“NO LE DIERON OPORTUNIDAD
ALGUNA A ALEJANDRO VILLALOBOS”
“Dirigente
poblacional del campamento Nueva Habana, conocido como ‘Mickey’, fue ultimado
por Rubén Fiedler Alvarado, para quien se ratificó una condena a 10 años y un
día de cárcel.
En un vasto
operativo realizado en Valparaíso, otras personas permanecieron varios días en
el Regimiento Maipo N°2 y luego trasladadas a Villa Grimaldi, algunas de las
cuales posteriormente desaparecieron.”
Por Carlos Antonio Vergara
La Corte de
Apelaciones de Valparaíso ratificó por unanimidad el fallo por el homicidio
calificado de Alejandro Villalobos Díaz, perpetrado el 19 de junio de 1975 en
el sector de Chorrillos de Viña del Mar.
Así, se confirmó la sentencia ministro en
visita Julio Miranda Lillo, quien en fallo del 20 de junio de 2013, determinó
que el deceso de Villalobos se produjo por un impacto de bala, disparada por un
agente que participaba en un operativo realizado en Viña del Mar y condenó al
agente de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), Rubén Fiedler Alvarado
a 10 años y un día de cárcel.
El Tribunal de alzada dejó sin efecto
idéntica condena para Marcelo Moren Brito, tras constatarse su fallecimiento.
Villalobos fue dirigente de los pobladores
sin casa del sector Nueva Habana, sector que se conformó con los campamentos
Nueva Ranquil, Magaly Honorato y Elmo Catalán al cual llegaron llegaron 1.500
familias y se instalaron al oriente de la actual rotonda Quilín el año 1970. La
dictadura rebautizó el sector como Nuevo Amanecer. Militante del Movimiento de
Izquierda Revolucionaria, luego del 11 de septiembre debió pasar a la
clandestinidad. A más de 40 años de los hechos, la mano de la justicia se
acerca, aunque algunos de los culpables han fallecido de muerte natural.
“El día 19 de enero de 1975, Villalobos
Díaz llegó hasta el inmueble ubicado en calle Abtao N°780 y Jackson N° 870 del
sector de Chorrillos de Viña del Mar, que era el domicilio de un miembro del
MIR, donde era esperado por varios días por un grupo de la DINA y de la Sección
Segunda del Regimiento Maipo, y en instantes en que aquél se encontraba frente
a la puerta de ingreso, uno de los integrantes del señalado grupo, le apuntó
con un arma de fuego y acto seguido efectuó un disparo a corta distancia,
dirigido a la cabeza de aquel, causándole una herida a bala, sin salida de
proyectil, lo que le causó la muerte en forma inmediata”, señala la sentencia.