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viernes, 26 de agosto de 2016

ARGENTINA: VIEJITOS O NO 28 MILICOS REPRESORES SE VAN DE CADENA PERPETUA


“Cadena perpetua para 28 represores de la dictadura argentina”

En sentencia histórica, 28 represores de la última dictadura cívico-militar argentina (1976-1983) fueron condenados éste jueves 25 en Córdoba a cadena perpetua

En Granma –public. 25/8/16

BUENOS AIRES. — En sentencia histórica, 28 represores de la última dictadura cívico-militar argentina (1976-1983) fueron condenados ayer en Córdoba a cadenas perpetuas, comenzando por Luciano Benjamín Menéndez, responsable de 282 desapariciones.

El ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército, hoy de 89 años de edad, recibe así la pena 14 por su participación directa en secuestros, torturas, asesinatos y desapariciones de cuerpos perpetrados en el campo de concentración “La Perla-La Ribera”.

Tras conocerse la condena a Menéndez, la primera dictada en la tarde por el Tribunal Federal Oral No. 1, la gente que se congregó frente al Palacio de Justicia de Córdoba celebró la noticia.

Hubo abrazos, lágrimas, emociones por largo tiempo contenidas, describieron testigos a Prensa Latina vía telefónica.

domingo, 28 de septiembre de 2014

CONTRA LA REPRESIÓN Y CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL POR PARTE DE LA NUEVA MAYORÍA



Declaración pública de la Comisión Ética Contra la Tortura (CECT) sobre las nuevas apuestas de leyes de excepción y cuerpos policiales que el Gobierno pretende colocar en funcionamiento.


DECLARACION PÚBLICA

Por equipo de trabajo CECT

La Comisión Ética Contra la Tortura ante las declaraciones del Gobierno respecto de las modificaciones a la Ley Antiterrorista y a  sus anuncios en materia de Inteligencia, expone ante la opinión pública lo siguiente:

1.- Solicitamos al Gobierno derogar de manera inmediata la Ley Antiterrorista actualmente vigente, herencia de la dictadura militar que ha permitido perseguir a luchadoras y luchadores sociales, ayer concebidos como “enemigos internos” en el marco de la Doctrina de Seguridad Nacional y el terrorismo de Estado y hoy aplicada al mapuche que se opone al sistema de explotación sin límites que destruye sus tierras, depreda sus bosques, contamina sus aguas, acaba con sus cementerios, entre otras consecuencias que se derivan de los proyectos económicos en territorios ancestrales.
2.- La Ley Antiterrorista y cualquier sucedáneo es un instrumento jurídico desestabilizador de la democracia y reñida con los derechos humanos. Esto lo ha hecho evidente el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Norín-Catrimán y otros versus la República de Chile, notificado el día martes 29 de julio de 2014. Este fallo ha señalado que las resoluciones judiciales bajo aplicación por parte del Estado de Chile de la Ley Antiterrorista violaron el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia, así como denotaron estereotipos y prejuicios que determinaron la violación de los principios de igualdad y no discriminación. Al mismo tiempo la Corte estableció que dichos fallos provocaron violaciones al derecho de la defensa y del derecho de recurrir a los mismos. En consecuencia, las condenas en este caso han sido consideradas arbitrarias y absolutamente contradictorias con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, revelando que la aplicación de la Ley Antiterrorista por parte del Estado de Chile permitió la persecución ilegal y criminalización de la protesta social mapuche.