Tribunal absolvió a cinco acusados de ‘armar
y portar molotov’ por considerar que las pruebas del ministerio no servían ni para
una amonestación verbal. Dichas pruebas, aportadas por la ANI, se trataban,
entre otras, de llamadas telefónicas del tipo: “Te invito a tomar once”
Absueltos de toda culpa quedaron ayer cuatro
estudiantes y un profesor universitarios de los cargos de fabricación y porte
de bombas molotov, esto por parte del Tribunal Oral de Concepción. Así lo
informaron los jueces, que tras cuatro días de audiencias desecharon por
unanimidad los antecedentes aportados por el fiscal Carlos Palma, entre ellos
escuchas telefónicas e incluso imágenes de cámaras de seguridad, en las cuales,
supuestamente, los imputados aparecían concertándose para generar desórdenes
públicos mediante el uso de bombas molotov durante las manifestaciones
estudiantiles del año 2013.
Las
pruebas, se indicó en el veredicto, no lograron convencer al tribunal. Y era
que no, si consideramos que aparte de las invitaciones a comer, en algunas de
las imágenes se insistía en el uso de determinadas zapatillas para asegurar que
algunos de los acusados habían estado en ciertos lugares (¿?), como si ellas fuesen
un artículo muy exclusivo.
Los
abogados defensores de los cuatro universitarios y del profesor de Antropología
de la Universidad de Concepción aplaudieron el veredicto, destacando que no
había logrado ser derribada la presunción de inocencia. Esto cobra importancia
si atendemos a que los acusados arriesgaban hasta 5 años y un día de cárcel por
las elucubraciones del ministerio y la Agencia Nacional de ‘Inteligencia’
(ANI).
De
hecho, la investigación del ministerio público se inició con los antecedentes
entregados por dicha agencia, comprobándose en el juicio el poco peso que
tenían, subrayó el defensor penal Juan Ignacio Lafontaine, quien representó a
los cuatro estudiantes acusados.
En
el transcurso de esta atolondrada investigación ha quedado en claro el hecho
que la ANI[1] se
encuentra efectuando un ilegal e ilegítimo trabajo operativo. Ello, pues el
organismo sucesor de la ‘Oficina’ recabó información a partir de la intercepción
de medios electrónicos de comunicación; realizó seguimiento de los acusados y
conocidos de estos; en al menos dos ocasiones efectuó un seguimiento
demostrativo a sendos imputados; alteró imágenes en que supuestamente aparecían
los acusados, etc.
Tal
situación represiva y de vigilancia extralegal no debe ser pasada por alto por
los activos democráticos y requiere ser difundida, además de convertirse en una
demanda del movimiento popular el que se detenga el accionar de la ANI[2], un
organismo que no tiene nada que hacer en lo que los de arriba cacarean que es
una democracia madura.
¡SÓLO LA LUCHA Y LA UNIDAD NOS HARÁN LIBRES!
Colectivo Acción Directa 8ª - Chile
Junio 6 de 2015
No hay comentarios :
Publicar un comentario