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domingo, 17 de septiembre de 2017

BARATO LES SALIO A EXPELAOS DESAPARICION DE OBRERO EN 1973 Y ESO QUE NINGUNO DE ELLOS DIJO NADA POR 40 AÑOS

El ejecutado y desaparecido
Arturo Navarrete Leiva

Los hechos ocurrieron en Temuco, en octubre de 1973. Corte temucana rebajó penas por la detención y desaparición forzada de Arturo Navarrete Leiva a 6 exconscriptos del ejército, pero ninguno se dignó a contar por 4 décadas quien les había dado la orden de asesinar y hacer desaparecer en las aguas del río Cautín el cuerpo del entonces obrero de FF. del E.

El trabajador de Ferrocarriles del Estado ARTURO ALEJANDRO NAVARRETE LEIVA, soltero, 21 años a la fecha de la detención, fue detenido el 11 de octubre de 1973 alrededor de las 20:45 horas, en calle Basilio Urrutia frente a la fuente de soda "Diana", de la ciudad de Temuco. Su arresto fue presenciado por numerosos testigos que vieron como los militares lo subieron junto a otra persona al vehículo en que se movilizaban, siendo trasladado con destino desconocido. Al día siguiente de los hechos, su madre Magdalena Leiva Fritis, informada por uno de los testigos de la aprehensión, concurrió a los consabidos centros de detención posgolpe: el Regimiento N° 8 Tucapel, la base aérea Maquehua de la FACH y la Cárcel Pública de la ciudad, siendo informada en todos estos lugares que su hijo no se encontraba en los registros de detenidos. Todas las diligencias posteriores realizadas por su familia para conocer la suerte corrida por Arturo Navarrete no dieron resultado alguno.

viernes, 21 de abril de 2017

TORTURADOR LABBE SE QUEDA DETENIDO TRAS SERLE DENEGADO RECURSO DE AMPARO


Tribunal temuquense no vaciló en rechazar –de forma unánime- tal beneficio a un preclaro torturador. En tanto, un grupúsculo de derechistas y nostálgicos de la dictadura cívico-militar se manifestó exigiendo “un justo trato” para los ex milicos presos, mismo que estos no observaron para tant@s prisioner@s polític@s indefensos cuando se adueñaran del poder

Este viernes 21, la Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa del ex DINA y guardaespaldas del chacal Pinochet Cristián Labbé Galilea en contra de la resolución dictada por el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los DD.HH. de las Cortes de Apelaciones de Temuco, Valdivia y Puerto Montt, Álvaro Mesa Latorre, quien sometió a proceso al sicario como autor de los delitos de aplicación de torturas a: Harry Edward Cohen Vera, Jaime Rozas González, Bernardo Santibáñez Álvarez y Juan Horacio Rosales Quintana. Tal ilícito fue perpetrado en la ciudad de Panguipulli, en noviembre de 1973.

En fallo unánime (causa rol 54-2017), la Segunda Sala del tribunal de alzada ratificó sin dudar la resolución apelada, que rechazó la acción cautelar y ordenó el ingreso del esbirro Labbé Galilea, en calidad de procesado en libre plática, al ex centro de muerte y tortura regimiento N° 8 Tucapel de Temuco, decretado por el ministro instructor el pasado 13 de abril.

sábado, 8 de abril de 2017

DOS EX OFICIALES DE EJERCITO PROCESADOS POR CRIMENES BAJO DICTADURA


Uno, Carlos Oviedo, es nada menos que hermano del actual jefe del ejército, Humberto, mientras que el otro sujeto, Carlos Minoletti, fue un activo homicida de la funesta “Caravana de la Muerte”

Prisión preventiva para ex general encubridor del asesinato de Waldo Rivera Concha

En calidad de encubridor del homicidio simple de WALDO RIVERA CONCHA, ilícito perpetrado el 30 de abril de 1974, en la ciudad de Temuco, la Corte de Apelaciones local rechazó éste jueves 6 el recurso de apelación y confirmó la resolución dictada por el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos Álvaro Mesa Latorre, quien sometió a proceso y decretó la prisión preventiva del que fuera general de ejército durante la dictadura cívico-militar, Carlos Oviedo Arriagada, sujeto que es hermano del actual comandante de esa rama, Humberto, nominado en tal cargo por el empresario ex presidente Piñera en marzo de 2014.

En fallo unánime (causa rol 58-2017), la Segunda Sala del tribunal de alzada no dio lugar al recurso por existir diligencias pendientes solicitadas por la abogada Carolina Contreras, del Programa de DDHH.

Tras escuchar a los intervinientes, el tribunal de alzada resolvió que: "(…) teniendo únicamente presente que existen diligencias pendientes que requieren de la presencia del procesado, SE CONFIRMA en lo apelado, la resolución de fecha treinta de marzo de dos mil diecisiete, escrita a fojas ochocientos dieciocho y siguientes de estos autos, en cuanto se resolvió no conceder la libertad provisional y ordenar el ingreso en prisión preventiva del encartado CARLOS EDUARDO OVIEDO ARRIAGADA".

jueves, 24 de noviembre de 2016

POR DESAPARICION DE 2 HERMANOS DE CUNCO EN 1973 CONDENAN A EX CARABINEROS


De los 12 pacos condenados, 8 se van para dentro y 4 quedan con libertad vigilada. Ninguno de los muy miserables fue capaz de revelar el sitio adonde llevaron a los malogrados hermanos Osvaldo y Gardenio Sepúlveda Torres, obreros agrícolas de la localidad de Los Laureles, comuna de Cunco, IX Región, cuyo crimen había sido apoyar al gobierno popular y la reforma agraria  

Por los secuestros calificados de los hermanos OSVALDO y GARDENIO SEPÚLVEDA TORRES, perpetrados en la comuna de Cunco, a partir del 20 de septiembre de 1973, el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa Latorre, condenó a 12 carabineros en retiro.

Gardenio Sepúlveda Torres, contaba 35 años a la fecha de su detención, era soltero y se desempeñaba como obrero agrícola. Su hermano menor, Osvaldo, contaba 30 años a la misma fecha, era casado y también se dedicaba a labores agrícolas.

En la causa Rol 114.001, el magistrado condenó a: RAMON CALFULIPI MARTÍNEZ, GAMALIEL SOTO SEGURA, GIRLONDY CHABOUTY PINILLA, SATURNINO SAN MARTÍN BUSTOS, ROLANDO ALFREDO CEA REYES, BLAS CALDERON PAINEQUIR, CARLOS EUGENIO MONTENEGRO GRANDÓN y PAUL VICENTE PINILLA VIDAL, a la pena efectiva de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, como cómplices del secuestro calificado de los hermanos Sepúlveda Torres.