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miércoles, 3 de junio de 2015

DICTAN SENTENCIA EN CASO DE DOS HERMANOS PEREZ VARGAS, DETENIDOS-DESAPARECIDOS POR LA DINA

Aldo Pérez Vargas

Se trata de los secuestros de Carlos y Aldo Pérez Vargas, integrantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria –MIR.  La comprometida familia Pérez Vargas perdió a manos de los esbirros de la dictadura cívico-militar a todos sus cinco hijos. Lo poco de justicia que se ha hecho en estos casos no alcanzó a ser conocido por sus acongojados padres 

Ayer, el ministro en visita Hernán Crisosto dictó sentencia contra 31 ex agentes de la siniestra DINA por el secuestro calificado en 1974 de los hermanos Carlos (25 años al momento de su detención) y Aldo (23) Pérez Vargas en el contexto de la Operación Colombo o Caso de los 119.

En la resolución, Crisosto condenó a penas de 20 años de presidio, en calidad de autores de ambos delitos, a los ex agentes: Manuel Contreras Sepúlveda, César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo,Marcelo Moren Brito y Miguel Krassnoff Martchenko.

En tanto, deberán cumplir 12 años de presidio, también en calidad de autores, los sentenciados: Manuel Carevic Cubillos, Basclay Zapata Reyes, Ricardo Lawrence Mires, Gerardo Ernesto Godoy García, Ciro Torre Sáez, Nelson Paz Bustamante, Gerardo Meza Acuña, José Ojeda Obando, Nelson Ortiz Vignolo, Claudio Pacheco Fernández, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Raúl Rodríguez Ponte, José Aravena Ruiz, José Fuentealba Saldías, Francisco Ferrer Lima y Rosa Humilde Ramos Hernández.
Carlos Pérez Vargas

En la causa, además, fueron condenados a 10 años de presidio, pero sólo como autores del secuestro de Aldo Pérez Vargas, los ex integrantes de la DINA: Orlando Manzo Durán, Manuel Avendaño González, Demóstenes Cárdenas Saavedra y Alejandro Astudillo Adonis.

Deberán cumplir penas de 5 años y un día de presidio, en calidad de cómplices de ambos delitos, los agentes: Armando Segundo Cofré Correa, José Jaime Mora Diocares, Moisés Paulino Campos Figueroa, Óscar Belarmino la Flor Flores, Sergio Iván Díaz Lara y Roberto Hernán Rodríguez Manquel.

En tanto, el ministro dictó sentencia absolutoria, por  ambos secuestros, en favor del agente Rudeslindo Urrutia Jorquera, y sólo por el delito de secuestro de Carlos Pérez Vargas, liberó de cargos a: Orlando Manzo Durán, Manuel Avendaño González, Demóstenes Cárdenas Saavedra y Alejandro Astudillo Adonis.

CARLOS FREDDY PÉREZ VARGAS

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, se logró determinar la siguiente secuencia de hechos:

-"En horas de la mañana del día 10 de septiembre de 1974, CARLOS FREDDY PÉREZ VARGAS, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en su oficina ubicada en calle Estado N° 360, de Santiago, por agentes que se identificaron como miembros del Servicio de Inteligencia Militar "SIM", quienes lo trasladaron al recinto clandestino de detención de la DINA denominado "Ollagüe" o "José Domingo Cañas", ubicado en la comuna de Ñuñoa, y posteriormente al recinto clandestino de detención denominado "Cuatro Álamos", ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, que eran custodiados por guardias armados y a los cuales sólo tenían acceso los agentes de la DINA; Que Carlos Pérez Vargas durante su estada en el recinto de José Domingo Cañas permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dichos cuarteles, respecto de sus actividades partidarias y sobre el nombre y domicilio de sus compañeros de grupo político y especialmente su hermano Dagoberto a fin de proceder a la detención de sus miembros;
-Que la última vez que Carlos Pérez Vargas fue visto con vida, ocurrió un día no determinado del mes de octubre de 1974, encontrándose hasta la fecha desaparecido;
-Que el nombre de Carlos Freddy Pérez Vargas apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista "O'DIA" de Brasil, de fecha 25 de junio de 1975, en la que se daba cuenta que Carlos Freddy Pérez Vargas había muerto en enfrentamientos en la Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes al MIR;
-Que las publicaciones que dieron por muertos a la víctima tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior".

ALDO GONZALO PÉREZ VARGAS

-"El día 23 de septiembre de 1974, ALDO GONZALO PÉREZ VARGAS, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en los alrededores de la calle Fernández Albano, comuna de La Cisterna, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes lo trasladaron al recinto clandestino de detención de la DINA denominado "Ollagüe" o "José Domingo Cañas", ubicado en de la comuna de Ñuñoa, y posteriormente al recinto clandestino de detención denominado "Cuatro Álamos", ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, que eran custodiados por guardias armados y a los cuales sólo tenían acceso los agentes de la DINA; Que Aldo Pérez Vargas durante su estada en los recintos de José Domingo Cañas y Cuatro Álamos permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo en el primero continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dichos cuarteles, respecto de sus actividades partidarias y sobre el nombre y domicilio de sus compañeros de grupo político y sobre su hermano Dagoberto a fin de proceder a la detención de sus miembros;
-Que la última vez que la víctima Aldo Pérez Vargas fue vistos con vida, ocurrió un día no determinado del mes de noviembre de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha".

LA EJEMPLAR ENTREGA DE LA FAMILIA PÉREZ VARGAS

Los hermanos Carlos y Aldo Pérez Vargas integran un grupo familiar que perdió a todos sus hijos[1], los cuales figuran o como detenidos desaparecidos o como ejecutados políticos. Así, en el caso de MIREYA PÉREZ VARGAS, ejecutada el 24 de febrero de 1976, el ministro Alejandro Solís dictó sentencia en marzo de 2010, la que fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago. En el caso de IVÁN PÉREZ VARGAS, ejecutado el 24 de febrero de 1976, el ministro Leopoldo Llanos Sagristá dictó sentencia de primera instancia el 13 de mayo pasado.

En tanto, DAGOBERTO PÉREZ VARGAS fue ejecutado el 15 de octubre de 1975, en un enfrentamiento en la localidad de Malloco, proceso que se mantiene en etapa de investigación. Para el caso en comento, los agentes de la DINA que secuestraron a Carlos y a Aldo estaban especialmente interesados en conocer el paradero de su hermano Dagoberto, un sociólogo y alto dirigente del MIR, integrante de su Comisión Política y que junto a dos miembros más de la misma fueran cercados ese 15 de octubre de 1975. Tales dirigentes, gracias a la heroica acción de contención armada realizada por Dagoberto, lograron romper el cerco y escapar: Andrés Pascal Allende, sobrino del fallecido presidente Salvador Allende y Nelson Gutiérrez, este último herido.

¡Un Fraternal y Combativo Saludo Para l@s Compañer@s Pérez Vargas!

¡NI OLVIDO NI PERDON: VERDAD, JUSTICIA Y MEMORIA!
¡QUE LA HISTORIA NOS ACLARE EL PENSAMIENTO!


Colectivo Acción Directa - CHILE
Junio 3 de 2015

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