Uno, Carlos Oviedo, es nada menos que hermano del actual jefe del ejército, Humberto, mientras que el otro sujeto, Carlos Minoletti, fue un activo homicida de la funesta “Caravana de la Muerte”
Prisión
preventiva para ex general encubridor del asesinato de Waldo Rivera Concha
En calidad de encubridor del homicidio
simple de WALDO RIVERA CONCHA, ilícito perpetrado el 30 de abril de 1974, en la ciudad
de Temuco, la Corte de Apelaciones local rechazó éste jueves 6 el recurso de
apelación y confirmó la resolución dictada por el ministro en visita
extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos Álvaro Mesa
Latorre, quien sometió a proceso y decretó la prisión preventiva del que fuera general
de ejército durante la dictadura cívico-militar, Carlos Oviedo Arriagada, sujeto que es hermano del actual
comandante de esa rama, Humberto,
nominado en tal cargo por el empresario ex presidente Piñera en marzo de 2014.
En
fallo unánime (causa rol 58-2017), la Segunda Sala del tribunal de alzada no dio lugar al
recurso por existir diligencias pendientes solicitadas por la abogada Carolina
Contreras, del Programa de DDHH.
Tras
escuchar a los intervinientes, el tribunal de alzada resolvió que: "(…)
teniendo únicamente presente que existen diligencias pendientes que requieren
de la presencia del procesado, SE CONFIRMA en lo apelado, la resolución de
fecha treinta de marzo de dos mil diecisiete, escrita a fojas ochocientos
dieciocho y siguientes de estos autos, en cuanto se resolvió no conceder la
libertad provisional y ordenar el ingreso en prisión preventiva del encartado
CARLOS EDUARDO OVIEDO ARRIAGADA".
El
30 de marzo recién pasado, el ministro instructor Álvaro Mesa (causa rol
114.000), sometió a proceso a Juan Carlos Millañir Ñancucheo como autor, a
Mario Emiliano Alvarado Verdugo y Carlos Oviedo Arriagada como encubridores del
delito de homicidio simple de Waldo Rivera Concha y decretó su ingreso en
prisión preventiva al destacamento de
Montaña N° 8 Tucapel de Temuco.
En
la etapa de investigación, el ministro Mesa logró establecer que "el 30 de
abril de 1974, según certificado de defunción, fue muerto por efectivos
militares de la compañía Andina del Regimiento Tucapel de Temuco, Waldo Rivera
Concha, de 33 años, casado, padre de 5 hijos y funcionario de la empresa de
obras sanitarias de Temuco, sin militancia política conocida".
"(…)
esa noche, aproximadamente a las 01:00 de la madrugada, una de las patrullas
militares cuya integración se conformaba por miembros de la compañía Andina,
del Regimiento Tucapel de Temuco, se encontraba de punto fijo en la ciudad;
apostada frente a la línea férrea entre las intersecciones de las calles San
Martín y Cruz aproximadamente, en las cercanías de la fábrica de cecinas
Rendell. Que dicha labor la realizaba un conscripto junto a sus compañeros
Armando Millaqueo (fallecido) y Mario Elgueta, cuando divisó a una persona que
caminaba a paso firme por la línea de ferrocarriles, en dirección hacia ellos;
Que
ante tal situación, procedió a pasar bala a su fusil SIG, al mismo instante en
que le manifestaba a Waldo Rivera Concha que se detuviera. Que al no obedecer
este la voz de alto, el aludido conscripto presiona el gatillo de su arma y le
dispara directamente al cuerpo del occiso;
Inmediatamente
de ocurridos los hechos descritos precedentemente, el grupo de soldados se
acercó al cuerpo de la víctima, pudiendo constatar en ese instante su
fallecimiento. Que en este contexto, don Felidor Pasmiño Ortiz, funcionario del
matadero municipal de Temuco, aquella noche se encontraba en su lugar de
trabajo, el cual estaba ubicado en las cercanías de lo ocurrido; momento en que
es alertado de la presencia de una persona muerta a la altura de la línea
férrea entre las calles Cruz con San Martín;
Que
tras concurrir al lugar, procedió a mover la cabeza de la víctima, percatándose
en ese momento que aquella se trataba de Waldo Rivera Concha, a quien conocía
dado que este último era funcionario de obras sanitarias, empresa que estaba
ubicada en las cercanías del Matadero Municipal. Además; se pudo percatar que
su cuerpo presentaba impactos de bala a la altura del estómago y que en el
lugar, se encontraba una patrulla Militar, compuesta por efectivos armados,
todos pertenecientes al Regimiento Tucapel de Temuco. Posteriormente, una
patrulla, a cargo de un teniente de la misma compañía, coordina con el
Regimiento a fin de que se acercara un camión a efectos de levantar el cadáver
para trasladarlo al hospital Regional;
El
3 de mayo de 1974 y tras una infructuosa búsqueda a fin de recabar antecedentes
sobre el paradero de su esposo, doña Elsa Ramona Altamirano Pereda, se dirigió
junto a su cuñado hasta el instituto Médico Legal de esta ciudad, lugar donde
se percató de la presencia de diferentes especies de propiedad de su esposo,
siendo informada que el dueño de aquellas había sido sepultado por orden
judicial, junto a otras personas. La señora Altamirano se dirigió
inmediatamente hasta el 1° Juzgado del Crimen de Temuco, lugar donde
voluntariamente presentó declaración en causa rol 47.264 expresando que el
cadáver del desconocido encontrado el día 30 de abril frente a la calle San
Martín de la ciudad de Temuco, pudiera corresponder al de su esposo; razón por
la cual el tribunal ordenó la exhumación del cadáver; pudiendo constatar en
aquella diligencia, llevada a cabo el 10 de mayo de aquel año, que aquel
cadáver correspondía efectivamente al de su cónyuge".
Por la
desaparición de Leopoldo García Lucero procesan a milico que participó en crímenes de la
Caravana de la Muerte
Por
su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de LEOPOLDO GARCÍA LUCERO, quien fue detenido en Santiago en
septiembre de 1973, y pasó, entre otros, por el Estadio Nacional y el campo de
prisioneros de Chacabuco, en la Región de Antofagasta, el ministro en visita
extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte
de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, procesó al oficial de ejército en
retiro Carlos Minoletti Arriagada, por su responsabilidad en tal ilícito.
En
la resolución (causa rol 1261-2011), el ministro Carroza encausó a Minoletti Arriagada como
autor del delito de privación de libertad del martirizado García Lucero, quien estuvo detenido
hasta junio de 1975, periodo durante el cual fue sometido a diversas torturas y
vejámenes.
En
la etapa de investigación, el ministro en visita logró establecer los
siguientes hechos:
"Leopoldo
García Lucero fue detenido sin justificación legal en el centro de Santiago, en
calle Ahumada, el día 16 de septiembre de 1973, por personal de Carabineros de
Chile de la Primera Comisaría de Santiago, motivado por su militancia en el
Partido Socialista y participación política en acciones de respaldo al gobierno
del Presidente Salvador Allende. Aprendido se le trasladó a la unidad policial
donde fue sometido a durante dos días a sesiones de torturas, tratos vejatorios
e interrogatorios cuya finalidad era obtener de él información respecto de
otros simpatizantes o líderes del gobierno de la Unidad Popular, bajo amenazas
de causarle a él o a miembros de su familia, la muerte. En este lugar no pudo
identificar a sus torturadores, por mantenerlo todo el tiempo vendado y/o
encapuchado;
Posteriormente,
fue trasladado al Estadio Nacional, lugar de detención en que permaneció sin
orden judicial que lo autorizara y donde nuevamente fue sometido a sesiones de
tortura e interrogatorio, que se intensificaron por el empleo de castigos
físicos, fuerte golpes en la cabeza, puñetazos, aplicación de descargas
eléctricas, malos tratos psicológicos, etc., que le causaron entre otros la
pérdidas de piezas dentales, fractura de su brazo y problemas de salud que se
extienden hasta la actualidad, sin que tampoco pudiera identificar a quienes se
las provocaron;
Al
cerrarse el lugar, fue llevado en el mes de diciembre de 1973 hasta el Campo de Concentración de Prisioneros de Chacabuco, en Antofagasta, donde los
malos tratos y torturas continuaron, por los 13 meses que permaneció en el
lugar. A diferencia de los anteriores, si pudo identificar a uno de los
encargados, un oficial de Ejército, que de acuerdo a varios sistemas de turnos
que existieron en el Campo de Concentración, se encontraba a cargo de la
seguridad, custodia, integridad y cuidado de los detenidos. Pasado el periodo
de detención arbitrarias en este lugar, fue llevado al campo de prisioneros de Ritoque, donde estuvo encerrado cerca de un mes, bajo un estricto
régimen y constantes amenazas de muertes, para finalmente ser trasladado al
igual que en las otras ocasiones, sin aviso, a Tres Álamos, en Santiago, donde permaneció cerca de tres meses hasta su
expulsión el día 12 de junio de 1975 hacia el Reino Unido donde permanece hasta
la actualidad con su familia".
La
investigación por el secuestro y torturas a Leopoldo García Lucero se inició en
2011, luego de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenara al
Estado de Chile por denegación de justicia.
Importante
es recordar que, en octubre de 1973, los oficiales y suboficiales que
cometieron los alevosos crímenes de la “Caravana de la Muerte”, quienes obedecían órdenes directas del extinto Sergio
Arellano Stark, quien a su vez contaba con una autorización expedita del chacal
Augusto Pinochet, dejaron en Calama, de acuerdo a las investigaciones, un saldo
de 26 prisioneros políticos vilmente ejecutados, cuyos cuerpos en primera
instancia fueron inhumados ilegalmente y luego, en 1976, desenterrados y
arrojados al mar.
Fue
el entonces capitán Carlos Minoletti Arriagada el encargado de elegir los
fusileros y ejecutar los fusilamientos. También, existen testimonios de que
este criminal procedió a dar los tiros de gracia a los prisioneros ejecutados.
Posteriormente, fue el quien participó en los entierros de los cuerpos en fosas
clandestinas y después, a fines del año 76, tuvo la misión de ubicar las fosas
para desenterrarlos, subirlos a un avión de la Fach en el aeródromo local para
luego arrojarlos al mar.
Entre
los criminales culpables de estos crímenes se encuentran además de Carlos
Minoletti Arraigada, el coronel en retiro, Eugenio Rivera Desgroux, comandante
del regimiento de Calama al tiempo de la caravana; el brigadier en retiro
Carlos Lange Fonfurstenberg, el coronel en retiro, Víctor Santander Véliz, y el
suboficial en retiro Gerónimo Rojo Rojo.
Cuando
Carlos Minoletti Arraigada fue el oficial de seguridad del Campamento de
Prisioneros de Chacabuco, estando encargado de dar la "Bienvenida" a
presos políticos que fueron trasladados hasta ese lugar, en noviembre de 1973, ciertas
fueron sus palabras cuando amenazó a los prisioneros diciéndoles que, "El
desierto quiere sangre". Hasta ese momento, ningún prisionero sabía que
Minoletti Arriagada había regado la aridez del desierto de Atacama con la
sangre de 26 personas en Calama.
¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y
Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!
Colectivo
Acción Directa CAD –Chile
Abril 8 de 2017
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