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jueves, 29 de junio de 2017

NIEGAN LIBERTAD A PUNTAPEUCANO URUGUAYO, QUIEN PARTICIPARA EN CRIMEN DE EUGENIO BERRIOS

El asesino asesinado Eugenio Berríos

El ex milico uruguayo Wellington Sarli, integrante de la pandilla chileno-oriental que ultimara al dino Eugenio Berríos en el marco de una verdadera “Operación Cóndor”, pero en los “90s, se creía con derecho a salir libre como el viento, sin llegar a molestarse por demostrar algún grado de rehabilitación o de capacidad para vivir en comunidad  

Este miércoles 28, se informó que la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo presentado por el ex militar uruguayo Wellington Sarli Pose, interno del hostal-penal de Punta Peuco, en contra de la Comisión de Libertad Condicional del tribunal de alzada que le negó una solicitud en tal sentido.

En un contundente y unánime fallo (causa rol 1.228-2017), la 4ª Sala del tribunal de alzada descartó infracción legal en la decisión que le denegó la libertad a Sarli Pose, condenado a 5 años y un día de presidio en calidad de cómplice en el delito de secuestro con homicidio del que fuese un activo “científico loco” de la siniestra DINA, Eugenio Berríos Sagredo, alias “Hermes”.

miércoles, 31 de agosto de 2016

PARAGUAY: PRIMERAS IDENTIFICACIONES DE DESAPARECIDOS DE LA DICTADURA DE STROESSNER



“Identificaron por primera vez restos de desaparecidos en Paraguay”


En la foto (izq.) Miguel Ángel Soler, cuyos restos fueron recuperados. Detrás su hijo Jorge Miguel Soler, que conduce el programa radial Patria Soñada

En La Retaguardia –public. 30/8/16

Hoy es un día muy especial para quienes hacemos La Retaguardia. Tenemos una noticia, pero como nos incluye, toca de lleno nuestros corazones, nos resulta extraño darla. Se identificaron los primeros dos restos de desaparecidos por la dictadura de Alfredo Stroessner en el Paraguay. Uno de ellos es el del papá de nuestro querido Jorge Miguel Soler, integrante de La Retaguardia a través de su programa radial Patria Soñada, que junto a su familia esperó por este momento 41 años.

Una vez más el enorme trabajo del Equipo Argentino de Antropologia Forense (EAAF) logró identificar restos de desaparecidos. En este caso, se trata a Miguel Ángel Soler Canale, militante paraguayo, y Rafaella Giuliana Filipazzi Rossini, una ítalo-argentina residente en Buenos Aires, que fue secuestrada por fuerzas paraguayas en Montevideo en 1977, como parte de la Operación Cóndor.

lunes, 13 de junio de 2016

BOLIVIA APORTA A LA VERDAD SOBRE LA OPERACION CONDOR


“Bolivia desclasificará archivos vinculados al Plan Cóndor”

En Prensa Latina –Public. 13/6/16

La Paz, 13 jun (PL) La Cancillería boliviana decidió desclasificar los archivos vinculados con el Plan Cóndor para esclarecer las violaciones a los derechos humanos cometidas durante las dictaduras militares entre las décadas de 1960 y 1980.

"Tenemos que coadyuvar, tenemos que participar activamente para que estos hechos oscuros puedan salir a la luz pública", declaró el ministro de Relaciones Exteriores, David Choquehuanca, en una entrevista publicada hoy en la edición impresa del diario La Razón.

El jefe de la diplomacia expresó la voluntad política de apoyar las investigaciones sobre las personas desaparecidas.

La Operación Cóndor fue un plan de inteligencia y coordinación entre los servicios de seguridad de los regímenes militares de Argentina, Chile, Brasil, Paraguay, Uruguay y Bolivia con el fin de eliminar voces opositoras, principalmente de izquierda.

sábado, 6 de febrero de 2016

ENCUENTRAN MUERTO A HECTOR LIRA, UN CRIMINAL DE LA DINA-CNI


El ex represor se encontraba en libertad provisional y se habría suicidado al saber que se iría preso por muchos años por delitos que cometió en dictadura. Jugó roles delictuales en la Operación Colombo –o Caso de los 119- y en el crimen de Tucapel Jiménez  

Un transeúnte lo vio la mañana de éste viernes 5, semi-sentado en una banca del parque Juan XXIII, comuna de Ñuñoa, en la ciudad de Santiago. Estaba muerto con un disparo en la cabeza y tenía un revólver en una de sus manos, el que constaba a su nombre y que nadie todavía explica cómo podía portar en su calidad de delincuente rematado. El testigo dio aviso de inmediato a los antiguos colegas del hombre muerto, carabineros; era el ex suboficial de la institución y agente operativo de los aparatos represores de la dictadura cívico-militar Héctor Manuel Lira Aravena.

A continuación, la Fiscalía Metropolitana de Oriente ordenó a la Brigada de Homicidios de la policía civil realizar las pericias necesarias para establecer si el sujeto se había suicidado, como sugieren las evidencias encontradas en el sitio del suceso, o hubo intervención de terceros en su muerte.

Según antiguos antecedentes, el retirado criminal vivía en Los Crisantemos 3510, Villa Los Prados 3, Puente Alto. Desde allí se había trasladado para cometer su autoeliminación, la que habría ejecutado por el pesar de estar encerrado en los próximos años más que por algún grado de arrepentimiento.

Héctor Lira, de 69 años, estaba condenado en un fallo de primera instancia a ocho años de prisión, con el beneficio de la libertad provisional bajo fianza, por 17 víctimas de la llamada "Operación Colombo" o Caso de los ‘119’. Esta fue un cínico montaje con el que la dictadura cívico-militar chilena (1973-1990) trató de encubrir las desapariciones de 119 personas, principalmente integrantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria MIR, la cual contó con la colaboración de las dictaduras militares de Argentina y Brasil. Dicha burda acción, se enmarcaba en las actividades de una coordinación mayor de los aparatos represivos de las dictaduras del cono sur americano: la Operación Cóndor; de hecho, se la puede considerar su primer delito ‘transnacional’.

Integrante de carabineros al momento del Golpe del 11 de septiembre de 1973, Héctor Lira se integró luego a la siniestra Dirección de Inteligencia Nacional (DINA). Al disolverse ésta, en 1977, el concienzudo criminal pasó a conformar la estructura operativa de la también funesta Central Nacional de Informaciones (CNI). Es decir, el tipo pasó por todas las instancias represivas que pudo, cometió varios crímenes de lesa humanidad y comunes, luego se jubiló como cualquier funcionario público (en éste caso, como suboficial policial), sin mostrar jamás arrepentimiento alguno por sus deleznables actos.

miércoles, 19 de agosto de 2015

ALGO DE JUSTICIA PARA EL 'FLACO SANTIAGO' DEL MIR, DESAPARECIDO DENTRO DE LA OPERACIÓN COLOMBO


Se trata del caso de secuestro y desaparición del compañero Eduardo Ziede, el ‘flaco Santiago’, cuyo nombre apareció en la fatídica Lista de los 119, montaje periodístico entre las dictaduras de Chile y Argentina que supuso primero su publicación en la transandina revista Lea, el 15/07/75, y la posterior reproducción por la colaboracionista prensa chilena. En ella, se daba cuenta que el flaco habría muerto en la vecina nación, junto a otros 59 militantes del MIR, a causa de “rencillas internas”

Hernán Crisosto Greisse, ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, dictó condena en contra de 77 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de EDUARDO HUMBERTO ZIEDE GÓMEZ.

El atroz delito fue cometido a partir del 15 de junio de 1974, cuando es detenido Eduardo por los esbirros de la DINA, y continuaría en el marco de la denominada "Operación Colombo", una estrategia de cooperación criminal entre los aparatos represivos de las dictaduras militares del cono sur de América para aplastar la resistencia de la izquierda revolucionaria. Dicho accionar represivo se inscribía en una estrategia mayor llamada "Operación Cóndor", y cuyo ideólogo principal fue el recientemente fallecido Himmler chileno Manuel Contreras.

En la resolución del juez instructor, fueron condenados a 13 años de presidio los agentes César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Iturriaga Neumann, en calidad de autores del delito.

En la investigación, el ministro Crisosto Greisse acreditó que "en horas de la mañana del día 15 de junio de 1974, Eduardo Humberto Ziede Gómez, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en la vía pública en la intersección de Avenida Portugal con Porvenir de Santiago, por agentes del estado pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), quienes lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado "Yucatán" o "Londres 38", ubicado en dicha dirección en la ciudad de Santiago, que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA".

"Durante su estada en el cuartel Londres 38 permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dicho cuartel, con el propósito de obtener información respecto de otros integrantes del MIR, para proceder a la detención de los miembros de esa organización." 

miércoles, 22 de julio de 2015

A 40 AÑOS DE LA PUBLICACION DE LA LISTA DE L@S 119


UN HOMENAJE A L@S COMPAÑER@S DETENID@S-DESAPARECID@S EN LA OPERACION COLOMBO


- La DINA y el caso de los 119*
- El caso de los 119**
- Lista de los 119 casos***
- Exigimos reparar la gran mentira#
- Operación Colombo o la extrema crueldad de Pinochet##


LA DINA Y EL CASO DE LOS 119*

En julio de 1975, diversos medios nacionales de comunicación reprodujeron profusa y ampliamente, una información que daba cuenta de la supuesta muerte de 119 hombres y mujeres chilenos, a manos de sus propios compañeros, producto de pugnas internas o, en enfrentamientos con las fuerzas de seguridad de diversos países.

En realidad, las personas mencionadas por las listas habían sido detenidas en Chile, por la Dina y se encontraban, en esos momentos, y hasta hoy, desaparecidas. Como se supo entonces, y tal como lo estableció posteriormente el Informe Rettig, dicha publicación fue producto de la Operación Colombo, una maniobra destinada a encubrir la detención de cientos de chilenos, y que había comenzado en junio de ese año, con la difusión en la prensa chilena de una información que alertaba sobre la presencia de "grupos guerrilleros", integrados por ciudadanos chilenos, que se preparaban en territorio argentino para ingresar al país.

LA OPERACIÓN COLOMBO

Coincidente con lo anterior, las autoridades de la época comenzaron a afirmar que muchos de los "supuestos detenidos" estaban en realidad, en la clandestinidad. Como parte de esa política de negación, el 4 de julio el general Pinochet anunció su decisión de no permitir el ingreso al país de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidades, anunciada para el día 10 del mismo mes. A los pocos días, y como respuesta a la presión internacional, se sucedieron diversas informaciones en la prensa argentina y chilena sobre detenidos desaparecidos chilenos cuyos cuerpos habrían sido encontrados en el país trasandino. Tal fue el caso de Luis Guendelman, Jaime Robotham, y luego Juan Carlos Perelman. Incluso se llegó a informar que la verdadera identidad del "terrorista Carlos", correspondía al del chileno detenido y desaparecido Nestor Gallardo Agüero. Informaciones todas cuya falsedad quedó rápidamente demostrada. Finalmente, el 22 y 24 de julio el país conoció las listas ya señaladas.

domingo, 5 de julio de 2015

CONDENAN A AGENTES DE LA DINA POR CRIMENES DE RODRIGO UGAS Y JOSE CARRASCO V.

Cro. Rodrigo Ugas y su esposa

Los dos eran miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria –MIR, detenido desaparecido el primero y ejecutado el segundo, ambos a manos de la siniestra DINA. A Rodrigo lo incluyeron en la lista de los 119 y a José se le obligó, junto con otros cros., a efectuar una declaración pública intimando al MIR a rendirse

COMPAÑERO RODRIGO UGAS MORALES

Este viernes 3 de julio[1], el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Hernán Crisosto dictó sentencia en contra de 58 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de RODRIGO UGAS MORALES, ilícito perpetrado a partir del 7 de febrero de 1975, en la Región Metropolitana.

En la resolución, el ministro Crisosto condenó a penas de 13 años de presidio, en calidad de autores del delito, a los agentes: Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Moren Brito y Raúl Iturriaga Neumann.

En tanto, deberán cumplir 10 años y un día de presidio, también en calidad de autores, los agentes: Rolf Wenderoth Pozo, Basclay Zapata Reyes, Francisco Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana, Gerardo Godoy García, Ricardo Lawrence Mires, Ciro Torré Sáez, Manuel Carevic Cubillos, Rosa Ramos Hernández, Teresa Osorio Navarro, José Mario Friz Esparza, Pedro Alfaro Fernández, José Abel Aravena Ruiz, Claudio Pacheco Fernández, José Ojeda Obando, Heriberto del Carmen Acevedo, Luis Torres Méndez, Rodolfo Concha Rodríguez, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Juan Urbina Cáceres, Manuel Rivas Díaz, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Silvio Concha González, Héctor Briones Burgos, Carlos López Inostroza, José Fuentealba Saldías, Luis Videla Inzunza, Raúl Rodríguez Ponte, Palmira Almuna Guzmán, Osvaldo Pulgar Gallardo, Roberto Hernán Rodríguez Manquel, Rafael Riveros Frost y Leonidas Emiliano Méndez Moreno.

En el caso, del agente Samuel Enrique Fuenzalida Devia, el ministro Crisosto lo condenó a 541 días de presidio –con el beneficio de la remisión condicional de la pena– por su responsabilidad, como autor, en el delito.

Los agentes Eugenio Fieldhouse Chávez, José Jaime Mora Diocares, Delia Gajardo Cortés, Reinaldo Concha Orellana, Osvaldo Castillo Arellano, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Guerra Guajardo, Guido Jara Brevis, Hugo Clavería Leiva, Jorge Venegas Silva, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Carlos Miranda Mesa, Víctor Manuel Alvarez Droguett, Raúl Soto Pérez, Moisés Paulino Campos Figueroa, Óscar Belarmino la Flor Flores, Miguel Ángel

miércoles, 3 de junio de 2015

DICTAN SENTENCIA EN CASO DE DOS HERMANOS PEREZ VARGAS, DETENIDOS-DESAPARECIDOS POR LA DINA

Aldo Pérez Vargas

Se trata de los secuestros de Carlos y Aldo Pérez Vargas, integrantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria –MIR.  La comprometida familia Pérez Vargas perdió a manos de los esbirros de la dictadura cívico-militar a todos sus cinco hijos. Lo poco de justicia que se ha hecho en estos casos no alcanzó a ser conocido por sus acongojados padres 

Ayer, el ministro en visita Hernán Crisosto dictó sentencia contra 31 ex agentes de la siniestra DINA por el secuestro calificado en 1974 de los hermanos Carlos (25 años al momento de su detención) y Aldo (23) Pérez Vargas en el contexto de la Operación Colombo o Caso de los 119.

En la resolución, Crisosto condenó a penas de 20 años de presidio, en calidad de autores de ambos delitos, a los ex agentes: Manuel Contreras Sepúlveda, César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo,Marcelo Moren Brito y Miguel Krassnoff Martchenko.

En tanto, deberán cumplir 12 años de presidio, también en calidad de autores, los sentenciados: Manuel Carevic Cubillos, Basclay Zapata Reyes, Ricardo Lawrence Mires, Gerardo Ernesto Godoy García, Ciro Torre Sáez, Nelson Paz Bustamante, Gerardo Meza Acuña, José Ojeda Obando, Nelson Ortiz Vignolo, Claudio Pacheco Fernández, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Raúl Rodríguez Ponte, José Aravena Ruiz, José Fuentealba Saldías, Francisco Ferrer Lima y Rosa Humilde Ramos Hernández.
Carlos Pérez Vargas

En la causa, además, fueron condenados a 10 años de presidio, pero sólo como autores del secuestro de Aldo Pérez Vargas, los ex integrantes de la DINA: Orlando Manzo Durán, Manuel Avendaño González, Demóstenes Cárdenas Saavedra y Alejandro Astudillo Adonis.

Deberán cumplir penas de 5 años y un día de presidio, en calidad de cómplices de ambos delitos, los agentes: Armando Segundo Cofré Correa, José Jaime Mora Diocares, Moisés Paulino Campos Figueroa, Óscar Belarmino la Flor Flores, Sergio Iván Díaz Lara y Roberto Hernán Rodríguez Manquel.

En tanto, el ministro dictó sentencia absolutoria, por  ambos secuestros, en favor del agente Rudeslindo Urrutia Jorquera, y sólo por el delito de secuestro de Carlos Pérez Vargas, liberó de cargos a: Orlando Manzo Durán, Manuel Avendaño González, Demóstenes Cárdenas Saavedra y Alejandro Astudillo Adonis.

lunes, 25 de mayo de 2015

OPERACIÓN COLOMBO O CASO DE LOS 119: CONDENAN A 83 AGENTES DE LA DINA POR SECUESTROS


El ministro en visita Hernán Crisosto, quien lleva la causa, dictaminó penas de 20 años de presidio para la cúpula de la DINA y otras penas para la tropa de la Gestapo chilena por los desaparecimientos de Enrique Toro Romero, Eduardo Lara Petrovich y José Villagra Astudillo


El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto Greisse, dictó nueva condena en el marco de la denominada “Operación Colombo”, en contra de 83 ex miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los secuestros calificados de ENRIQUE TORO ROMERO, EDUARDO LARA PETROVICH Y JOSÉ VILLAGRA ASTUDILLO, integrantes de la comunidad cristiana de la Villa Francia, los dos primeros ligados al Partido Comunista de Chile y el tercero al Movimiento de Izquierda Revolucionaria MIR, ilícitos perpetrados a partir de julio de 1974

En esta arista, el ministro Crisosto dictó sentencia en contra de los ex agentes: Manuel Contreras Sepúlveda, César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Iturriaga Neumann, quienes deberán cumplir penas de 20 años de presidio, en calidad de autores de los tres delitos. Otro grupo de condenados deberán cumplir 13 años de presidio, como autores de los delitos.

Además el agente Manuel Avendaño González deberá purgar 10 años de presidio por su responsabilidad como autor del secuestro de Enrique Toro Romero.

ENRIQUE TORO ROMERO

En el fallo se determina que en el caso de Enrique Toro Romero se logró establecer que: “En horas de la noche del día 10 de julio de 1974, Enrique Segundo Toro Romero, afín al Partido Comunista, fue detenido en su domicilio ubicado en calle Guillermo Saavedra 5440, Villa Francia de la comuna de Estación Central, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes lo introdujeron en la parte posterior de una camioneta y lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado ‘Yucatán’ o ‘Londres 38′, ubicado en dicha dirección en la ciudad de Santiago. Con posterioridad, fue trasladado al recinto clandestino de detención denominado ‘Cuatro Álamos’, ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, recintos que eran custodiados por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA.

lunes, 30 de marzo de 2015

OPERACION COLOMBO: SENTENCIADOS 79 DINOS IMPLICADOS EN LA DESAPARICION DE PEDRO POBLETE CORDOVA


La justicia chilena dicta sentencia de cárcel para 79 ex agentes de la DINA, incluido su jefe, el criminal ‘Mamo’ Contreras, involucrados en la detención y posterior desaparición de Pedro Poblete Córdova. Este crimen de lesa humanidad se inserta en la sucia treta llamada “Operación Colombo”, la que dio el puntapié inicial a la fatídica Operación Cóndor de coordinación de las dictaduras gorilas sudamericanas en los “70-“80s


El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago para causas por violaciones a los DDHH, Hernán Crisosto Greisse[1], dictó sentencia en la investigación por el delito de secuestro calificado del mirista Pedro Poblete Córdoba, perpetrado a partir del 19 de julio de 1974, condenando a penas efectivas de cárcel a 79 ex agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia[2] (DINA) en calidad de autores y cómplices del delito.

En la resolución, el ministro Crisosto Greisse condenó a 13 años de presidio, sin beneficios, a los integrantes de la cúpula de la policía secreta dictatorial: Manuel Contreras Sepúlveda (el jefe de la asociación criminal), César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Marcelo Luis Manuel Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann.

El resto de los condenados recibieron penas de cárcel de 10 (39 de ellos) y de 4 años (34), mientras que en la causa resultó absuelto el otrora agente Eugenio Cárdenas Saavedra.
 
El luctuoso hecho que originó la sentencia arranca la mañana de ese día 19 de julio de 1974, cuando Pedro Enrique Poblete Córdova, Tito[3], militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en la intersección de avenida Matta con calle Nataniel Cox, comuna de Santiago, por agentes de Estado pertenecientes a la siniestra DINA, quienes lo introdujeron en la parte posterior de una camioneta Chevrolet C-10 gris y lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado “Yucatán” o “Londres 38″. El centro de exterminio de opositores a la dictadura se ubicaba precisamente en ésta última dirección, en la zona central de la capital y a él sólo tenían acceso los agentes de la DINA.

Durante su estadía en el cuartel Londres 38, Pedro Poblete permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA respecto de sus actividades partidarias y sobre el nombre y domicilio de sus compañeros del partido y de la Resistencia, con el fin de proceder a la detención de sus miembros.

La última vez que el atormentado compañero fue visto con vida, ocurrió un día no determinado del mes de agosto o septiembre de 1974, sin que exista antecedente alguno de que hubiese sobrevivido a su cautiverio durante el período en que operó la DINA (noviembre 1973 – 1977).

De hecho, el nombre del compañero Tito apareció en un listado de 119 personas difundido por la prensa nacional que se hacía eco de una crónica de la revista “LEA” de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en donde se informaba que él había muerto en ese país, junto a otros 59 integrantes del MIR, supuestamente a causa de rencillas internas del movimiento chileno.

Otro grupo de compañeros, previamente detenidos en Chile, fue divulgado por un diario brasileño, O´Día, de Curitiba, de irregular circulación. Aunque las agencias internacionales de prensa establecieron rápidamente la falsedad de la información, los medios nacionales de comunicación se hicieron criminalmente parte de la versión oficial. Así, el 24 de julio de aquel 1975, el diario La Segunda tituló: "Exterminan como ratas a miristas". El diario La Tercera, por su parte, difundió: 

jueves, 12 de febrero de 2015

LA VERDAD SOBRE LA OPERACIÓN CONDOR COMIENZA A DEVELARSE EN ITALIA


"En caso de que sean declarados culpables por la Justicia italiana [los implicados en el Plan Cóndor] después habría que aplicar la condena. En ese caso el Estado italiano solicitaría la extradición". [Este juicio servirá] "para aclarar las responsabilidades de este sistema que funcionó en América Latina"
Fiscal Giancarlo Capaldo, de Italia.


Hoy se celebró en Italia la primera audiencia del proceso sobre la “Operación Cóndor”, mediante el cual se aspira a esclarecer el asesinato de 23 ciudadanos italianos en la operación homónima en América Latina, llevada a cabo durante las décadas de 1970 y 1980 por las dictaduras militares del cono sur americano, sobre todo, de los regímenes dictatoriales de Chile, Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Bolivia; esporádicamente Perú, Colombia, Venezuela y Ecuador; y con participación de Estados Unidos.

Si bien la acusación está siendo vista por el fiscal Giancarlo Capaldo, que lleva más de una década investigando la desaparición y muerte de los italianos, a la cabeza de la audiencia de hoy estuvo la Presidenta del colegio de jueces de la Tercera Sección Penal del Tribunal de Roma, Evelina Colella, que tuvo que retirarse a deliberar en varias ocasiones por las peticiones de los abogados de los acusados. Luego de varias interrupciones y de una serie de acciones dilatorias por parte de las defensas, la jueza decidió suspender el proceso judicial hasta el próximo jueves 12 de marzo, a las 10:00 horas locales (06:00 en Chile). En todo caso, todas las peticiones de los abogados defensores fueron desestimadas por la magistrada antes de suspender la vista. Entre las numerosas partes civiles del proceso se encuentran el Estado de Uruguay y la presidencia del Consejo de Ministros de Italia.

Entre los 32 imputados, la mayoría ex militares, se encuentran 11 ex miembros de la dictadura chilena, junto con 1 de Bolivia (y podría ser también el ex presidente Luis García Meza Tejada), 4 de Perú (entre estos, el ex presidente Francisco Morales Bermúdez) y 16 de Uruguay. Entre los chilenos involucrados en el caso se encuentran Manuel Contreras, ex jefe de la DINA; Daniel Aguirre, ex prefecto de Carabineros y el militar Sergio Arellano Stark. Además, se encuentran imputados el brigadier Pedro Espinoza, el ex carabinero Carlos Luco, el coronel Marcelo Moren Brito, el suboficial Orlando Moreno, el coronel Hernán Ramírez, el ex comandante Luis Ramírez, el coronel Rafael Ahumada y el brigadier Manuel Vásquez.

El procurador Capaldo ha estimado que el proceso tenga una duración aproximada de un año y explicó que todos los imputados han declinado comparecer ante la Justicia italiana, ni personalmente ni mediante videoconferencia. Explicó, además, que el cargo que se les imputa es el de homicidio agravado, delito por el que arriesgan la cadena perpetua.

"En caso de que sean declarados culpables por la Justicia italiana después habría que aplicar la condena. En ese caso el Estado italiano solicitaría la extradición", recalcó.