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jueves, 19 de mayo de 2016

LEY CORTA APROBADA POR SENADO NO ES ANTIDELINCUENCIA; ES ANTIPROTESTA SOCIAL

Contra ellos va dirigida la ley "antidelincuencia"

Afectará una serie de libertades civiles y derechos, entre ellos de expresión, de acceso a la información y de asociación. Destaca la aplicación del control de identidad, pero también exagera las funciones y potestad de las policías y busca salvaguardar la impunidad de politicastros y empresarios corruptos y ladrones 

Este miércoles 18, el senado aprobó la antidemocrática “Agenda Corta Antidelincuencia” y ahora el proyecto quedó en condiciones de ser remitido al ejecutivo para su promulgación.

Los poco ‘honorables’ ratificaron por amplia mayoría -29 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones- el informe que elaboró la comisión mixta de senadores y diputados, la cual zanjó las discrepancias que surgieron entre ambas ramas de la cueva de Alí Babá del congreso en torno a una serie de normas, entre ellas la que fija el control de identidad preventivo.

Recordemos que ya el pasado martes 22 de marzo, el senado había aprobado una serie de indicaciones que le propuso su comisión de constitución, legislación, justicia y reglamento. Dichos acuerdos, insertos en el Boletín de la citada comisión Nº 9.885-07, del 29 de febrero, se inscriben a su vez en la discusión de la llamada “agenda corta antidelincuencia” impulsada por el gobierno de la Nueva Mayoría (NM).

Demos un repaso a las tropelías contra variados derechos fundamentales que implicará la puesta en marcha de la agendita antidelincuencia, atropellos potenciales que han llevado incluso a la Corte Suprema de calificarla de “antidemocrática”. Como habíamos anotado con anterioridad, ésta se podría convertir en una verdadera bomba de racimo, cuyas municiones ataquen, tanto a la legítima demanda y protesta sociales como al conjunto de las libertades democráticas.

“Control preventivo de identidad”: el regreso de la dictatorial detención por sospecha

En este terreno, a propuesta de la reaccionaria UDI, se ampliaron las facultades a las policías para actuar sin trabas y sin oficio previo del Ministerio Público en la persecución de diversos delitos de “connotación social”, con preeminencia de los delitos contra la sacrosanta propiedad privada, incluso con facultades para allanar sin autorización y para retener hasta por 1 hora en caso de mayores de 18 años (se pretendía hacerlo hasta por 4 horas desde esa edad y por una hora entre los 14-18 años), si existieren “indicios” de que hubiere cometido algún delito y no portare cédula de identidad.


Esta indicación, que nació en la cámara baja y fue acogida parcialmente por el gobierno, ha sido calificada, con justicia, como una vuelta a la detención por sospecha, generando una alta oposición ciudadana. No tiene acuerdo político dentro del oficialismo y ha sido cuestionada incluso por organismos internacionales, como el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), que señaló en un informe que la iniciativa podría vulnerar los derechos de los menores. Además, cuenta con la opinión contraria del Defensor Nacional, del relator de DD.HH. de la ONU, del Instituto Nacional de Derechos Humanos y de destacados penalistas y líderes de opinión. Inclusive, la retrograda organización Paz Ciudadana ha dicho que no le gusta esta detención por sospecha solapada, y en general la agendita de marras.

El gobierno de la NM ha insistido en que el nuevo procedimiento “no surge por sospecha, sino que por indicio de comisión de delito”, y argumenta que se trata de “una situación mucho más objetiva (que la detención por sospecha) y que la facultad de policías es disuasiva y preventiva”, según ha expresado la ministra de (in)justicia.

Más allá de las supuestamente sanas intenciones de sus promotores, existen sobrados argumentos jurídicos y políticos para encender las luces de alerta. Particularmente respecto al control preventivo de identidad, al allanamiento sin autorización y a la mayor severidad en la aplicación de las penas, que –en opinión de la Corte Suprema– distorsiona la gravedad de los delitos en general e impacta la igualdad ciudadana ante la ley y la independencia de los jueces al dictar sentencia.

En el proyecto existen varias instituciones que pudieran constituir un retroceso en cuanto a los derechos y libertades civiles. Por ejemplo, las facilidades procedimentales a las policías, que pueden omitir la dirección o impulso de un fiscal del Ministerio Público. También la eliminación de la aplicación de las atenuantes para los delitos de robo, hurto, receptación y extorsión, y el aumento desmesurado de las penas en caso de reincidencia, ponen un acento puramente represivo a la legislación y menoscaban la libertad de los jueces para ponderar la justicia de la pena, y, además, se eleva desproporcionadamente el rango de protección criminal del derecho de propiedad.

El ejecutivo y el legislativo, en su afán por endurecer las penas en los delitos contra la propiedad, han llevado a poner en cuestión lo poco de democrático que le quedaba al sistema político-judicial heredado de la dictadura cívico-militar. Una mayor discrecionalidad en el actuar de las policías en los procedimientos investigativos podría generar más daño que buenos resultados, sobre todo respecto de la obligación del imprescindible “debido proceso”.

Sin duda que en la aplicación sesgada de ésta parte del articulado de marras gravitará la discriminación de la que históricamente ha hecho gala la policía chilena, sobre todo sus militarizados efectivos de las Fuerzas Especiales y del Gope.

Tal facultad que criticamos, tendrá como principales afectados a los grupos ya fuertemente discriminados como los jóvenes, los pobres, los indígenas y los migrantes, perpetuando las vulneraciones a los derechos humanos de quienes ya son excluidos en nuestro país.

Esto se produce porque como sociedad hemos decidido culpar de la delincuencia a ciertas categorías de personas, lo que se basa solamente en meros prejuicios infundados. Lo grave es que, a pesar de que no hay ningún argumento empírico que sustente esta forma de entender la delincuencia, parece ser que esta idea está muy difundida y arraigada en todos los niveles y grupos de nuestra sociedad.

Así, el carabinero con facultad de detención sin sospecha tendrá una mayor propensión a ejercer su facultad sobre estos grupos (y sobretodo sobre quienes pertenezcan a más de un grupo a la vez). En esta línea, se hace muy preocupante que se pueda practicar una detención por parte de carabineros a cualquier persona sin indicio alguno, ya que es altamente probable que la detención sin sospecha termine siendo aplicada principalmente sobre los grupos ya mencionados.

En el fondo, si uno se pregunta con seriedad a quién se aplicará esta medida, es inevitable responder que serán los estigmatizados de siempre los que sufrirán las consecuencias de aquella, además de que, por supuesto, siempre existirá la posibilidad de que cualquier ciudadano sea detenido en cualquier momento por una razón que sólo descansará en el criterio de un funcionario de carabineros de Chile.

Más encima, superviven en la tal ‘agenda corta antidelincuencia’ otras graves restricciones a las libertades públicas de aquellos que de alguna forma busquen hacer valer sus derechos y demandas.

Se proponen medidas discrecionales de interceptación de comunicaciones: emulando al Big Brother y su ‘policía del pensamiento’

La agenda antidelincuencia, entre otros trastoques del debido proceso y del respeto a las garantías democráticas, incluye la desproporcionada e injustificada medida de interceptación de comunicaciones por delitos simples.

Si bien, hasta el momento el debate público ha girado en torno a la más polémica de estas medidas, el control preventivo de identidad, es preocupante cómo otras medidas propuestas por el Legislativo, que pueden resultar igualmente atentatorias contra los derechos de las personas, no han recibido el nivel de debate público que requieren. Esto ocurre con la propuesta de interceptación de comunicaciones por simples delitos.

Estando el proyecto en segundo trámite constitucional, los senadores Espina, Harboe y Larraín -muy aplicados ellos- presentaron una indicación cuyo objetivo es extender la facultad del ministerio público para, previa autorización del juez de garantía, interceptar comunicaciones telefónicas o de otras formas de telecomunicación.

En efecto, el artículo 222 del Código Procesal Penal restringe la posibilidad de interceptar comunicaciones a aquellos casos donde la supuesta conducta del sospechoso pudiese merecer pena de crimen, y sólo cuando ésta resulte imprescindible para la investigación. De aprobarse el proyecto con la indicación, esta facultad se extendería a ciertas conductas punibles con pena de simple delito, como robo en lugar no habitado, el robo a cajeros automáticos, hasta el hurto de ganado, entre otros.

La restricción de esta figura sólo a hechos castigados con pena de crimen sigue una lógica que el proyecto desconoce de forma peligrosa: la interceptación de comunicaciones constituye una vulneración del derecho constitucional a la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada. Como ha indicado el ex relator especial de la ONU, estos derechos sólo pueden limitarse en circunstancias excepcionales, ya que la vigilancia de las telecomunicaciones socava gravemente no sólo la privacidad, sino que también la libertad de expresión.

En este sentido, de aprobarse el proyecto de ley de agenda corta antidelincuencia, habrá un serio detrimento de los derechos online y offline de las personas. Por otro lado, se seguirá legislando en una materia sumamente sensible para la ciudadanía echando mano a recetas obsoletas que optan el camino fácil y mediático, sin evidencia de su necesidad y proporcionalidad  y con serios problemas de adecuación a un marco de derechos humanos.

Como bien ha señalado la directora de Instituto Nacional de Derechos Humanos, Lorena Fríes, la seguridad también es un derecho fundamental y los ciudadanos tienen el derecho de exigir que el Estado los proteja de la delincuencia, pero ese deber no puede cumplirse afectando gravemente otros derechos y libertades.

Menos mal que los giluchos del corrupto congreso se detuvieron en su vorágine de indicaciones/atropellos a las libertades básicas cuando, en enero pasado, tuvieron que retirar de la cuestionada agendita una indicación, monstruosamente antidemocrática, que pretendía ampliar las facultades a las policías para requisar fotografías, audios o grabaciones, tanto a personas naturales como jurídicas (reporteros de medios). La burda propuesta señalaba que, de negarse la entrega del material injustificadamente, se podía procesar a la persona o reportero por “obstrucción a la justicia”.

Como un corolario de lo acaecido ésta miércoles 18, no podemos dejar de mencionar el cinismo –inútil más encima- del PS, pues ahora anuncian que recurrirán al tribunal constitucional para que desconozca la aprobación de la detención por sospecha, en circunstancias que todos sus senadores votaron a favor de la normativa (Alejandro Navarro se opuso, pero el chico es del MAS). No pueden ser más carerajas, pues en nada se opusieron cuando al nivel de la NM se discutió y sancionó la propuesta, ni tampoco dijeron nada, hasta ahora.  

¡Ah!, ¡se nos olvidaba!,… y para que no aparezca todo como muy discriminador y antidemocrático, los poco honrados congresales incorporaron en la agenda tantas veces cuestionada aquí aumentar las penas por robo calificado.

Por todo lo anterior, hacemos un llamado a que todas las personas y organizaciones político-sociales del campo popular protestemos en contra de la aprobación y aplicación de este aberrante proyecto, en todos los niveles y por todos los medios de que dispongamos. Será una demanda más en las marchas del 21 de mayo y en todas las que emprendamos por estas fechas. No podemos aceptar que la libertad de expresión y los derechos fundamentales sean atropellados por una manga de coimeros y corruptos que gobiernan y legislan en bien de una minoría parasitaria y más delincuencial que nadie.

¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!
¡Que la Historia Nos Aclare el Pensamiento!

Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Mayo 19 de 2016

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