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miércoles, 21 de febrero de 2018

HUELGA DE LOS TRABAJADORES GASIFEROS Y UNA REFORMA LABORAL ANTISINDICAL


“La huelga del gas y las contradicciones de la reforma”

En entrevista, el dirigente del Sindicato Nacional Interempresa de Trabajadores del Gas, Patricio Tapia, dirigente del Sindicato Nacional Interempresa de Trabajadores del Gas, expresa su parecer sobre la reforma laboral y la judicialización de los conflictos laborales y critica el arbitraje como forma de resolución de conflictos

Andrés Figueroa Cornejo

Patricio Tapia fue uno de quienes condujeron los 21 días de la huelga del Sindicato de Trabajadores de Gasco GLP (Gas Licuado del Petróleo) desde el 19 de diciembre de 2017 al 8 de enero de 2018. Huelga histórica porque fue la primera realizada en los 161 años de existencia que tiene la empresa. El movimiento fue gatillado porque la compañía únicamente les ofreció el reajuste del Índice de Precios al Consumidor, IPC.

La huelga estuvo enmarcada por la contingencia de las elecciones presidenciales en las que se impuso la denominada “derecha dura” en la figura de Sebastián Piñera. El dueño de Gasco, Matías Pérez, fue uno de los empresarios que aportó pecuniariamente a la candidatura presidencial del aliado ultraderechista de Piñera, José Antonio Kast, un reconocido pinochetista.

Por otra parte, el asesor legal de la compañía fue el ex Subsecretario del Trabajo de la dictadura cívico-militar durante los años 1983-84, el abogado Ricardo Canales y el gerente de Recursos Humanos, Carlos Wulf Le May, fue funcionario de confianza del primer gobierno de Piñera.

El dirigente señala que la huelga fue un éxito en cuanto a los beneficios que se reportó para los trabajadores. “Subimos beneficios sociales que la empresa quería borrar del anterior contrato colectivo, como por ejemplo, la indemnización a todo evento, el descuento del seguro de cesantía, gratificaciones y lo más grave, buscó bajar el piso de la negociación. Pero con la huelga no sólo mantuvimos las conquistas adquiridas, sino que las incrementamos. Aumentamos los sueldos base, colación y movilización, bonos anuales, etcétera.”, señaló Patricio Tapia, y añadió que, “la huelga que realizamos en Gasco GLP fue muy dura. Allí votamos la huelga porque, entre otras cosas, la firma nos ofreció la mitad de lo que les ofreció a los representantes de los sindicatos que aceptaron mansamente negociar de manera no reglada. Estoy hablando de los dirigentes de los sindicatos pro empresa. A los trabajadores asociados a esos sindicatos, les quitaron derechos. Fue lamentable”.

El viejo conflicto entre lo público y lo privado

En el país, menos del 15  por ciento de la fuerza de trabajo está sindicalizada y sólo un 8 por ciento tiene poder de negociación. Por eso la reforma laboral establecida  en abril de 2017 es poco conocida entre los dirigentes sindicales, los trabajadores organizados y qué decir de los trabajadores en general, que hacen la inmensa mayoría de la fuerza laboral en Chile. Es en este contexto que aparece el concepto “piso mínimo”, que se refiere a que en un proceso de negociación colectiva reglado, lo obtenido en el contrato colectivo anterior no es negociable, no se puede tocar.

Por eso es que negociar anticipadamente daña tanto los intereses de lo trabajadores en comparación con la negociación reglada. Asimismo, en estos casos, el empresariado no tiene derecho a reemplazar a los trabajadores que participan en la huelga. Como legalmente no debe reemplazar trabajadores, la reforma alude a los  “servicios mínimos”, que son aquellos equipos de trabajadores que se quedan laborando en áreas de emergencia para “no afectar a la comunidad”. Se usa la misma lógica que en la salud pública, que cuando sus trabajadores van a paro tienen que establecerse “turnos éticos”. Sin embargo la salud del Estado no tiene nada que ver con la empresa privada.

En la práctica, la empresa Gasco GLP  debió enviar un listado con los “servicios mínimos” para que los trabajadores lo evaluaran. Sin embargo, la compañía presentó directamente el listado de “servicios mínimos” a la inspección del trabajo, sin consulta y acogiéndose a un artículo transitorio que ya no rige gracias a la reforma laboral, pero debido a las fechas tan próximas del cambio en la legislación, la empresa provechó de usar. Al final, la inspección del trabajo resolvió entregar tres días a los trabajadores, para revisar más de 100 páginas de los “servicios mínimos” presentados por el empleador, los que fueron objetados punto por punto. Luego falló la inspección del trabajo, tomando los fundamentos del sindicato como argumentos para fundar la decisión.

Este asunto de las llamadas “empresas estratégicas” y los “servicios mínimos” es sumamente delicado. ¿Puedes explicar qué es lo que hicieron ustedes al respecto y a qué se refieren con “fundamentos de fondo”?

A diferencia de la salud pública del Estado, cuando una persona deja de pagar la cuenta de gas, la empresa corta el suministro derechamente. ¿Qué ocurre entonces? Que las corporaciones de gas privadas cuando cortan el gas por no pago, simplemente dejan de ser “empresas estratégicas”. O sea, pierden su condición de “empresa estratégica”, de “servicio básico de utilidad pública”. Aquí descubrimos una contradicción de fondo en la reforma laboral. En cambio la salud pública sí, en efecto, debe contar con servicios mínimos en caso de huelga porque se trata de un derecho social garantizado por el Estado constitucionalmente. En el caso del gas se trata de un bien que sólo puede comprar quien tiene los medios para hacerlo. Su suministro no está garantizado como un derecho social. Además, si alguien no puede comprar gas de una empresa privada “A”, puede comprarlo en la empresa “B”, porque se supone que en Chile existe libre competencia.

Ante esta realidad lógica en una economía como la que hay en el país, logramos que la inspección del trabajo rebajara los porcentajes de “servicios mínimos”. Fue en ese momento que comenzaron las amenazas empresariales y sus prácticas antisindicales en nuestra contra.

¿Qué otras prácticas antisindicales cometió  la empresa?

Antes que todo, a la presidenta del sindicato, Solange Bustos Guzmán, hace 6 meses que no le pagan sueldo en la Cobegas (filial de empresa Gasco) y  la inspección del trabajo demandó a la firma por práctica antisindical.  Por otra parte, y con el objetivo de atemorizar a los trabajadores, un día antes de la votación de la huelga en Gasco GLP, la firma despidió masivamente a trabajadores de Autogasco, la parte comercial de Gasco, sin previo aviso y de una manera absolutamente irregular. Pero a la empresa “le salió el tiro por la culata”. Los socios en vez de amilanarse, votaron la huelga con mayor convicción.

Asimismo, como en el plano de los llamados “servicios mínimos” ganamos en los tribunales del trabajo, la compañía demandó a la propia inspección del trabajo, dependiente del Ministerio del Trabajo. El resultado de esa acción legal aún está en curso. También  la empresa comenzó a reemplazar a trabajadores en huelga desde su primer día lo que es una falta gravísima según la reforma laboral y  nosotros tuvimos que interponer demandas en los tribunales.

Después la empresa  comenzó a llamar personalmente a los empleados para ofrecer “arreglos” individuales y que se reincorporaran a los 15 días de huelga. Nuevamente en los tribunales impedimos ese objetivo de la patronal. Al día 18 de la huelga, la gerencia abrió la mesa de negociaciones con nosotros. Sin embargo, paralela y silenciosamente ingresaron una nueva demanda, esta vez, con la finalidad de quitar el fuero sindical legal a la presidenta del sindicato. y eso sigue en trámite judicial.

¿Por qué algunos trabajadores pueden ir a huelga, como Gasco GLP, y otros sólo a someterse a un arbitraje en los tribunales del trabajo, como Gasco S.A.?

En Chile los asalariados organizados de las denominadas “empresas estratégicas” no tienen derecho a la huelga porque serían “de utilidad pública”, como ya expliqué. Entonces lo que queda es ir a un proceso de arbitraje en los tribunales del trabajo. Por un lado, el sindicato presenta un proyecto de contrato colectivo, y por otro, la empresa presenta otro distinto, frente a tres jueces arbitrales que resuelven mediante un solo fallo, que es único e inapelable, sin negociación formal. Cada parte debe argumentar punto a punto su proyecto colectivo.

Sin embargo, el proceso de arbitraje fue muy complicado. De hecho, los jueces nos emplazaron a llegar a un acuerdo con la empresa para que ellos no tuvieran que fallar definitivamente. Nuestro petitorio, como representaba los intereses de los trabajadores, contó con un porcentaje de beneficios más alto que el proyecto de los empleadores, que representaba sus intereses. Los jueces decidieron que un perito económico revisara ambos proyectos. No obstante, los números del resultado del peritaje no fueron correctos. Por ejemplo, arrojó bonos escolares de trabajadoras que no tienen hijos, abultando gastos artificialmente. El peritaje contabilizó aspectos que no existían o que ya estaban resguardados por la propia ley, siempre actuando en beneficio de la empresa. Por tanto, nosotros impugnamos el peritaje. Se hizo otro peritaje que sólo modificó cosméticamente al anterior. Lo importante es que el proyecto de la firma nos quitaba, al igual que lo intentaron hacer en la huelga de Gasco GLP, el piso obtenido por nosotros en negociaciones previas. Por eso los jueces nos dijeron que estaban complicados en dictar un fallo. Si aprobaban el proyecto de la empresa habrían violado la ley.

Ahora bien, el objetivo del arbitraje es evitar la huelga y facilitar la imposición de los intereses empresariales. Si nos quitan el derecho histórico y mundial a ir a huelga, pierde sentido la sindicalización. Allí nos dimos cuenta que quitar el piso mínimo o los beneficios adquiridos es una estrategia del empresariado a nivel nacional. Porque si los trabajadores hubiéramos aceptado el proyecto del empleador, sentábamos un pésimo precedente para el conjunto de los arbitrajes futuros.

Finalmente, logramos los mismos beneficios conquistados en la huelga de Gasco GLP, más un bono a las trabajadoras de call center que tienen los sueldos más bajos de toda la empresa Gasco S.A. Y los jueces no fallaron nunca.

En la experiencia concreta como dirigente sindical, ¿qué piensas de la reforma laboral?

Chile tuvo una de las clases trabajadoras más conscientes y organizadas de América Latina y el mundo, hasta el golpe de Estado de 1973. El aniquilamiento sistemático a sangre y fuego de la fuerza de los asalariados es ejemplo global para la clase patronal. En este sentido, no sólo la dictadura de Pinochet cumplió con creces su objetivo. Los gobiernos civiles desde 1990 no hicieron más que profundizar el mismo programa antilaboral. La finalidad es facilitar la explotación y la ganancia de los empresarios con los menos obstáculos posibles. Sólo en este contexto es posible comprender la reforma laboral de la administración que se va en marzo. En otras palabras, si no tienes nada, hasta la sombra de algo parece mucho. Así y todo, sólo con la organización de los propios trabajadores, con fuerzas reales, lucha y unidad, podremos empezar a limitar los abusos empresariales.

En verdad, la RL judicializa la lucha sindical. Por ejemplo, la empresa Gasco nos objetó en los tribunales incluso nuestra condición de sindicato interempresa que agrupa a trabajadores de la industria del Gas, toda vez que estamos integrados por socios de las empresas Gasco, Centrogas, Cobegas, Autogasco y Metrogas.

Actualmente estamos defendiendo en los tribunales del trabajo entablar la negociación colectiva reglada para todos los trabajadores de las ramas de la Energía, Gas, Agua y Combustible, con el fin de armarnos mejor ante los grupos empresariales respecto de los pisos de negociación y poder incrementar los beneficios sindicales. 

Para contactarse con el dirigente sindical Patricio Tapia, hay que escribirle al correo ptapia1980@gmail.com


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