvaldo Romo Mena, agente de la DINA, ex vecino de ese sector poblacional y conocido por sus actividades como dirigente político identificado con la Unidad Popular y dirigente vecinal, quien se hacía llamar "Comandante Raúl". En el operativo, éste chacal actuó vestido con uniforme de la Fuerza Aérea.

En julio de 1975, el nombre de Modesto apareció en un listado de 119 chilenos fallecidos en el extranjero, en supuestos enfrentamientos con fuerzas de seguridad y por rencillas entre ellos mismos. La noticia fue publicada por el diario "El Mercurio" el 25 de julio, reproduciendo información aparecida en el periódico "O’Día" de Brasil y en el semanario "Lea" de Argentina. Esta información nunca pudo ser confirmada por las autoridades de esos países ni por el gobierno chileno. Todos los nombres que figuraban en la nómina correspondían a personas que habían sido detenidas en Chile y permanecen hasta hoy en calidad de detenidos desaparecidos.

Hasta el día de hoy, los responsables del montaje mediático no han asumido su responsabilidad en uno de los episodios más vergonzosos del periodismo chileno.

En tanto, Roberto Enrique Aranda Romero era casado y tenía dos hijos. Militante del Partido Comunista, fue detenido en la madrugada del día 23 de agosto de 1974 en su domicilio, de la comuna de Ñuñoa, Santiago. Fue arrestado junto con un gran número de vecinos y como parte de un operativo similar al anterior, realizado por efectivos del Ejército, Fuerza Aérea, Carabineros, Investigaciones y Servicios de Seguridad en el sector denominado La Faena, ubicado en la actual comuna de Peñalolén. En el operativo desarrolló una activa participación el mismo Osvaldo Romo Mena o “guatón Romo", agente de la DINA, colaborando en la denuncia y detención de los pobladores a quienes conocía en su calidad de vecino y dirigente poblacional y político hasta el 11 de septiembre de 1973. En éste operativo igualmente actuó vestido con uniforme de la Fuerza Aérea.

De los detenidos en esa oportunidad, además de Roberto Aranda, permanecen hasta la fecha en calidad de desaparecidos: Stalin Arturo Aguilera Peñaloza, militante del Partido Comunista y Secretario Político del Comité Local de Ñuñoa; Manuel Filamir Cartes Lara, dirigente del PC y del Comité Sin Casa Manuel Rodríguez de Peñalolén; José Segundo Flores Rojas, militante del PC y Eduardo Fernando Zúñiga Zúñiga, dirigente del mismo partido.

*****

Por estos días arrecían las gestiones de la derecha, de la justicia oficial y de algunos pelotudos de la Nueva Mayoría por excarcelar a los criminales de DD.HH. que se encuentran detenidos con el argumento falaz que están ‘viejitos y enfermitos’ –como en el caso del desalmado Krassnoff Martchenko. La verdad sea dicha, es el Estado el que se debe hacerse cargo de ellos en el evento de presentar una situación de salud deplorable y/o debido a su edad, pero sí o sí sus crímenes deben pagarlos hasta el final de sus condenas en cárceles comunes –no tipo hoteles como Punta Peuco- porque corresponden a crímenes de lesa humanidad, los cuales no prescriben, no son amnistiables y no pueden ni deben sus hechores recibir ningún tipo de beneficio carcelario.

Lo anterior se ve refrendado habida consideración que aquellos condenados jamás han colaborado con las investigaciones sobre las atrocidades que cometieron durante la dictadura cívico-militar, a la vez que no han mostrado arrepentimiento alguno frente a las mismas.

Finalmente, ¿por qué la memoria de las víctimas, sus familiares y compañeros, la sociedad toda, debe aceptar que delincuentes inveterados y contumaces como Krassnoff, Ambler, Ovalle, Fuentes, Sesnic y otros ‘viejitos’ más salgan así como así de la cárcel, en circunstancias que a 71 años del fin de la 2ª Guerra Mundial el criminal de las SS Reinhold Hanning –de 94 años de edad y casi paralítico- deberá permanecer en una prisión? 

¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!

Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Junio 18 de 2016

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