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viernes, 5 de mayo de 2017

ACCIONES JUDICIALES POR SECUESTRO Y HOMICIDIO DE PRESOS POLITICOS EN 1973

Compañero Gregorio Mimica Argote

Por el terrible martirio cometido en la persona del dirigente estudiantil de la UTE, Gregorio Mimica, procesan a ex milicos; en tanto, por el homicidio de Gonzalo Hernández, cuyo delito fue haber ejercido de junior del intendente de Temuco, acusan a un ex paco

Los milicos se ensañaron con el compañero Gregorio Mimica

Por el secuestro calificado del compañero GREGORIO MIMICA ARGOTE, cometido el 14 de septiembre de 1973, la ministra en visita para causas por violaciones a los DD.HH. de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, dictó procesamiento como autores del delito a los ex miembros del ejército Fernando Polanco Gallardo, Pedro Rodríguez Bustos y Fredy Tornero Deramond.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, la ministra en visita dio por establecido los siguientes hechos:

“1° Que el día 14 de septiembre de 1973, alrededor de las 12:00 horas, una patrulla militar del Regimiento de Caballería N° 4 "Coraceros" de Viña del Mar, detuvo, sin derecho, en su domicilio, ubicado en calle San Ignacio N° 4.694 de la comuna de San Miguel, a Gregorio Mimica Argote, de 22 años, estudiante de Ingeniería de Ejecución Mecánica en la Universidad Técnica del Estado (UTE), presidente del Centro de Alumnos de Ingeniería de Ejecución y militante del Partido Comunista, quien recién había recuperado su libertad, tras haber permanecido detenido, junto a otros compañeros y profesores de la Universidad Técnica del Estado, en el Estadio Chile.

“2° Que, acto seguido, Mimica Argote fue trasladado a dependencias de la Escuela de Artes y Oficios de la Universidad Técnica del Estado, lugar en que se le mantuvo encerrado, sin derecho, siendo interrogado en una sala de clases y sometido a malos tratos físicos por parte de militares del Regimiento de Artillería Motorizado N° 2 "Arica" de la ciudad de La Serena, a cargo del mayor Marcelo Luis Manuel Moren Brito -actualmente fallecido- y de los capitanes Fernando Guillermo Santiago Polanco Gallardo y Daniel Alfredo Verdugo Gómez –también fallecido-.

“3° Que ante la resistencia de Gregorio Mimica Argote, en cuanto a señalar el lugar en que supuestamente los estudiantes ocultaban armas de fuego, el mayor Moren Brito dispuso su ejecución, ordenando al subteniente Pedro Andrés Rodríguez Bustos que colocara un trozo de género en su pecho y al subteniente Fredy Alejandro Tornero Deramond que vendara sus ojos.

“4° Que, a continuación, el mayor Moren Brito, a viva voz, ordenó disparar a los oficiales que lo acompañaban, esto es, el capitán Fernando Guillermo Santiago Polanco Gallardo, el capitán Daniel Alfredo Verdugo Gómez –fallecido-, el teniente Jaime Fernando del Villar Chaigneau –fallecido- y el subteniente Pedro Andrés Rodríguez Bustos, lo que hicieron, encontrándose Mimica Argote sentado, atado de pies y manos, frente a ellos, al recibir los impactos que entraron por la zona anterior de su cuerpo.

“5° Que Gregorio Mimica Argote falleció a causa de un shock hemorrágico, causado por un politraumatismo por proyectiles balísticos que lo impactaron en la mandíbula, clavícula derecha, 6°, 7°, 10° y 11° vértebras torácicas, 8° y 9° costilla derecha y 9° costilla izquierda, siendo su cadáver posteriormente introducido en uno de los hornos de metalurgia de dicha casa de estudios.

“6° Que Gregorio Mimica Argote tuvo el estatus de "Detenido Desaparecido" hasta que, el año 1991, sus restos fueron encontrados en la tumba N° 2699 del patio 29 del Cementerio General –desconociéndose las circunstancias en que el cuerpo fue inhumado en dicho lugar-, siendo identificado fehacientemente, sólo el año 2011, mediante análisis de ADN mitocondrial.”

El junior del intendente Lobos murió porque en los diarios que recubrían su mediagua decía “MIR”

Por el delito de homicidio calificado de GONZALO HERNÁNDEZ MORALES, perpetrado en Temuco, el día 24 de septiembre de 1973, el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los DD.HH. de las Cortes de Apelaciones de Temuco, Valdivia y Puerto Montt, Álvaro Mesa Latorre, acusó al ex carabinero y activo asesino Omar Burgos Dejean como autor del mismo.

Luego de la investigación (condensada en la causa Rol 114.043), el ministro Álvaro Mesa pudo establecer:

“A.- Que Gonzalo Hernández Morales, casado, junior del entonces intendente Gastón Lobos Barrientos, en la sede del Partido Radical  ubicado en calle Montt de Temuco, fue detenido por primera vez el 20 de septiembre de 1973, alrededor de las 23:00 horas por unos veinte efectivos de Carabineros de la Segunda Comisaría de Temuco movilizados en un furgón de la institución, en circunstancias que se encontraba en su domicilio ubicado en el Pasaje Tres de la Población Porvenir de Temuco.

“B.- Que los Carabineros que llegaron a detenerlo rodearon el inmueble en el que vivía, que a la sazón era tan solo una mediagua, la que estaba forrada con papeles de diario para evitar el frío. Estos no exhibieron orden alguna de Tribunal o autoridad que autorizara su detención. A la víctima la colocaron contra la pared y a su cónyuge de pie en un rincón con la hija de ambos de un año de edad.

“C.- Que hubo un funcionario de dicha institución que daba las órdenes, el cual era alto, delgado, de bigotes y vestía casaca verde institucional, quien indicó que registraran toda la media agua en busca de armas, momento en el cual otro de los uniformados que registraba la casa se dio cuenta de que en una de las hojas de los diarios que estaban pegados a la pared estaba escrita la palabra MIR, razón por la cual se llevaron detenido a Gonzalo Hernández Morales.

“D.-  Que éste fue trasladado al recinto de la Segunda Comisaría de Carabineros de Chile de Temuco, lugar al cual en horas de la mañana del día  siguiente, su cónyuge, doña Herminda Márquez Quijón, le llevó frazadas, alimentos y un termo amarillo que había conseguido prestado de una vecina.

“E.- Que permaneció en la Segunda Comisaría hasta el 23 de septiembre de 1973, día en el que fue dejado en libertad, llegando a su casa con visibles huellas de haber sido violentamente golpeado y maltratado, pues tenía su boca hinchada y rota, sus testículos lesionados y moreteados, lo que le dificultaba caminar, manifestándole a su mujer que lo habían interrogado brutalmente y que le exigían que debía reconocer que pertenecía al MIR, lo cual negó en todo momento. En ese instante, y como su cónyuge le llevó los artículos señalados en la letra D) precedente, le consultó por dichas especies debido a que tenía que devolverlas, respondió que habían quedado en la comisaría, por lo que la víctima junto a su madre y mujer vuelven a ésta. Al llegar, el carabinero que se encontraba de guardia en la puerta de acceso le indicó a Gonzalo Hernández Morales que en ese preciso momento lo irían a buscar nuevamente ya que faltaban algunas declaraciones, por lo que quedó nuevamente detenido, mientras que a su mujer le devolvieron el termo y las frazadas, para luego retirarse a su domicilio.

“F.- Que al día siguiente su cónyuge junto a la madre de la víctima se presentaron alrededor de las 10:30 h. en la Segunda Comisaría de Carabineros de Temuco para saber de su esposo, lugar en el cual le informan que había quedado en libertad.

“G.- Que el carabinero Carlos Jara Mendoza, quien para septiembre de 1973 se encontraba cumpliendo funciones en la Segunda Comisaría de Carabineros de Chile en Temuco, recuerda a un detenido que permaneció varios días en esta condición en el cuartel, con el que conversó y al que, además, le recibió un termo amarillo a su esposa en la sala de guardia. A ésta persona, él en conjunto con un carabinero apodado "El Curita", de grado sargento, deciden el día 23 de septiembre de 1973 darle la libertad pasadas las 08:00 h., ya que habían pasado más de 24 h. detenido como sospechoso, lo que conllevaba una irregularidad en su permanencia en el cuartel. Como a la media hora de habérsele otorgado la libertad llega a la sala de guardia un carabinero de grado cabo de nombre Alcaño Sáez (fallecido) quien consulta por el detenido, enterándose que había sido puesto en libertad, razón por la que se ofuscó  y señaló que daría cuenta a un tal Comandante Aguilera, ya que temía que la persona liberada le prendiera fuego a su casa; Sáez se retira del lugar, luego de lo cual el comandante da la orden de detenerlo nuevamente, y justo en ese momento regresaba la víctima con sus familiares a buscar el termo a la Comisaría nombrada, por lo que se ingresó nuevamente al calabozo.

“H.- Que el mismo funcionario Jara Mendoza indicó que ese mismo día 23 de septiembre de 1973, y en horas de la tarde el tal comandante Aguilera baja a la guardia y ordena al suboficial "El Curita" que al detenido había que sacarlo a las 02:00 h. aproximadamente con la finalidad de eliminarlo o hacerlo desaparecer. El caso es que a la hora señalada personal del servicio de noche saca al detenido y lo suben al furgón institucional de colores blanco con negro y lo llevan con destino desconocido, siendo esta la última vez que lo ve con vida.

“I.-  Que asimismo Jara Mendoza señaló que a la hora después llega el furgón policial con el personal y detrás de ellos llega un carabinero conocido como "El Peje",  de nombre Omar Burgos Dejean, quien comenta a viva voz en la sala de guardia a todos los presentes, que los carabineros no habían sido capaces de eliminar al detenido y que él había tenido que intervenir en el procedimiento y dispararle varios tiros con el fusil SIG en el Puente Cautín (Puente Nuevo).”

¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!


Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Mayo 5 de 2017

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