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domingo, 18 de febrero de 2018

ROBAR EN CHILE SOLO ES DELITO SI LO COMETEN POBRES Y SOLO ESTOS VAN A LA CARCEL


“En Chile sólo los pobres van a la cárcel”

Un informe de Gendarmería da cuenta de que en Chile en 2017 el números de personas tras las rejas alcanzó un total de 42.245 personas privadas de libertad, un tercio de las cuales ni siquiera se encuentra cumpliendo condena si no que se haya bajo medida cautelar de prisión preventiva, un dato que alarma a expertos, y que casi el 95% tiene enseñanza media completa o menos

En Prensa RUIL –public. 29/1/18

Fue LUN el medio que, a través de la ley de transparencia, solicitó a Gendarmería el informe que entregó los datos sobre población penal al 31 de diciembre del año 2017.

De los datos entregados lo que más llama la atención es la baja escolaridad de quienes están privados de libertad, Así se señala que: un 0,9% no posee escolaridad alguna, un 22% posee básica incompleta, un 22,3% básica completa, un 25,7 media incompleta y un 27% media completa; finalmente, solo un 3,9% presenta estudios superiores.

lunes, 18 de enero de 2016

ESTE MARTES SENADO DISCUTE PROPUESTA QUE LIMITA EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION


La iniciativa, presentada por Felipe Harboe (PPD), Hernán Larraín (UDI) y Alberto Espina (RN) –a insertarse en la “Ley Corta Antidelincuencia”- obliga a toda persona a entregar todos los antecedentes y material gráfico y audiovisual de que disponga, a fin de facilitar la labor de inteligencia y represiva de las policías

El Colegio de Periodistas de Chile fue claro para definir las implicancias de ésta lindeza de los mencionados politicastros: “un paso en contra de los derechos de la ciudadanía y del ejercicio del periodismo”.

Supuestamente, la indicación de los senadores Felipe Harboe (PPD), Hernán Larraín (UDI) y Alberto Espina (RN), que presentaron en la comisión de constitución de la cámara alta en el marco del trámite de la llamada ‘Agenda Corta Antidelincuencia’, la cual será discutida éste martes 19, “facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación y mejora la persecución penal en dichos delitos”. Pero lo que se deriva de ella es que toda persona, natural y jurídica, “que tenga información o antecedentes que permitan identificar a los responsables de una infracción o delito que se haya producido con motivo u ocasión de la realización de un crimen o simple delito, tales como grabaciones o fotografías, deberá entregarla, a la mayor brevedad, a las policías o Ministerio Público, cuando les serán requeridos por éstos”.

Es decir, los réprobos senadores se están pasando por el forro el derecho de la prensa a resguardar sus fuentes informativas, sentando todo un precedente para terminar de liquidar en Chile el pichicho de libertad informativa existente. A más abundamiento, el reaccionario proyecto de marras agrega que, “el requerimiento de información y antecedentes efectuados por las policías podrá realizarse en el marco de las primeras diligencias practicadas por aquellas y, en todo caso necesitará instrucción previa del fiscal competente, la que se podrá otorgar por cualquier medio y de la manera más expedita posible”. De negarse en forma injustificada a la entrega, “se castigará con la pena señalada para el delito establecido en el artículo 269 bis del Código Penal”.

Como indicábamos, éste martes 19 se votaría la indicación en la comisión de constitución del senado. Además, integran dicha instancia los senadores Alfonso de Urresti (PS) y Pedro Araya (independiente).

Conocida la propuesta, la mesa directiva del Colegio de Periodistas, presidida por Javiera Olivares e integrada por Patricio Martínez, Patricio Segura, Vanessa Sabioncello, Héctor Cárcamo e Igor Mora, llamó a los parlamentarios a retirarla, ya que en su opinión involucra demasiados aspectos que serían perjudiciales para el derecho a la libertad de expresión y la garantía de acceso a la información de la ciudadanía.

viernes, 15 de enero de 2016

‘SAPEANDO’ EN TU BARRIO O LAS CAMARAS AEROSTATICAS DEL SANTIAGO MULTIMILLONARIO


Vigilancia en Chile:
¿TIENEN LAS MUNICIPALIDADES MÁS FACULTADES QUE EL MINISTERIO PÚBLICO?

Enero 13, 2016

La Corte de Apelaciones de Santiago ha oído los alegatos de las partes en el recurso de protección interpuesto por tres organizaciones pro derechos humanos en septiembre de este año. ¿La causa? La instalación de sendos globos aerostáticos dotados de potentes cámaras de vigilancia en las comunas de Las Condes y Lo Barnechea, que atentan contra el derecho a la privacidad en nombre de la seguridad

A mediados de octubre de 2015, la prensa chilena daba cuenta de la instalación de dos globos aerostáticos en la comuna de Las Condes y uno en Lo Barnechea, supuestamente destinados a incrementar los niveles de seguridad de los habitantes de ambos municipios y a colaborar en la gestión del tránsito de sus calles.

Se trata de tecnología de origen militar: potentes cámaras que flotan sobre las comunas, equipadas con lentes de gran alcance, capaces de efectuar seguimientos en un radio de 3 kilómetros, operadas por una empresa privada y no por funcionarios públicos.

Pero más que una medida adicional para la prevención delictual o el control del tránsito, las cámaras adheridas a los globos municipales constituyen una política de vigilancia masiva arbitraria por parte de las municipalidades, cuyo uso no está autorizado en la ley. Es este el fundamento del recurso de protección en su contra, actualmente en trámite en la Corte de Apelaciones de Santiago.

La defensa de las municipalidades se ha desarrollado tanto en los pasillos de la Corte de Apelaciones como a través de los medios. Allí, los alcaldes han explicado que la seguridad vecinal sería un bien mayor a los derechos de las personas, aun cuando puede que la medida no funcione.

En Tribunales han tratado de equiparar el funcionamiento de los globos al de las cámaras estáticas de control de tránsito, señalando —erróneamente- que los globos solo graban espacios públicos y no privados. También han intentado desacreditar las críticas a través de la recolección generalizada de firmas de vecinos con el objeto de ilustrar el apoyo popular de la medida.

Esta defensa es una simplificación extrema del problema que la instalación de los globos plantea. En este caso, se trata de cámaras con características especiales por su alcance y que han sido ubicadas en una posición de privilegio, capaces no solamente de grabar rostros de personas y patentes de vehículos desde el aire en alta definición, de día y de noche, sino que de traspasar los límites físicos de una propiedad e incluso apuntar sus lentes a través de una ventana, hacia el interior de una vivienda.