En fallo dividido (en causa rol 2263-2010), los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal, Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller, determinaron las siguientes penas:
-Gabriel Del Río Espinoza: absuelto de su responsabilidad como autor de los secuestros de María Isabel Beltrán Sánchez, Anselmo Antonio Cancino Aravena, José Gabriel Campos Morales, Héctor Hernán Contreras Cabrera y Alejandro Robinson Mella Flores, por falta de participación.
-Juan Hernán Morales Salgado: 5 años de presidio por su responsabilidad como autor de los secuestros de Arturo Enrique Riveros Blanco, Jaime Bernardo Torres Salazar, Jorge Bernabé Yáñez Olave, José Saavedra Betancourt y José Gabriel Campos Morales. Se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
-Claudio Abdón Lecaros Carrasco: 5 años de presidio por su responsabilidad como autor de los secuestros calificados de María Isabel Beltrán Sánchez, Anselmo Antonio Cancino Aravena, José Gabriel Campos Morales, Héctor Hernán Contreras Cabrera y Robinson Mella. Se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
-Antonio Aguilar Barrientos: 5 años de presidio por su responsabilidad como autor de los secuestros calificados de María Isabel Beltrán Sánchez, Anselmo Antonio Cancino Aravena, Hernán Contreras Cabrera y Alejandro Robinson Mella Flores. Se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
-Félix Renato Cabezas Salazar: 5 años de presidio por su responsabilidad en los secuestros calificados de Anselmo Antonio Cancino Aravena, José Gabriel Campos Morales y Alejandro Robinson Mella Flores. Se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
-Humberto Lautaro Julio Reyes: 3 años de presidio por su responsabilidad en el secuestro calificado de María Isabel Beltrán Sánchez. Se le concedió el beneficio de la remisión condicional.
-Gabriel Del Río Espinoza: absuelto de su responsabilidad como autor de los secuestros de María Isabel Beltrán Sánchez, Anselmo Antonio Cancino Aravena, José Gabriel Campos Morales, Héctor Hernán Contreras Cabrera y Alejandro Robinson Mella Flores, por falta de participación.
-Juan Hernán Morales Salgado: 5 años de presidio por su responsabilidad como autor de los secuestros de Arturo Enrique Riveros Blanco, Jaime Bernardo Torres Salazar, Jorge Bernabé Yáñez Olave, José Saavedra Betancourt y José Gabriel Campos Morales. Se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
-Claudio Abdón Lecaros Carrasco: 5 años de presidio por su responsabilidad como autor de los secuestros calificados de María Isabel Beltrán Sánchez, Anselmo Antonio Cancino Aravena, José Gabriel Campos Morales, Héctor Hernán Contreras Cabrera y Robinson Mella. Se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
-Antonio Aguilar Barrientos: 5 años de presidio por su responsabilidad como autor de los secuestros calificados de María Isabel Beltrán Sánchez, Anselmo Antonio Cancino Aravena, Hernán Contreras Cabrera y Alejandro Robinson Mella Flores. Se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
-Félix Renato Cabezas Salazar: 5 años de presidio por su responsabilidad en los secuestros calificados de Anselmo Antonio Cancino Aravena, José Gabriel Campos Morales y Alejandro Robinson Mella Flores. Se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
-Humberto Lautaro Julio Reyes: 3 años de presidio por su responsabilidad en el secuestro calificado de María Isabel Beltrán Sánchez. Se le concedió el beneficio de la remisión condicional.
En el aspecto civil, se rechazó la demanda de indemnización de perjuicios presentada contra el Fisco de Chile por incompetencia absoluta del tribunal.
En el aspecto penal, la sentencia se adoptó con el voto en contra de los ministros Segura y Ballesteros, quienes fueron partidarios de acoger la causal de prescripción de la acción penal. En tanto, en lo civil, la decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Dolmestch y Künsemülller, quienes estuvieron por acoger las demandas.
Con esta condena se completan 100 sentencias condenatorias en casos de violación a los derechos humanos, dictadas por la Corte Suprema desde el 2005. En el mismo periodo, se han dictado 112 sentencias, correspondiendo las restantes a absoluciones.
--
AUNQUE LOS PASOS TOQUEN MIL AÑO ESTE SITIO, NO BORRARA LA SANGRE DE LOS QUE AQUI CAYERON
No hay comentarios :
Publicar un comentario