PERO, COMO GENDAMERÍA DICE QUE LA CARCEL TOP PARA CRIMINALES DE
LESA HUMANIDAD ESTÁ REPLETA, RESULTA QUE LOS EX UNIFORMADOS CONDENADOS Y REMATADOS
POR ASESINAR A TRES MIRISTAS EN QUEBRADA HONDA, TOMÉ, ¡AUN ANDAN LIBRES!.
POR SU PARTE, FUNCIONARIOS DE GENDARMERIA HAN DICHO QUE ESA
INFORMACIÓN SOBRE UN EXCESO DE DELINCUENTES EX UNIFORMADOS Y
CIVILES NO ES
VERAZ.
El penal Punta Peuco colapsó (supuestamente
tiene un grado de hacinamiento del 40%) y no puede recibir más condenados por
violaciones de derechos humanos. Así no más lo reveló en Concepción el ministro
de la Corte de Apelaciones penquista, Carlos Aldana[1], quien
este viernes debía notificar a dos ex miembros de la Armada por el crimen de
tres integrantes del MIR en los días posteriores al Golpe de 1973. El mismo
magistrado había condenado a tales homicidas, en primera instancia, en agosto
del año pasado[2].
Gendarmería
le respondió al ministro en visita que padecía de “hacinamiento” en la cárcel-hotel
Punta Peuco para miembros de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, al ser consultada
por la disponibilidad para dos condenados que este viernes debían ser
notificados de sendas penas de 10 años y 1 día de presidio. Pues bien, la
respuesta negativa se basó en que existiría un exceso de población penal cercano
al 40% en Punta Peuco. No obstante, se sabe que el superávit real es de 31%,[3] pero con
espacios originales que respetan las Leyes de Ginebra, de 3x3 mt por preso. En
cambio, en la Penitenciaria de Santiago sí que existe hacinamiento, pues la
Asociación de Funcionarios Penitenciarios informa que allí existe un exceso de
internos de nada menos que un ¡600%!, sin ningún miramiento por la referida
legalidad internacional.
Los
ex miembros de la Armada condenados y que deben estar tras las rejas son Bernardo
Daza Navarro y Juan Maldonado Sanhueza, que debían comenzar este viernes a cumplir
su condena, tras ser ratificada a fines de diciembre por la Corte Suprema[4]. Además,
en la causa se acreditó la participación del soldado primero en retiro Patricio
Salamanca Marín, de 60 años, pero fue condenado a cinco años de libertad
vigilada.
Ante
la respuesta negativa de Gendarmería sobre la situación en Punta Peuco, el
ministro Carlos Aldana fue más bien práctico y dispuso que los condenados por los
homicidios en el llamado caso Quebrada Honda -una vez notificados- debían ingresar
a la cárcel penquista de El Manzano. Pero, resulta que los criminales no
comparecieron y ante ello, el ministro despachó de inmediato una orden de
detención para su traslado a la Corte de Apelaciones de Concepción y el
posterior ingreso al Manzano. Después trascendería que los evasores no se
presentarán hasta que se les asegure que irán a pagar sus penas a Punta Peuco y
a ningún otro lado, como si algún delincuente tan peligroso y contumaz como ellos pudiese
elegir donde cumplir su pena.
De
acuerdo a la investigación que sustanciara el ministro en visita Aldana, se
lograron acreditar los siguientes hechos respeto del vil asesinato a mansalva
de los compañeros miristas Tránsito Cabrera Ortiz, Miguel Catalán Febrero y
Héctor Lepe Moraga[5]:
"Que
alrededor de las 18:00 horas del 9 de octubre de 1973, una patrulla naval
comandada por un Oficial e integrada por 4 a 6 cabos de Infantería de Marina
del DIM Aldea de Talcahuano, llegaron en un camión de la Armada a la Cárcel de
Tomé y sin orden legal competente, procedieron a sacar de dicho Centro de
Reclusión a Tránsito del Carmen Cabrera Ortiz, Miguel Ángel Catalán Febrero y
Héctor Manuel Lepe Moraga, quienes habían sido condenados días antes a penas de
presidio de 45 años, 23 años y 10 años, respectivamente, en juicio sumarísimo
por el Consejo de Guerra en causa A 1 del Juzgado Naval de Talcahuano y que ese
día habían sido remitidos a dicha Cárcel para el cumplimiento de las penas, y
los trasladaron por el camino de Tomé a Concepción con el fin de eliminarlos,
para lo cual se detuvieron al costado derecho del camino, en el sector
denominado "Quebrada Honda", procediendo a bajar a los prisioneros y
obligarlos a correr hacia el cerro, ordenándole el Jefe de la Patrulla a correr
hacia el cerro, disponiendo, de inmediato, que los custodios le dispararan por
la espalda con sus metralletas HK, causándoles heridas que le produjeron la
muerte. Luego el mismo jefe de la patrulla sacó una escopeta que portaba en la
cabina del camión y disparó contra la carpa del mismo, para aparentar que
habían sido atacados por extremistas, informando en ese sentido a la prensa de
la época. Que los hechores actuaron a traición y sobre seguro en la ejecución
de la muerte de sus víctimas, las que se encontraban desarmadas y a plena
merced de sus custodios, en horario de toque de queda y en lugar
despoblado".
¡NI OLVIDO NI PERDON: VERDAD, JUSTICIA Y
MEMORIA!
¡QUE LA HISTORIA NOS ACLARE EL PENSAMIENTO!
Colectivo Acción Directa 8va - CHILE
Febrero 15 de 2015
[1]
“Punta Peuco no recibirá más condenados:
Tiene un hacinamiento del 40%”, 13/02/15; en: http://rbb.cl/bu1q
[2]
“Confirman condenas por homicidio de
miristas en sector Quebrada Honda de Tomé”, 12/08/14; en: http://rbb.cl/aaux
[3]
“Viaje al fondo de Punta Peuco”,
31/08/14; en: http://diario.latercera.com/2014/08/31/01/contenido/reportajes/25-172084-9-viaje-al-fondo-de-punta-peuco.shtml
[4]
“Corte Suprema Dictó Definitiva por
Homicidios de Quebrada Honda”, 31/12/14; en: http://www.diarioreddigital.cl/ddhh/4424-quebrada_honda.html
[5]
Loc. cit.
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