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jueves, 4 de mayo de 2017

TRES ESBIRROS DE LA CNI PROFUGOS TRAS CONDENAS POR FRENTISTAS DESAPARECIDOS EN 1987

“Tres ex agentes de la Central Nacional de Inteligencia (CNI) se encuentran prófugos de la justicia tras ser condenados por la detención y desaparición de cinco personas en septiembre de 1987”


Por el caso del secuestro de cinco miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) -hecho ocurrido en septiembre de 1987- y cuyos cuerpos fueran arrojados al mar

En Radio 1º de Mayo –public. 4/5/17

Abogados de Derechos Humanos, junto a familiares y víctimas detenidas en el otrora centro Villa Grimaldi, valoraron la sentencia condenatoria en contra de ex agentes de la DINA.

Recientemente, la Corte Suprema confirmó el dictamen que sancionó a nueve ex agentes por torturas a 37 presos políticos, los que permanecieron detenidos en dicho centro clandestino.

miércoles, 17 de agosto de 2016

RECHAZAN RECURSO DE PROTECCION DEL ASESINO DE LUMI VIDELA Y TUCAPEL JIMENEZ


Francisco Ferrer, un esbirro de la DINA-CNI, miembro del DINE a comienzos de ésta democracia gorila, un criminal de lesa humanidad, asesino, torturador y que hizo desaparecer a vari@s pres@s polític@s; él se creía merecedor de la libertad condicional (¡¿?!)

Durante la jornada de éste martes 16, se dio a conocer que la Corte Suprema ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, del 22/3/16, que rechazó el recurso de protección presentado por el criminal de lesa humanidad Francisco Ferrer Lima, alias “Max Lenou”, en contra de la decisión que le negó el beneficio de la libertad condicional. Esta última negativa, había corrido por cuenta de la Comisión de Libertad Condicional del hostal Punta Peuco.

En fallo dividido (causa rol 20455-2016), del 9 de agosto pasado, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Manuel Antonio Valderrama y el abogado (i) Arturo Prado– ratificó la decisión que rechazó el recurso presentado por el interno, quien fue calificado en lista 2 y no obtuvo el beneficio.

La sentencia del máximo tribunal establece que el recurso de protección no es la vía idónea para reclamar por las decisiones que adoptan las comisiones de libertad condicional de los tribunales de alzada del país.

"Que en lo tocante a la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago que deniega al actor el beneficio de la libertad condicional es preciso señalar que el reclamo de amparo constitucional (...) debe ser analizado y resuelto en relación con la garantía fundamental prevista y regulada por el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, esto es, a través del recurso de amparo, mismo que no se encuentra comprendido en el ámbito de las garantías cubiertas por el recurso de protección a que se refiere el artículo 20 de esa Carta, razón por la que este último no resulta ser la vía adecuada para dirimir el conflicto planteado, motivo por el cual el recurso será desestimado", establece la Suprema.

martes, 2 de agosto de 2016

SENTENCIAS EN CASOS DE DDHH: TORTURAS EN JOSE DOMINGO CAÑAS Y OPERACION COLOMBO

El derruido centro de exterminio José Domingo Cañas

La Corte de Apelaciones de Santiago y la Corte Suprema dictaron sentencias en los casos de torturas aplicadas a prisioneras políticas en el centro de exterminio José Domingo Cañas y en el caso de desaparecimiento de un mirista dentro de la Operación Colombo (o listas de los 119), respectivamente

Condenan a 3 ex Dinos por Torturas en José Domingo Cañas

El recién pasado viernes 29 de julio, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que condenó a tres ex agentes de la asociación criminal denominada Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) como autores del delito de aplicación de torturas a seis prisioneras políticas, ilícitos perpetrados en el centro de detención y exterminio de José Domingo Cañas.

En fallo causa rol 1986-2015, unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Pilar Aguayo, Ana María Hernández y el abogado (i) Jorge Norambuena Hernández– condenó al tristemente célebre represor Miguel Krassnoff Martchenko a la pena de 7 años de presidio como autor del delito de aplicación de tormentos. Además, los “valientes” agentes Francisco Ferrer Lima y Basclay Zapata Reyes deberán purgar cada uno 5 años y un día de presidio, por su responsabilidad en las torturas aplicadas a las prisioneras: Gloria Laso Lezaeta, Viviana Uribe Tamblay, Mónica Uribe Tamblay, María Virginia Hernández Croquevielle, Amanda de Negri Quintana y María Reyes Noriega, quienes fueron sometidas a vejámenes en distintos periodos, durante 1974.

En la etapa de investigación, el ministro en visita Leopoldo Llanos logró determinar los siguientes hechos: