“El Estado de Chile debe ajustarse a sus
compromisos internacionales en materia de los derechos que les asisten a los
pueblo originarios que habitan nuestro país, y comprender que estos pueblos se
encuentran en un proceso de ejercicio del legítimo derecho a la recuperación de
tierras, a la autonomía y autodeterminación”
DECLARACIÓN
PÚBLICA:
ALTO A LA
REPRESIÓN Y RESPETO PLENO DE LOS DERECHOS HUMANOS
En
relación a la situación que enfrentan comunidades mapuche los abajo firmantes
declaramos ante la opinión pública nacional e internacional lo siguiente:
1.-
Expresamos nuestra más profunda preocupación ante los recientes hechos de
violencia policial registrados en la Provincia de Arauco, Región del Bío Bío,
así como en las regiones de la Araucanía y Los Ríos en Chile, donde del uso
desmedido de la fuerza y de los elementos disuasivos se ha pasado, franca y
abiertamente, al uso de armamento de grueso calibre contra manifestantes de
comunidades mapuche como lo demuestran en estos dos meses que van corridos del
2015. Por ello, recordamos la obligación que tiene el Estado de Chile de
respeto irrestricto de los derechos humanos y su obligación de garantizar los
derechos de los pueblos originarios contenidos en la Declaración sobre los
Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas y en el Convenio 169 de la
OIT que nuestro país ha suscrito.
2.-
Estimamos que Chile viola los derechos humanos al diagramar un diseño de
impunidad donde hasta ahora lo único que ha permitido, es que esta violencia no
cese y que, muy por el contrario, avance de tal forma que permita que el Estado
justifique la aplicación de leyes de excepción, como la Ley Antiterrorista, la
militarización del territorio y otras medidas que simulan un estado de
excepción de facto en el territorio ancestral mapuche. Sin ir más lejos, los
primeros dos meses del año 2015, se han registrado los siguientes hechos donde
el Estado chileno y sus fuerzas policiales han actuado fuera de toda legalidad
y legitimidad:
a)
El 14 de enero de 2015, los comuneros Gastón Antileo Marileo, Martín Marileo
Calbullanca, Vitalina Sanhueza y Luis Antio (miembros del Lof Cacique Antonio
Paillao), fueron detenidos por parte de funcionarios de Carabineros de Chile
tras un desalojo en el Fundo Cañihual, sector La Campana, en las cercanías de
Tirúa. Gastón Antileo y Martín Marileo resultaron con graves heridas propinadas
con armas de grueso calibre por parte de la fuerza policial que disparó contra
ellos directamente al cuerpo sin tener la intención de usar medidas disuasivas.
b)
El 9 de febrero de 2015, la Corte de Apelaciones de Concepción rechazó un
Recurso de Amparo interpuesto por el Instituto Nacional de Derechos Humanos
(INDH) en favor de los dos comuneros por considerar que el procedimiento de
Carabineros habría sido ilegal y arbitrario.
c)
El 22 de enero de 2015, los comuneros Mario Cayupi, Julio Castro y José
Huenuche fueron detenidos por parte de efectivos de Carabineros de Chile. Los
comuneros reivindican un predio inscrito como propiedad de la empresa Mininco
en Rihue alto, sector Huentelolén. Tras la audiencia de formalización Mario
Cayupi y Julio Castro fueron dejados en libertad con medidas cautelares, en
tanto que José Huenuche fue dejado en prisión preventiva y formalizado, acusado
de de robo frustrado de madera. José Huenuche es un destacado comunero mapuche
que anteriormente había sido procesado bajo la aplicación de la Ley
Antiterrorista y condenado por un supuesto ataque a una comitiva encabezada por
el fiscal Mario Elgueta junto a otros comuneros pertenecientes a la
Coordinadora Arauco Malleco, en uno de los juicios en los que se pudieron
constatar graves vicios y faltas al debido proceso.
d)
El 14 de febrero de 2015: cinco funcionarios de la Policía de Investigaciones
actuaron con extrema violencia en contra de comuneros mapuche pertenecientes a
la comunidad Nicolás Calbullanca, en el sector de Lleu Lleu, Provincia de
Arauco (VIII Región del Bío Bío). En el procedimiento de detención de uno de
los comuneros, los policías esposaron a una anciana y golpearon a dos niños de
cinco y siete años de edad a quienes además apuntaron con sus armas, por
encontrarse junto al comunero que era objeto de detención. Cabe señalar que
debido a la resistencia del comunero, los policías dispararon sus armas
impactando una camioneta perteneciente a otro comunero que casualmente
transitaba por el sector y que llevaba en su interior a un menor de cuatro años
de edad.
e)
El 18 de febrero de 2015, en el sector Alto de Antiquina, Comuna de Cañete
(VIII Región del Bío Bío), fuerzas militarizadas de Carabineros de Chile y de
la Policía de Investigaciones ejercieron una brutal represión en contra de
comunidades mapuche que reivindican territorio en el cual se emplazan las
empresas forestales Mininco, Arauco y Volterra. Dos comuneros resultaron
gravemente heridos por balas de acero y cuatro fueron detenidos y golpeados.
f)
El mismo día, el INDH presentó una querella en el Juzgado de Garantía de Temuco
por apremios ilegítimos en contra de funcionarios de la Policía de
Investigaciones de la Prefectura Provincial de Cautín (IX Región). El comunero
mapuche Enrique Mauricio Sandoval, perteneciente a la comunidad Lleuful
Sandoval, Comuna de Padre Las Casas (IX Región de la Araucanía), fue citado a
prestar declaraciones el día 3 de febrero de 2015. De acuerdo a lo señalado por
el abogado querellante, Oscar Rabanal Toro, Sandoval fue torturado por los
funcionarios de la Policía de Investigaciones mientras lo interrogaban.
g)
Al igual que José Huenuche hay un número superior a cuarenta personas afectadas
en su libertad como consecuencia de su adscripción a la defensa de sus derechos
como pueblo o simpatizan con la causa del pueblo mapuche; una vez encarcelados,
son sometidos a graves faltas al debido proceso, al efectivo derecho a la
defensa que tiene todo ciudadano y, más aún, se les acusa y estigmatiza
públicamente a través de los medios de comunicación sin que sea demostrada su
real culpabilidad. Uno de los casos más flagrante sobre la parcialidad de la
justicia se gráfica en el proceso de Emilio Berkhoff, en que a pesar de la
determinación del Tribunal Constitucional de retirar del mismo y, por tanto de
las acusaciones en su contra, a 14 testigos “sin rostro”, éstos serán repuestos
a través de la representación explicita de efectivos policiales que actuarán
como “testigos a escucha”. Algo similar ha acontecido el 13 de febrero de 2015;
cuando el Juzgado de Garantía de Collipulli, tras una audiencia de preparación
de juicio oral, admitió el uso de un testigo sin rostro en contra de cinco
mapuche dentro de los cuales se encuentran dos mujeres menores de edad. Esta
resolución, así como en el caso de Emilio Berkhoff, la justicia chilena se
dispone en franca contradicción con el dictamen de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos que ya en el caso Norín Catrimán y otros, rechazó el uso de
“testigos sin rostros” como medio de prueba en contra de mapuche.
h)
A todo ello se agregan las deplorables condiciones de encarcelamiento en que se
encuentran los presos políticos mapuche y, como si fuera poco, Gendarmería de
Chile sigue desempeñando un rol de torturador contra personas inermes y a sus
expensas como lo acontecido el 16 de febrero de 2015 en el Centro de Detención
Penitenciario de Angol, donde el alcaide comandante Fernando Olivares Osorio,
hizo conducir desde el módulo de reclusión a Claudio Huentecol Huentecol a las
11:20 horas de la mañana a la guardia interna, donde fue encerrado, atado de
manos y desnudado y en esa condición se dispuso la orden de re-conducirlo al
módulo.
i)
Del mismo modo denunciamos el reciente secuestro, por parte de civiles
desconocidos, de la madre de los werkén Jorge y Jaime Huenchullán Cayul de la
Comunidad Autónoma de Temucuicui el día viernes 20 de febrero de 2015. Este
hecho debe esclarecerse pues es grave que civiles actúen como organizaciones
terroristas o que sean agentes del Estado comprometiéndose en acciones de esa
naturaleza.
4.-
Por todo lo anterior es que llamamos al Gobierno, a los Tribunales de Justicia,
al Ministerio de Justicia y al Instituto Nacional de Derechos Humanos a detener
este estado de represión contra el pueblo mapuche y sus comunidades y cumplir
con las obligaciones nacionales e internacionales de respetar los derechos humanos;
hacerse cargo de una vez por todas de la violencia desmedida protagonizada por
Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones, que no se contiene ante
la presencia de menores de edad ni de adultos mayores, así como de detener la
actuación discriminatoria y acciones de torturas ejercidas por Gendarmería de
Chile al interior de los penales.
5.-
El Estado de Chile debe ajustarse a sus compromisos internacionales en materia
de los derechos que les asisten a los pueblo originarios que habitan nuestro
país, y comprender que estos pueblos se encuentran en un proceso de ejercicio
del legítimo derecho a la recuperación de tierras, a la autonomía y
autodeterminación. Sus acciones relacionadas con el derecho al ejercicio del
control y recuperación de territorio que se encuentra usurpado por empresas
forestales, no puede seguir apareciendo ante la opinión pública como “robo de
madera”, pues obedece a un montaje que pretende distorsionar sus luchas y
reivindicaciones y colocar al mapuche como un ladrón cuando no son precisamente
ellos los extraños que se han apropiado y sobreexplotado esos territorios,
depredado sus recursos, destruido sus símbolos culturales, religiosos y
espirituales y han instalado hidroeléctricas, como en Pilmaiquén, y empresas
forestales como Mininco, Volterra y Arauco, entre otros proyectos económicos
extractivistas nacionales e internacionales.
6.-
Exigimos la libertad inmediata de José Huenuche y de todas y todos los presos
políticos mapuche. El Estado, protegiendo los intereses de empresas forestales,
está ejerciendo una verdadera persecución política en contra de comuneros
mapuche y de quienes solidarizan en esta causa. Dicha persecución debe cesar si
se pretende construir un futuro de paz y de justicia.
7.-
Fin a la militarización del territorio mapuche y resguardo inmediato de los
derechos de niñas y niños, así como de ancianos y mujeres. Las fuerzas
represivas deben retirarse inmediatamente del territorio perteneciente a las
comunidades y poner fin al sistema de “patrullas étnicas” en todo el territorio
mapuche.
8.-
Exigimos respeto de las autoridades ancestrales del pueblo mapuche, pues se
trata de líderes ancestrales, espirituales y sociales de su pueblo. Someter a
prisión política y ejercer la violencia en contra de loncos, werkenes y machis
apunta a la destrucción del tejido social e identitario fundamental en la
continuidad de la cosmovisión del pueblo mapuche.
Comisión Ética Contra la Tortura
Coordinadora Jurídica 4 de Agosto
Santiago de Chile, lunes 23 de febrero de 2015
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