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jueves, 15 de diciembre de 2016

REBAJAN CADENA PERPETUA A MAURICIO HERNANDEZ, RAMIRO


“Rebajan la cadena perpetua de Mauricio Hernández Norambuena, el ‘Comandante Ramiro’"

El ex integrante del FPMR enfrenta dos cadenas perpetuas en Chile por el crimen de Jaime Guzmán y el secuestro de Cristián Edwards. Desde 2002 cumple condena en Brasil por otro secuestro y busca ser extraditado

En El Mostrador –public. 13/12/16

El juez Mario Carroza confirmó la rebaja de la condena a cadena perpetua para Mauricio Hernández Norambuena, integrante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, (FPMR) que en Chile estuvo implicado en el asesinato de Jaime Guzmán y el secuestro de Cristián Edwards, hijo del dueño de El Mercurio. Ambos hechos ocurridos luego del regreso a la democracia.

Por ambos ilícitos, Hernández Norambuena estaba sentenciado a presidio perpetuo simple. De esta forma, el ministro Carroza consideró que cumplía con los requisitos legales para acceder al beneficio de la rebaja, la cual pasará a ser de 15 años y un día por cada delito.

Hernández, quien en el FPMR actuaba con el nombre político de "Comandante Ramiro", cumple desde 2002 una condena de 30 años de cárcel en Brasil por el secuestro del empresario Washington Olivetto. Al estar condenado a cadena perpetua en Chile, su extradición era casi imposible. La razón es porque una de las condiciones de las autoridades brasileñas para acceder a una eventual extradición tiene que  ver con que  "Ramiro" no estuviera condenado a más de 30 años de cárcel, pues en ese país esa es la pena máxima que contempla la justicia.

"Se genera un escenario más favorable para que se proceda a la extradición de Mauricio Hernández  en atención es que la condición que ponía Brasil es que las penas que se aplicaran en Chile no fueran superiores a 30 años. Pero se genera una situación un poco controvertida, en el sentido que hay dos penas de 15 años y un día. Eso en la sumatoria, supera los 30 años, entonces podría transformarse en un obstáculo para la extradición", dijo a El Mostrador su abogado Alberto Espinoza.

Por su parte, el juez Carroza, explicó su decisión a partir de que "Se estableció que el tiempo correspondía, se estableció que las exigencias que pide la norma, también se daban y la única dificultad y lo que pedían los querellantes, era que él había cometido un delito en otro lugar en el tiempo que había transcurrido. Pero ese hecho, en su aplicación acá en el país, no ha cumplido con las exigencias para que esa condena sea considerada válida", explicó.

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