“Rebajan la cadena perpetua de Mauricio
Hernández Norambuena, el ‘Comandante Ramiro’"
El ex integrante del FPMR enfrenta dos
cadenas perpetuas en Chile por el crimen de Jaime Guzmán y el secuestro de Cristián
Edwards. Desde 2002 cumple condena en Brasil por otro secuestro y busca ser
extraditado
En El
Mostrador –public. 13/12/16
El juez Mario
Carroza confirmó la rebaja de la condena a cadena perpetua para Mauricio
Hernández Norambuena, integrante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, (FPMR)
que en Chile estuvo implicado en el asesinato de Jaime Guzmán y el secuestro de
Cristián Edwards, hijo del dueño de El Mercurio. Ambos hechos ocurridos luego
del regreso a la democracia.
Por
ambos ilícitos, Hernández Norambuena estaba sentenciado a presidio perpetuo
simple. De esta forma, el ministro Carroza consideró que cumplía con los
requisitos legales para acceder al beneficio de la rebaja, la cual pasará a ser
de 15 años y un día por cada delito.
Hernández,
quien en el FPMR actuaba con el nombre político de "Comandante
Ramiro", cumple desde 2002 una condena de 30 años de cárcel en Brasil por
el secuestro del empresario Washington Olivetto. Al estar condenado a cadena
perpetua en Chile, su extradición era casi imposible. La razón es porque una de
las condiciones de las autoridades brasileñas para acceder a una eventual
extradición tiene que ver con que "Ramiro" no estuviera condenado a
más de 30 años de cárcel, pues en ese país esa es la pena máxima que contempla
la justicia.
"Se
genera un escenario más favorable para que se proceda a la extradición de
Mauricio Hernández en atención es que la
condición que ponía Brasil es que las penas que se aplicaran en Chile no fueran
superiores a 30 años. Pero se genera una situación un poco controvertida, en el
sentido que hay dos penas de 15 años y un día. Eso en la sumatoria, supera los
30 años, entonces podría transformarse en un obstáculo para la extradición",
dijo a El Mostrador su abogado Alberto Espinoza.
Por
su parte, el juez Carroza, explicó su decisión a partir de que "Se
estableció que el tiempo correspondía, se estableció que las exigencias que
pide la norma, también se daban y la única dificultad y lo que pedían los
querellantes, era que él había cometido un delito en otro lugar en el tiempo
que había transcurrido. Pero ese hecho, en su aplicación acá en el país, no ha
cumplido con las exigencias para que esa condena sea considerada válida",
explicó.
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